3 de abril de 2016

03-04-2016 Medicina (33)

3.- Lesiones Menos Graves
413 C.P.

Aquí no se dan supuestos, ya que las lesiones menos graves están entre las graves y las leves con relación al tiempo; es decir, entre 10 y 19 días para la curación.

Lesiones Leves = menos de 10 días.
Lesiones Menos Graves = 10 días y 19 días.
Lesiones Graves = 20 días ó más.

4.- Lesiones Leves
416 C.P.

Art. 416 CP: “Si el delito previsto en el artículo 413 hubiere acarreado a la persona ofendida, enfermedad que sólo necesita asistencia medica por menos de diez días o sólo la hubiere incapacitado por igual tiempo para dedicarse a sus negocios ordinarios, u ocupaciones habituales, la pena será de arresto de tres a seis meses.

Como podemos ver, en las lesiones leves no dan supuestos de hecho sino tiempo de curación, el cual es menos de 10 días.

5.- Lesiones Levísimas
417 C.P.

Art. 417 CP: “Si el delito previsto en el artículo 413, no sólo no ha acarreado enfermedad que necesite asistencia medica, sino que tampoco ha incapacitado a la persona ofendida para dedicarse a sus negocios u ocupaciones habituales, la pena será de arresto de diez a cuarenta y cinco días.
Aquí no hay enfermedad, no hay curación, no hay pérdida y no hay incapacidad, sólo la persona es lesionada y hay un resultado dañoso, sin impedirle a ésta el desarrollo de sus actividades habituales.

Por ejemplo: que una persona le propine a otra un golpe en el brazo y le ocasione un morado. La víctima seguirá tranquila y no acarrea problemas para su desempeño físico.

La lesión levísima no opera de oficio sino a instancia de parte interesada.

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