3 de abril de 2016

03-04-2016 Medicina (28)

TIPOS DE EXPERTICIAS DE ACUERDO A SU FIN

1.- Judicial: Es la que se le lleva por parte del Fiscal del Ministerio Público al Juez para que la valore y la compare con la que tiene en autos.

2.- Legislativa: Es cuando la experticia parte de una Ley, por ejemplo, del Código Civil.

3.- Administrativa: Tiene que ver con todos los procedimientos que se tienen que hacer en las instituciones del Estado, por ejemplo, revisión de vehículos, pruebas técnicos-contables, etc.

03-04-2016 Medicina (27)

UTILIDAD DE LA EXPERTICIA MÉDICO-LEGAL

La experticia médico-legal es útil porque va a servir de apoyo a la administración de justicia para saber lo que ocurrió en el hecho penal y quien cometió el hecho punible.

De igual manera es un auxiliar del hecho penal, del Juez, que sirve para sancionar al culpable del hecho punible. También sirve para absolver a la persona en el caso de que sea inocente.

03-04-2016 Medicina (26)

APRECIACIÓN DE LA EXPERTICIA MÉDICO-LEGAL

La pregunta aquí sería: ¿cómo valora el Juez una experticia médico-legal?

El Juez sabe de leyes, derecho y no de peritaje. El Juez para darle la importancia necesaria a la experticia médico-legal, tiene que en principio tomar en consideración la capacidad, idoneidad y experiencia del experto. Luego si el Juez está de acuerdo con la experticia dirá que se acoge a la experticia de tal persona que lo llevo a la verdad de los hechos.

La experticia médico-legal no es vinculante en materia penal para que el Juez decida, ya que él se puede apartar total o parcialmente, y tendrá que decir el motivo por el cual se aparta, por ejemplo: que no lo llevo esa experticia a la verdad de los hechos, etc. Cuando el Juez diga que rechaza la experticia y exponga sus motivos o razones, el Fiscal verá si eso tiene un basamento legal.

Los expertos pueden ser tachados y suprimidos cuando sus experticias no sean específicas en el criterio de su informe pericial. Luego el Fiscal deberá solicitar un nuevo examen pericial; pero las experticias tienen que ser lo más preciso posible para lograr la verdad de los hechos, ya que se trata de solicitar la mayor confiabilidad en ellas.

Nota: Los peritos deben de ir también a los debates públicos y exponer sus razones respectivas con relación a la experticia. Y en caso de que estén mintiendo, se les puede desmentir. Pero el experto tiene que decir la verdad de los hechos.

03-04-2016 Medicina (25)

¿QUIÉN SOLICITA EL PERITAJE EN EL PROCESO PENAL?

La solicitud formal del peritaje en el proceso penal es una actividad específica inherente del Fiscal del Ministerio Público, puesto que la solicitud formal de la prueba pericial le corresponde al Ministerio Público.

03-04-2016 Medicina (24)

PARTES QUE CONTIENE UNA EXPERTICIA

1.- Preámbulo: Esto es lo que consiguió el experto, todo lo externo con relación al sujeto y cosa que se tenga. Ejemplo: una persona adulta de color blanca, vestida, etc. A partir de todo eso se comienza a indagar.

2.- Desarrollo: Aquí el experto para indagar lo que ocurrió, observa todas las pruebas que le lleguen a él. Están aquí todos los procedimientos para poder llegar a la conclusión de lo que ocurrió.

3.- Conclusión (Informe Pericial): Aquí tenemos la prueba pericial que determina que fue lo que paso con la persona, objeto o cosa.

03-04-2016 Medicina (23)

REQUISITOS FORMALES PARA LA REALIZACIÓN, IMPLEMENTACIÓN O UTILIZACIÓN DE UN EXPERTO

Estos son los formalismos que se deben hacer para juramentar a un experto:

- Declaración Jurada

- Útil

- Valoración

- Imputación

- Ejecución

- Ordenada (Mandato)    >   - Aceptada

La persona que tenga conocimiento práctico para realizar una actividad específica, que es ocupar el rol de experto forense para que dilucide si se cometió un hecho punible, tiene que aceptarlo de acuerdo a la orden establecida en la ley. La aceptación tiene que ser una aceptación formal, que es un escrito dirigido ante la persona que ha solicitado sus servicios como experto forense. Pero tengamos en consideración que cuando se solicita la pericia de la persona, ésta puede rechazar la solicitud para lo cual se está solicitando su pericia; y cuando la rechace tiene que manifestar sus causas valederas, como: enemistad manifiesta, amistad manifiesta, que esté fuera de la zona, que esté incapacitado, etc.

Después de la aceptación viene la juramentación, el Juez juramenta a quien determine la aceptación de experto donde se presta fiel declaración de fiel juramento. La juramentación se va ejercer con los elementos de veracidad, donde todo lo que la persona juramentada diga, tiene que ser cierto, valedero, ya que la veracidad está por delante.

Luego viene la ejecución que se realiza a través de unos mecanismos técnicos-científicos que dependen del tiempo y las actividades.

Por último tenemos que el Juez determinará si absuelve o condena a la persona respectiva con los resultados que arroje la experticia.

03-04-2016 Medicina (22)

EL PERIJATE MÉDICO-LEGAL

PERITAJE O EXPERTICIA: Es una declaración jurada, útil para la valoración de un elemento de prueba de la imputación, o para los fines del procedimiento de ejecución, ordenada por el magistrado penal y dada a él por una persona diversa de las que intervienen en el proceso penal, sobre observaciones técnicas cumplidas por ella por encargo de una autoridad judicial, con relación a los hechos, personas o cosas que se examinan después de la perpetración del hecho punible.