3 de marzo de 2025

03-03-2025 | Glosario T-V

Testigo Flecha: Herramienta de apoyo utilizada para señalar cosas u objetos de interés criminalístico, en los procedimientos de fijación.

Testigo Métrico: Escala milimetrada que se sitúa como referencia próxima al objeto a fijar, para dejar constancia de su escala real.

Testigo: Persona que da fe de un acontecimiento presuntamente punible, por tener conocimiento del mismo.

Víctima: Persona directa o indirectamente ofendida por el hecho punible.

Victimario: Persona que perpetra o participa en la comisión del hecho punible.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"No hay engaño que sobreviva al tiempo"

03-03-2025 | Glosario M

Modificación de Sitio del Suceso: Cualquier cambio efectuado sobre el estado original del lugar de interés forense.

Modificación Técnica: Cambios efectuados con fines de abordaje del sitio de suceso en el ejercicio forense.

Modificación Técnica: Cambios efectuados con fines de obtención-colección y peritaje de las evidencias en el ejercicio forense.

Modificación por Alteración: Cualquier cambio de orden físico en la evidencia.

Modificación por Contaminación: Cualquier cambio de orden químico en la evidencia.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"No hay engaño que sobreviva al tiempo"

03-03-2025 | Glosario P-S

Proceso: Secuencia de pasos, constituidos por procedimientos, actividades y lineamientos, dispuestos en conformidad con los criterios técnicos y científicos que rigen la cadena de custodia de evidencias físicas.

Protocolo: Conjunto de reglas que se siguen en la conformación de lineamientos para determinados actos técnico científicos y administrativos.  

Señalizadores alfanuméricos: Son indicadores en letras y números utilizados para señalizar las evidencias localizadas durante el abordaje del sitio de suceso.

Sitio del Suceso: Espacio físico posiblemente relacionado con la perpetración de un hecho punible, susceptible de procesamiento y análisis forense.

Clasificación según el ambiente: Abierto, cerrado y mixto.

Clasificación según circunstancia: Sitio de ejecución, sitio de planificación, sitio de liberación.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"No hay engaño que sobreviva al tiempo"

03-03-2025 | Glosario I-P

Instrumento: Recurso o herramienta empleado por el operario de la cadena de custodia de evidencias físicas, para garantizar su protección desde su obtención hasta la culminación de los procesos en los que su presencia es un requerimiento obligatorio.

Occiso: Cadáver relacionado con un hecho violento.

Operarios: Son todas aquellas personas que intervienen en el sistema de cadena de custodia.

Perito: Persona titulada en una profesión, experimentada o práctica, autorizados jurídicamente para realizar de peritajes en un determinado hecho.

Precinto: Constituyen mecanismos físicos o digitales que acompañan el embalaje de las evidencias físicas y la ubicación de los datos digitales a fin de que estas no puedan ser manipuladas sin autorización.

Procedimiento: Conjunto de tareas o actividades sucesivas aplicadas por los operarios del “Sistema de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas”, con el fin de garantizar lo establecido en las fases y procesos que conforman dicho sistema.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"No hay engaño que sobreviva al tiempo"

03-03-2025 | Moneda extranjera [2]

Sentencia No. 000335 de fecha 06-JUN-2024 emanada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia

Exp. AA20-C-2024-000174

Magistrada Ponente: CARMEN ENEIDA ALVES NAVAS

Asimismo, mediante Convenio Cambiario número 1, emitido por el Banco Central de Venezuela, el 21 de agosto de 2018, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 6.405 Extraordinario, del 7 de septiembre de 2018, se estableció la libre convertibilidad de la moneda en todo el territorio nacional, el cual derogó todos los Convenios Cambiarios que colida con lo establecido en el mismo, con el propósito de favorecer al desarrollo de la actividad económica, para un mercado cambiario ordenado, en el que puedan desplegarse acciones para asegurar su óptimo funcionamiento.

En virtud de lo anterior, el hecho de que las partes pacten en el contrato de arrendamiento de uso comercial el canon en moneda extranjera no resulta ilegal, siempre y cuando se permita al arrendatario pagar el canon con la entrega de lo equivalente en moneda de curso legal, al tipo de cambio vigente en el mercado, para el día del pago efectivo, o la que aplicare para la fecha de pago.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"No hay engaño que sobreviva al tiempo"

03-03-2025 | Moneda extranjera

Sentencia No. 000335 de fecha 06-JUN-2024 emanada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia

Exp. AA20-C-2024-000174

Magistrada Ponente: CARMEN ENEIDA ALVES NAVAS

Aunado a lo anterior, vale destacar que no es un tema novedoso la celebración de contratos de arrendamiento en los que se fijen los cánones en moneda extranjera, para cuya afirmación debe partirse de que si bien, la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, publicada en Gaceta Oficial número 36.845 del 7 de diciembre de 1999, no restringe fijar o celebrar contratos en moneda extranjera, por el contrario, la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliaria para Uso Comercial, publicada en Gaceta Oficial número 40.418, del 23 de mayo de 2014, si lo prohíbe expresamente, específicamente en el literal e, del artículo 41. Sin embargo, debe considerarse que la Ley del Banco Central de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial número 6.211 Extraordinario, del 30 de diciembre de 2015, posterior a la referida ley que regula las relaciones arrendaticias, cuyo objeto son los inmuebles de uso comercial, y que resulta especial en la materia de flujo económico, además de establecer y supervisar los sistemas de pago en el país, si lo permite cuando dispone en el artículo 128 que “los pagos estipulados en moneda extranjera se cancelan, salvo convención especial, con la entrega de lo equivalente en moneda de curso legal, al tipo de cambio corriente en el lugar de la fecha de pago”.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"No hay engaño que sobreviva al tiempo"

03-03-2025 | Fauna cadavérica [9]

Moscas de la carne - Familia Sarcophagidae

Las moscas de la carne son moscas con el dorso rayado o a cuadros, a menudo con ojos de color rojo brillante. Llegan a los cadáveres un poco más tarde que las moscas azules pioneras, pero los huevos eclosionan en el útero de la hembra, antes de que esta los ponga, con el resultado de que las larvas se depositan directamente sobre el cuerpo. Esto les permite alcanzar a las moscas azules, cuyos huevos tardan unas 24 horas en eclosionar.

Las moscas adultas de la carne todavía compiten a veces con las moscas azules, ya que luchan por los mejores sitios para poner huevos. Cuando varias moscas intentan poner huevos en el mismo sitio, a menudo se puede observar a las moscas de la carne usando sus patas para patear a otras moscas que se acercan demasiado.

Las pupas de moscas de la carne pueden permanecer latentes durante largos períodos. Los gusanos de algunas especies de Sarcophaga hibernan como pupas en otoño y no emergen como moscas adultas hasta finales de la primavera. Las moscas de la carne suelen emerger en las casas de las personas después de alimentarse de zarigüeyas muertas en el techo.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"No hay engaño que sobreviva al tiempo"