30 de abril de 2016

30-04-2016 Introducción II (29)

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

EL HECHO JURÍDICO

Hecho Jurídico: Es todo suceso o acontecimiento, que produzca una modificación en la realidad, que esté regulado por el derecho.

Efecto Jurídico: Si se da la hipótesis de la norma, generará un efecto o consecuencia jurídica.

Ejemplo:

Si una persona nace, es un Hecho Jurídico.

Bibliografía: Didáctica de la Introducción al Derecho. Dr. Levy Benshimol Quintana. Editorial Buchivacoa. Caracas-1999.

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

30-04-2016 Contra Secuestro (13)

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

DERECHO PENAL

Ley Contra el Secuestro y la Extorsión
Gaceta Oficial No. 39.194 de fecha 05 de junio de 2009

CAPÍTULO II
DEL SECUESTRO

Sección Segunda
De los Beneficios de la Víctima y de sus Familiares

Artículo 13. Asistencia psicológica y psiquiátrica. Sin perjuicio de la asistencia psicológica y psiquiátrica a que tengan derecho el secuestrado o secuestrada y su núcleo familiar, durante y después del secuestro el Estado promoverá el desarrollo de programas de asistencia psicológica y psiquiátrica con el fin de lograr su recuperación integral.

Especial atención merecerán en estos programas los niños, niñas y adolescentes, el adulto mayor o adulta mayor, personas con discapacidad física mental, mujeres en estado de gravidez o personas que padezcan enfermedades que hayan sido víctimas del delito de secuestro.

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

30-04-2016 Procesal Penal (65)

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

N° de Expediente: C06-0410 N° de Sentencia: 469
Tema: Admisión de los Hechos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Momento en el proceso para la admisión de los hechos
Viernes, 03 de Agosto de 2007        

...el momento en el cual el acusado puede o no admitir los hechos es, en la audiencia preliminar en un procedimiento ordinario y en juicio cuando se trata de un procedimiento abreviado.

Siendo que, es en la fase intermedia del proceso cuando el acusado puede admitir los hechos, el Juez como director del proceso debe cumplir con la función que le confiere la ley en esta etapa, la de filtro purificador o de decantación del escrito de acusación fiscal o de la acusación particular propia, que como acto formal debe cumplir los requisitos señalados en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, y es al órgano jurisdiccional -Juez de Control en la Audiencia Preliminar- a quien corresponde ejercer el control efectivo de la misma.

N° de Expediente: C06-0410 N° de Sentencia: 469
Tema: Admisión de los Hechos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Cambio de Calificación Jurídica después de la admisión de los hechos. Improcedente.
Viernes, 03 de Agosto de 2007

...Sorprender al acusado con una nueva calificación jurídica por un hecho en el cual el accedió a reconocer su culpabilidad es arbitrario y limita el derecho a la defensa, por cuanto no le da oportunidad de defenderse de una sentencia que lo perjudica, cuando la intención del legislador al crear la figura de la admisión de los hechos no es otra que procurar un beneficio para ambas partes, para el Estado, celeridad y economía procesal y para el acusado, una rebaja sustancial de la pena que se le ha de imponer por ese hecho punible reconocido.

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

30-04-2016 Introducción II (28)

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
JORGE SALAZAR

EL DERECHO SUBJETIVO

Entidades que pueden ser Objeto del Derecho Subjetivo

a) Los Actos Humanos: El comportamiento humano, visto desde el punto de vista contractual, consagra un vínculo jurídico que une a 2 sujetos en una relación de derecho en donde uno es el acreedor y otro el deudor.

b) Las Cosas del Mundo Exterior: Son los bienes que pueden ser objetos del ejercicio del poder o facultad contenido en el Derecho Subjetivo.

c) Los Productos del Espíritu: El hombre en un deseo de proteger la iniciativa del espíritu, logra la personalización de sus creaciones mediante diferentes formas jurídicas que le permiten exigir a 3eras personas que le sean respetados los derechos subjetivos de autor sobre la obra de arte o del intelecto que ha producido.

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

30-04-2016 Introducción II (27)

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
JORGE SALAZAR

EL DERECHO SUBJETIVO

Clasificación de las Cosas

1) Corporales: Se pueden percibir a través de los sentidos.

2) Incorporales: Son aquellas que existen, pero no las vemos; ejemplo: las acciones.

3) Fungibles: Se pueden sustituir por otras del mismo género, calidad y condición.

4) No Fungibles: No pueden ser sustituidas por otras.

5) Consumibles: Son todas aquellas cosas que se pierden en su 1er uso.

6) No Consumibles: Se pueden utilizar varias veces, sin que ameriten una destrucción.

7) Divisibles: Se pueden fraccionar, y cada parte conserva la misma función del todo e idéntica naturaleza.

8) Indivisibles: Son aquellas que al fraccionarse, pierden su utilidad.

9) Simples: Forman una unidad.

10) Compuestas: Están conformadas por varias cosas simples.

11) Muebles: Son aquellas que se pueden desplazar de un lugar a otro.

12) Inmuebles: Son aquellas que no pueden ser desplazadas de un lugar a otro; ejemplo: una estatua.

13) Genéricas: Son las determinadas por sus caracteres comunes a su género.

14) Específicas: Son las determinadas o individualizadas por sus caracteres propios o específicos.

15) Universalidad de las Cosas: Se trata de colecciones de cosas de un mismo género.

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

30-04-2016 Introducción II (26)

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
JORGE SALAZAR

EL DERECHO SUBJETIVO

Las Cosas: Es todo los que nos rodea, a excepción de las personas.

Para que las cosas tengan sentido jurídico, necesitan poseer 3 requisitos:

a) Utilidad: Significa satisfacer las necesidades.

b) Apropiabilidad: Necesita ser apropiable, para poder ejercer un derecho sobre ella, ya sea: comprar, vender, etc.

c) Individualidad: Son aquellas características propias que la identifican singularmente.

Nota: En nuestra legislación venezolana, “cosas” y “bienes”, son como sinónimos; pero nos referimos a “bienes” específicamente, al hablar de nuestro patrimonio.

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

30-04-2016 Introducción II (25)

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho

INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
JORGE SALAZAR

EL DERECHO SUBJETIVO

Clasificación del Derecho Subjetivo

1) Derechos Absolutos: Son aquellos que hacemos valer frente a todo el mundo; ejemplo: el derecho de propiedad.

2) Derechos Relativos: Son aquellos que se hacen valer, frente a una sola persona, es decir, individualmente; ejemplo: el derecho de crédito.

3) Derechos Transmisibles: Son aquellos que pueden ser transferidos, de un sujeto a otro.

4) Derechos Intransmisibles: Son aquellos que están ligados a la personalidad humana, y por tanto no son susceptibles de ser transferidos; ejemplo: el nombre.

5) Derechos Patrimoniales: Son aquellos que son susceptibles de valorización económica.

6) No Patrimoniales: Son aquellos que no son susceptibles de valorización económica.

7) Derechos Principales: Son aquellos que no dependen de ningún otro derecho para su existencia y validez, es decir, tienen vida independiente.

8) Derechos Accesorios: Dependen o derivan de otros principales, es decir, siguen la suerte de éstos.

Frase reflexiva:
Si te caes siete veces, levántate ocho