3 de abril de 2016

03-04-2016 Medicina (17)

REQUISITOS PARA EJERCER LA PROFESIÓN DE MÉDICINA SÓLO LAS PERSONAS QUE HAYAN ESTUDIADO EN VENEZUELA

De conformidad con el artículo 4 de la Ley del Ejercicio de la Medicina, para ejercer la profesión de médico en la República se requiere:

1.- Poseer el título de Doctor en Ciencias Médicas o de Médico Cirujano expedido por una universidad venezolana, de acuerdo con las leyes especiales sobre la materia.
                                  
2.- Registrar e inscribir el título correspondiente en las Oficinas Públicas que establezcan las leyes.

3.- Estar inscrito en el Colegio de Médicos en cuya jurisdicción se ejerza habitualmente la profesión.

4.- Estar inscrito en el Instituto de Previsión Social del Médico.

5.- Cumplir las demás disposiciones contenidas al efecto en esta Ley.

Nota: El título de Médico se registra en el Registro Principal.

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