Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
Efectivamente, una de las funciones del recurso de casación es el control normativo sobre las sentencias emanadas por las Cortes de Apelaciones, ante presuntas infracciones de ley, mas no puede utilizarse como una tercera instancia para someter a consideración de la Sala aspectos del proceso penal, ajeno a las funciones de los tribunales de segunda instancia, en razón al expresar su descontento con el fallo dictado, como así lo pretendió el denunciante en el presente caso, todo bajo un planteamiento genérico en el cual se afirmó que “…Sin mayores argumentos deciden que lo se pudo determinar en esta investigación, es una relación contractual hasta de naturaleza laboral, que no reviste carácter penal, no determinan el motivo por el cual llegan a la conclusión que los hechos denunciado no son típicos, ni tampoco precisan por qué los hechos no revisten carácter penal. El defecto de inmotivación antes señalado…”.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"Quien sabe mover las piezas, nunca se ensucia las manos"
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