En el #1 del 453 encontramos el ‘hurto con abuso de confianza’,
donde dicho abuso de confianza se genera por el cambio de buenos oficios.
Luego en el #2
encontramos varios supuestos: a)
desastre; b) calamidad; c)
perturbación pública; o d) las
desgracias particulares del hurtado donde se valen de la desgracia personal.
Dicho hurto se llama ‘hurto calamitoso’ porque se
aprovechan de las calamidades suscitadas
con anterioridad al hecho (la desgracia es anterior al hurto).
Posteriormente en el #3
para que opere la calificante se tiene que vivir en un sitio diferente al lugar
del suceso.
Encontramos que en el #4
lo que más bien parece que hay es un concurso
real de delitos ya que encontramos la figura jurídica del delito de daños.
Ahora bien, en el #5
encontramos el ‘hurto con llave falsa’ donde la circunstancia que califica
éste tipo penal, es la facilidad que
tuvo el sujeto para abrir la
cerradura.
Luego tenemos en el #6
el ‘hurto con escalamiento’.
En el #7 encontramos que los sellos puestos por un
funcionario público para resguardar la cosa, son violentados.
El #8 nos dice
que la persona se ha disfrazado para cometer el delito de hurto.
En el #9 lo que
importa es el número de participantes.
Luego en el #10
tenemos el ‘hurto con simulación de autoridad’.
En el último párrafo
del 453 encontramos un concurso de calificantes en el delito
de hurto.
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