3 de abril de 2016

03-04-2016 Penal (100)

Art. 453 C. P.
En el #1 del 453 encontramos el ‘hurto con abuso de confianza’, donde dicho abuso de confianza se genera por el cambio de buenos oficios.

Luego en el #2 encontramos varios supuestos: a) desastre; b) calamidad;   c) perturbación pública; o d) las desgracias particulares del hurtado donde se valen de la desgracia personal. Dicho hurto se llama ‘hurto calamitoso’ porque se aprovechan de las calamidades suscitadas con anterioridad al hecho (la desgracia es anterior al hurto).

Posteriormente en el #3 para que opere la calificante se tiene que vivir en un sitio diferente al lugar del suceso.

Encontramos que en el #4 lo que más bien parece que hay es un concurso real de delitos ya que encontramos la figura jurídica del delito de daños.

Ahora bien, en el #5 encontramos el ‘hurto con llave falsa’ donde la circunstancia que califica éste tipo penal, es la facilidad que tuvo el sujeto para abrir la cerradura.

Luego tenemos en el #6 el ‘hurto con escalamiento’.

En el #7 encontramos que los sellos puestos por un funcionario público para resguardar la cosa, son violentados.

El #8 nos dice que la persona se ha disfrazado para cometer el delito de hurto.

En el #9 lo que importa es el número de participantes.

Luego en el #10 tenemos el ‘hurto con simulación de autoridad’.

En el último párrafo del 453 encontramos un concurso de calificantes en el delito de hurto.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!