14 de junio de 2026

14/6/2026 - falta de acreditación

Sentencia No. 332 de fecha 02-JUN-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY

Sin embargo, al no existir una “determinación precisa y circunstanciada de los hechos”, la Juez terminó subsumiendo en el tipo penal, el relato de la víctima, mas no en una conducta fáctica judicialmente establecida.

Lo mismo ocurre respecto al delito de Violencia Física Agravada. La sentenciadora enumera las lesiones descritas por los expertos, pero al carecer de un capítulo de hechos acreditados, no establece la relación de causalidad necesaria entre una acción específica del acusado (golpe, empujón, uso de objeto) y el resultado lesivo, limitándose a inferir la responsabilidad penal porque “la víctima siempre señaló a su mismo agresor”.

En consecuencia, tal como lo advirtió esta Sala en la sentencia número 193 del 13 de junio de 2024, la falta de acreditación de los hechos dejó a la fundamentación de derecho sin sustrato fáctico, convirtiendo la calificación jurídica en un ejercicio arbitrario donde se condenó por la convicción subjetiva y no por la subsunción de una conducta probada en la norma penal. Esta omisión impide a esta Sala de Casación Penal, y a la sociedad en general, conocer cuáles fueron los actos de ejecución que el Tribunal consideró ciertos para configurar los elementos del tipo penal, vulnerando flagrantemente el derecho a la defensa y el debido proceso.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

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