1.-
Judicial: Es la que se le lleva por parte del Fiscal del Ministerio Público al
Juez para que la valore y la compare con la que tiene en autos.
2.-
Legislativa: Es cuando la experticia parte de una Ley, por ejemplo, del Código Civil.
3.-
Administrativa: Tiene que ver con todos los procedimientos que se tienen que hacer en
las instituciones del Estado, por ejemplo, revisión de vehículos, pruebas
técnicos-contables, etc.
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