DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS - CESARE BECCARIA
EDUCACIÓN
El más seguro, pero más difícil medio de evitar los delitos es perfeccionar la educación. Al perfeccionar la educación la persona se crea valores y principios los cuales ayudan a erradicar ampliamente los delitos. Esto, es un trabajo mancomunado que nace desde el hogar y se refuerza con políticas de Gobierno; lamentablemente, es cultivado por un corto número de sabios.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: De los delitos y de las penas. Cesare Beccaria. P. 106. Ediciones Liber, Caracas, 2010.
Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013
4 de enero de 2014
Art. 172
DERECHO PENAL
DE LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE CULTOS
VIOLACIÓN DE SEPULCROS
Cualquiera que fuera de los casos indicados en los artículos 170 y 171, respectivamente, profanare total o parcialmente, el cadáver de alguna persona, lo exhumare, sustrajere o se apodere de sus restos, será castigado con prisión de tres a quince meses. Si el hecho se ha cometido por el administrador o celador de un cementerio o lugar de sepulturas, o por persona a la cual se hubiere confiado la guarda del cadáver o de los restos, la pena se aumentará en una tercera parte en el primer caso, y en una cuarta parte en el segundo.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: Código Penal.
DE LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE CULTOS
VIOLACIÓN DE SEPULCROS
Cualquiera que fuera de los casos indicados en los artículos 170 y 171, respectivamente, profanare total o parcialmente, el cadáver de alguna persona, lo exhumare, sustrajere o se apodere de sus restos, será castigado con prisión de tres a quince meses. Si el hecho se ha cometido por el administrador o celador de un cementerio o lugar de sepulturas, o por persona a la cual se hubiere confiado la guarda del cadáver o de los restos, la pena se aumentará en una tercera parte en el primer caso, y en una cuarta parte en el segundo.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: Código Penal.
3 de enero de 2014
Art. 56
LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
DE LOS DELITOS
TRATA DE MUJERES, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Quien promueva, favorezca, facilite o ejecute la captación, transporte, la acogida o la recepción de mujeres, niñas o adolescentes, mediante violencias, amenazas, engaño, rapto, coacción u otro medio fraudulento, con fines de explotación sexual, prostitución, trabajos forzados, esclavitud, adopción irregular o extracción de órganos, será sancionado con prisión de quince a veinte años.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
DE LOS DELITOS
TRATA DE MUJERES, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Quien promueva, favorezca, facilite o ejecute la captación, transporte, la acogida o la recepción de mujeres, niñas o adolescentes, mediante violencias, amenazas, engaño, rapto, coacción u otro medio fraudulento, con fines de explotación sexual, prostitución, trabajos forzados, esclavitud, adopción irregular o extracción de órganos, será sancionado con prisión de quince a veinte años.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Art. 171
DERECHO PENAL
DE LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE CULTOS
PROFANACIÓN DE CADÁVERES
Cualquiera que cometa actos de profanación en el cadáver o en las cenizas de una persona y cualquiera que con un fin injurioso, o simplemente ilícito, sustrajere, fraudulentamente, el todo o parte de los despojos o restos mismos, o de alguna manera viole un túmulo o una cineraria, será castigado con prisión de seis meses a tres años.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: Código Penal.
DE LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE CULTOS
PROFANACIÓN DE CADÁVERES
Cualquiera que cometa actos de profanación en el cadáver o en las cenizas de una persona y cualquiera que con un fin injurioso, o simplemente ilícito, sustrajere, fraudulentamente, el todo o parte de los despojos o restos mismos, o de alguna manera viole un túmulo o una cineraria, será castigado con prisión de seis meses a tres años.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: Código Penal.
Art. 45
LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
DE LOS DELITOS
ACTOS LASCIVOS
Quien mediante el empleo de violencias o amenazas y sin la intención de cometer el delito de violencia sexual (violación), constriña a una mujer a acceder a un contacto sexual no deseado, afectando su derecho a decidir libremente su sexualidad, será sancionado con prisión de uno a cinco años.
Si el hecho se ejecuta en perjuicio de una niña o adolescente, la pena será de dos a seis años de prisión.
En la misma pena incurrirá quien ejecute los actos lascivos en perjuicio de la niña o adolescente, aun sin violencias ni amenazas, prevaliéndose de su relación de autoridad o parentesco.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
DE LOS DELITOS
ACTOS LASCIVOS
Quien mediante el empleo de violencias o amenazas y sin la intención de cometer el delito de violencia sexual (violación), constriña a una mujer a acceder a un contacto sexual no deseado, afectando su derecho a decidir libremente su sexualidad, será sancionado con prisión de uno a cinco años.
Si el hecho se ejecuta en perjuicio de una niña o adolescente, la pena será de dos a seis años de prisión.
En la misma pena incurrirá quien ejecute los actos lascivos en perjuicio de la niña o adolescente, aun sin violencias ni amenazas, prevaliéndose de su relación de autoridad o parentesco.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Art. 170
DERECHO PENAL
DE LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE CULTOS
ULTRAJE AL CULTO
Cualquiera que en los lugares destinados al culto, o en los cementerios, deteriore, desperfeccione o afee los monumentos, pinturas, piedras, lápidas, inscripciones o túmulos, será castigado con arresto de uno a seis meses, o multa de ciento cincuenta unidades tributarias a un mil quinientas unidades tributarias (1500 UT).
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: Código Penal.
DE LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE CULTOS
ULTRAJE AL CULTO
Cualquiera que en los lugares destinados al culto, o en los cementerios, deteriore, desperfeccione o afee los monumentos, pinturas, piedras, lápidas, inscripciones o túmulos, será castigado con arresto de uno a seis meses, o multa de ciento cincuenta unidades tributarias a un mil quinientas unidades tributarias (1500 UT).
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: Código Penal.
Delitos y Penas V
DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS - CESARE BECCARIA
INTERROGACIONES SUGESTIVAS
Nuestras leyes reprueban en el proceso las interrogaciones que se llaman sugestivas; esto es, aquellas que en la circunstancia de un delito preguntan de la especie, debiendo preguntar del género. Quiere decir, aquellas interrogaciones que, teniendo una inmediata conexión con él, sugieren al reo una respuesta inmediata; respuesta que puede librarlo de la acusación de la cual es objeto, o respuesta que puede comprometerlo y acusarlo aun más.
Las interrogaciones, según los criminalistas, deben abrazar y rodear al hecho espiralmente, pero nunca dirigirse a él por línea recta.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: De los delitos y de las penas. Cesare Beccaria. P. 95. Ediciones Liber, Caracas, 2010.
INTERROGACIONES SUGESTIVAS
Nuestras leyes reprueban en el proceso las interrogaciones que se llaman sugestivas; esto es, aquellas que en la circunstancia de un delito preguntan de la especie, debiendo preguntar del género. Quiere decir, aquellas interrogaciones que, teniendo una inmediata conexión con él, sugieren al reo una respuesta inmediata; respuesta que puede librarlo de la acusación de la cual es objeto, o respuesta que puede comprometerlo y acusarlo aun más.
Las interrogaciones, según los criminalistas, deben abrazar y rodear al hecho espiralmente, pero nunca dirigirse a él por línea recta.
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA: De los delitos y de las penas. Cesare Beccaria. P. 95. Ediciones Liber, Caracas, 2010.
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