13 de junio de 2026

13/6/2026 - procesos civiles

Sentencia No. 0624 de fecha 27-MAY-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: TANIA D’AMELIO CARDIET

Resulta imperativo y obligatorio en el marco del proceso penal, tanto para los Fiscales del Ministerio Público como para los Jueces penales, que estos siempre deben proceder razonable y sensatamente en ejercicio de sus funciones y atribuciones, respetando en todo momento el principio-garantía de presunción de inocencia establecido en el artículo 49, numeral 2 de la Constitución, particularmente desde el momento de investigar, acusar, solicitar medidas cautelares o sustitutivas, sin obviar o ignorar las garantías y derechos consagrados en el Texto fundamental, tal como ocurre cuando se solicitan o se decretan medidas de coerción personal, especialmente la medida de privación judicial preventiva de libertad, más aún si de las actas procesales del expediente y de la percepción directa que tiene el juez en virtud del principio de inmediación, se evidencia claramente que se trata de un caso de naturaleza civil, mercantil o de familia, cualquier medida, o decisión que se tome contra ese imputado-acusado. Constituye un grave exceso, por cuanto no es necesaria la persecución penal como tal, salvaguardando que de igual forma existen en el proceso penal otras medidas menos restrictivas de la libertad.

Ahora bien, resulta importante destacar que la apertura de procesos civiles, mercantiles, administrativos o sociales, no obsta que puedan llevarse a la par procesos penales, sin embargo, para que esto suceda, el titular del ejercicio de la acción penal esta igualmente en la obligación de establecer los grados de participación en la comisión de los hechos punibles investigados, debiendo detallar con certeza, sobre cuáles elementos de convicción fundamenta su tesis fiscal plasmada en el escrito acusatorio y cuáles serán los medios de pruebas que ante una eventual apertura a juicio oral y público garanticen un pronóstico de condena, e igualmente, destacando tantos los elementos que inculpan como lo que exculpan a los imputados.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día
"Lo que es para el perro no es para el gato aunque el perro esté amarrado"

13/6/2026 - ordenadores del proceso

Sentencia No. 017 de fecha 12-FEB-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Sobre este particular, ha sostenido esta Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, que los lapsos procesales legalmente fijados y jurisdiccionalmente aplicados no pueden considerarse simples “formalismos”, sino que estos son elementos temporales ordenadores del proceso, esenciales al mismo, cuya existencia es de eminente orden público, en el sentido que son garantía de los derechos al debido proceso y a la defensa de las partes que por ellos se guían, inherentes como son a la seguridad jurídica. (Vid. Sentencia número 183, de fecha 11 de junio de 2018).

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día
"Lo que es para el perro no es para el gato aunque el perro esté amarrado"

13/6/2026 - escopeta

— Arma de hombro o larga: es el arma de fuego portátil que para su empleo normal requiere estar apoyada en el hombro del tirador y el uso de ambas manos.

— Carabina: es un arma de hombro que tiene características similares a las del fusil, cuyo cañón no sobrepasa los 560mm de longitud. El arma tiene recámara comprendida.

— Fusil: es el arma de hombro, con cañón estriado que posee una recámara formando parte alineada permanentemente con el ánima del cañón. Los fusiles pueden ser de carga tiro a tiro, de repetición, semiautomáticos y automáticos. Estas dos últimas características pueden presentarse de forma combinada, para uso opcional mediante un dispositivo selector de fuego. El largo del cañón con recámara comprendida sobrepasa los 560mm de longitud.

— Escopeta: es el arma de hombro con uno o dos cañones, de ánima lisa, se carga normalmente con cartuchos que tienen perdigones. La escopeta puede ser tiro a tiro, de repetición, semiautomática o automática.

Fuente digital de la información:

Descriptores: criminalística, balística, arma de fuego, escopeta, fusil, armas, arma larga, ciencias forenses.

La frase del día
"Lo que es para el perro no es para el gato aunque el perro esté amarrado"

13/6/2026 - sistema de justicia

Sentencia No. 0624 de fecha 27-MAY-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: TANIA D’AMELIO CARDIET

La doctrina y los criterios consideran al sistema de justicia, como un todo, y dentro del cual, a cada uno de las personas u organismos que lo componen, tienen una función única trascendental común, como lo es, asegurar el orden jurídico y la justicia. Siendo ello así, si algunos de los componentes fallan, el sistema no solo se corrompe, sino que se quiebra como unidad, convirtiéndose entonces esa parte dividida, en una maquinaria agresora de los derechos del justiciable o de la sociedad.

Vale destacar, una vez más, que la función esencial del derecho penal es la protección de los bienes jurídicos, de allí que no puede configurarse delito sin daño al bien jurídico protegido y menos atribuir responsabilidad penal alguna contra cualquier persona si no se ha establecido de manera certera su grado de participación en las hechos investigados; obligación que tienen el Ministerio Público y los jueces, ya que la responsabilidad penal está regida, entre otros, por el principio de culpabilidad; según el cual una persona es responsable penalmente en tanto se demuestre su participación a título de dolo o culpa en el hecho delictivo investigado y procesado, lo cual no ocurrió en el presente caso.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día
"Lo que es para el perro no es para el gato aunque el perro esté amarrado"

13/6/2026 - intimidatorio y coercitivo

Sentencia No. 0624 de fecha 27-MAY-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: TANIA D’AMELIO CARDIET

En el presente caso, no pretende esta Sala cuestionar, ni limitar los principios de intervención y participación en materia penal ya que estos constituyen, en todo caso, la última instancia para resolver los conflictos o litigios judiciales, siendo la materia penal una de las principales garantes del equilibrio natural del orden social, al regular y sancionar las conductas típicamente antijurídicas, sin embargo este principio no puede ser tomado o relajado de manera ligera y efímera por parte de los intervinientes en el Sistema de Administración de Justicia en materia penal, para tratar de resolver lo que estos a su libre arbitrio consideren deba ser resuelto por vía penal, más aun cuando dicho sistema es amplio íntegro y tiene claramente delimitadas sus competencias y alcances.

Y atendiendo a tal afirmación, reitera esta Sala Constitucional que efectivamente la jurisdicción penal es la última instancia para resolver las controversias que se susciten entre las partes, siempre que estas recaigan sobre hechos que revistan carácter penal, y no bajo la premisa fáctica de utilizar dicha jurisdicción como medio intimidatorio y coercitivo, lo cual dista de la finalidad del ejercicio del ius puniendi por parte del Estado venezolano.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día
"Lo que es para el perro no es para el gato aunque el perro esté amarrado"

12 de junio de 2026

12/6/2026 - Ted Bundy

Ted Bundy: la marca que lo delató 

Ted Bundy creía haber cometido el crimen perfecto en la fraternidad Chi Omega (1978), Estados Unidos.

Sin huellas dactilares claras, sin testigos oculares directos. Pero cometió un error fatal: dejó una marca de mordedura en el cuerpo de una de sus víctimas, Lisa Levy. 

La evidencia: los peritos crearon un molde de la dentadura de Bundy (famosa por sus incisivos irregulares y astillados) y lo compararon con la herida. La coincidencia fue perfecta. Esa fue la prueba física que convenció al jurado y lo llevó a la silla eléctrica. 

A veces, el cuerpo de la víctima es el último testigo que señala al culpable.

Prevención: este caso nos deja lecciones importantes.

Asegura tu entorno: Bundy era un oportunista; entraba por las puertas traseras abiertas o ventanas sin seguro. La rutina de "cerrar todo con llave" antes de dormir no es paranoia, es supervivencia.

Registros dentales: los registros dentales no solo sirven para atrapar criminales, son vitales para identificar a personas en desastres o accidentes cuando no hay huellas. Visita al dentista y mantén tu historial al día.

Principio de intercambio: "todo contacto deja rastro". El criminal siempre se lleva algo y deja algo en la escena, de modo que la ciencia solo tiene que encontrarlo.

La arrogancia de Ted Bundy fue su fin, y la ciencia forense su verdugo. La verdad siempre encuentra la forma de salir a la luz.

Dato interesante: hoy día el ADN ha desplazado a la mordida como prueba reina, pero en los 70's esto fue revolucionario.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Una cabra no puede ganar un caso donde el juez vende carne"

12/6/2026 - de forma autónoma

Sentencia No. 016 de fecha 12-FEB-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En efecto, lo decidido el 10 de junio de 2025, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal (...), versó sobre la apelación interpuesta en contra de una declaratoria de inadmisibilidad por extemporánea, de un escrito de oposición de medidas, lo cual da a lugar a una incidencia procesal, que debe resolverse de forma autónoma, donde la parte afectada ejerce su derecho a la defensa y al debido proceso, a los fines de lograr impugnar, revocar o sustituir una medida decretada, en tal sentido, la finalidad del mencionado escrito de oposición se enfoca en demostrar que las mismas no cumplen con los requisitos legales necesarios para su materialización o que resulta desproporcionada para el fin que se pretende, en ningún caso, se plantean consideraciones en relación al fondo del asunto.   

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Una cabra no puede ganar un caso donde el juez vende carne"