3 de abril de 2016

03-04-2016 Medicina (21)

RESPONSABILIDAD MÉDICA OBJETIVA Y SUBJETIVA

Dichas responsabilidades se refieren cuando se le produce el daño o la muerte al paciente. Aquí se habla de la intención o no de cometer el hecho punible.

Es muy difícil de probar cuando entra en juego lo que es la teoría del dolo y la culpa, es decir, se hablará de delito doloso cuando el médico tenga la intención de cometer el hecho punible (responsabilidad objetiva) o de delito culposo cuando el médico no tenga la intención de cometer el hecho punible, donde mide la negligencia, imprudencia, impericia o la inobservancia (responsabilidad subjetiva).

Se juzgará al medico de acuerdo al daño que hizo: si hay dolo, se juzgará de acuerdo al homicidio intencional simple o si hay culpa se juzgará de acuerdo al homicidio culposo.

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