21 de septiembre de 2016

21-09-2016 TLP

Frase reflexiva:
El hombre ha dominado al hombre para perjuicio suyo

Trastornos de personalidad

Trastorno límite de la personalidad
Aquí se amontonan aquellos trastornos difíciles de encasillar, que están a caballo entre la neurosis y la psicosis. Se define como una pauta duradera de percepción, relación y pensamiento tanto sobre el entorno como sobre sí mismo en la que existen problemas en diversas zonas, como por ejemplo en la relación interpersonal, en la imagen que tiene de sí mismo, en su estado anímico, etc. Podemos alertarnos ante un TPL cuando veamos por ejemplo: vivencias de relaciones intensas e inestables, conducta compulsiva, sentimientos de vacío o aburrimiento crónicos, impulsividad, ira intensa e incontrolable episódicamente, no tiene muy claro sus metas, sus prioridades, su escala de valores (confusión).

Fuente de la información:
Diplomado en Investigación Criminal y Ciencias Forenses. Universidad Dr. José Gregorio Hernández. Módulo 3: Análisis Forense y Psiquiatría: Unidad II. Material de estudio: trastornos de personalidad.

Gloria Marsellach Umbert - Psicólogo
Bibliografía: Terapia cognitiva de los trastornos de personalidad - Aaron T. Beck, Athur Freeman y otros -  Editorial Paidos 1995.

Frase reflexiva:
El hombre ha dominado al hombre para perjuicio suyo

21-09-2016 Obligaciones I (18)

Frase reflexiva:
El hombre ha dominado al hombre para perjuicio suyo

Guía de Obligaciones I

Facultad: Derecho
Materia: Obligaciones I
Semestre: Quinto-Pregrado

OJO: Si uno de ellos 3, es decir, los menores, los inhabilitados o entredichos, hacen un contrato, el contrato nace y empieza a producir sus efectos jurídicos. Si no se ejercita la acción de nulidad quedan sus efectos jurídicos corriendo, pero el contrato es anulable, es decir, susceptible de ser anulado, pidiéndose la acción de nulidad en Tribunales mediante una demanda. En consecuencia, el Juez verifica y emite una sentencia anulando el contrato.

- Casos especiales de personas incapaces para contratar:

1.- Institutos de manos muertas: Los institutos de manos muertas son aquellos que por sus estatutos, leyes o reglamentos de su constitución, no pueden enajenar (vender, gravar, hipotecar) los bienes inmuebles. Entonces ellos no tienen capacidad para adquirir bienes inmuebles.

2.- Art. 1481 CC: “Entre marido y mujer no puede haber venta de bienes.

El marido y la mujer son incapaces para celebrar contrato de venta entre sí, no para contratar.

3.- Art. 1482 CC: “No pueden comprar, ni aun en subasta pública, ni directamente, ni por intermedio de otras personas:

1.° El padre y la madre los bienes de sus hijos sometidos a su potestad.

2.° Los tutores, protutores y curadores, los bienes de las personas sometidas a su tutela, protutela o curatela.

3.° Los mandatarios, administradores o gerentes, los bienes que estén encargados de vender o hacer vender.

4.° Los empleados públicos, los bienes de la Nación, de los Estados o sus Secciones, o de los establecimientos públicos de cuya administración estuvieren encargados, ni los bienes que se venden bajo su autoridad o por su ministerio.

5.° Los Magistrados, Jueces, Fiscales, Secretarios de Tribunales y Juzgados y Oficiales de Justicia, los derechos o acciones litigiosos de la competencia del Tribunal de que forman parte.

Se exceptúa de las disposiciones que preceden el caso en que se trate de acciones hereditarias entre coherederos, o de cesión en pago de créditos, de garantía de los bienes que ellos poseen.     

Los abogados y los procuradores no pueden, ni por sí mismos, ni por medio de personas interpuestas, celebrar con sus clientes ningún pacto ni contrato de venta, donación, permuta u otros semejantes sobre las cosas comprendidas en las causas a que prestan su ministerio.

En el #1 del artículo 1482 CC podemos ver que la incapacidad va referida a la compra por parte del padre o de la madre de los hijos que estén bajo su potestad. Luego el #2 del mismo artículo me habla de tutores, etc., siempre y cuando la persona esté sometida a su tutela. En el #3 tenemos que si el poder fue revocado al mandatario, éste puede comprar dichos bienes.

Frase reflexiva:
El hombre ha dominado al hombre para perjuicio suyo

20 de septiembre de 2016

20-09-2016 Histriónico

Frase reflexiva:
La educación es el arma más poderosa que puedes usar para cambiar al mundo

Trastornos de personalidad

Trastorno histriónico de la personalidad
Se viven como encantadoras con cierto estilo y totalmente merecedoras de atención por parte de los demás. Necesitan cautivar como modo de funcionamiento, atraer, expresar emociones de forma abiertamente manifiesta. Son unos excelentes actores, pues su vida entera parece puro teatro. Confabulan, manipulan siempre para conseguir que el resto se mantenga a sus pies. Bajo un aspecto jovial y seguro se esconde el temor a la indiferencia y rechazo. 

Fuente de la información:
Diplomado en Investigación Criminal y Ciencias Forenses. Universidad Dr. José Gregorio Hernández. Módulo 3: Análisis Forense y Psiquiatría: Unidad II. Material de estudio: trastornos de personalidad.

Gloria Marsellach Umbert - Psicólogo
Bibliografía: Terapia cognitiva de los trastornos de personalidad - Aaron T. Beck, Athur Freeman y otros -  Editorial Paidos 1995.

Frase reflexiva:
La educación es el arma más poderosa que puedes usar para cambiar al mundo

20-09-2016 Obligaciones I (17)

Frase reflexiva:
La educación es el arma más poderosa que puedes usar para cambiar al mundo

Guía de Obligaciones I

Facultad: Derecho
Materia: Obligaciones I
Semestre: Quinto-Pregrado

TEMA 3 EL CONTRATO

Personas incapaces para contratar por la Ley (Art. 1144 C.C): Esas personas declaradas incapaces por la Ley, son:

- Incapacidad por antonomasia (son para todo):

1.- Menores: Los menores de edad sólo pueden celebrar contratos cuando están representados por los padres que ejerzan la patria potestad sobre ellos. Los padres sólo hacen actos de simple administración, ya que no pueden disponer de los bienes del menor porque eso sería disminuirlo.

Es importante saber que representar no es igual que asistir, ya que en el 1ero se habla de sustitución, y en el 2do se refiere a que una persona siempre va estar acompañada por otra para que complemente (por ejemplo el abogado que asiste a su cliente).

En los menores también entran los menores emancipados, donde ellos necesitan estar asistido de un curador para contratar; es decir, ellos si pueden realizar actos pero asistidos por un curador.

2.- Entredichos: Hay 2 tipos de entredichos:

a) Entredicho por razones naturales: Son los que tienen un defecto mental, intelectual, un loco demente.

b) Entredicho por razones jurídicas: Son los que han sido condenados por una sentencia penal a presidio.

Con relación a los entredichos se abre el régimen de tutela asignándose así un tutor.

3.- Inhabilitados: Son los que tienen debilidad mental, es decir, no son locos completamente ya que tienen intervalos de lucidez.

Aquí también tenemos al pródigo, persona que disipa o despilfarra su patrimonio; al ciego y sordomudo.

Con relación a los inhabilitados se abre el régimen de curatela asignándose así un curador.

Frase reflexiva:
La educación es el arma más poderosa que puedes usar para cambiar al mundo

19 de septiembre de 2016

19-09-2016 6.256

Frase reflexiva:
Las malas compañías echan a perder los buenos valores

Gaceta Oficial No. 6.256 Extraordinario
Caracas, martes 13 de septiembre de 2016
AÑO CXLIII - MES XII

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto N° 2.452, mediante el cual se decreta el Estado de
Excepción y Emergencia Económica en todo el Territorio
Nacional, dadas las circunstancias extraordinarias en el
ámbito social, económico y político, que afectan el orden
constitucional, la paz social, la seguridad de la Nación,
las instituciones públicas y a los ciudadanos y ciudadanas
habitantes de la República, a fin de que el Ejecutivo Nacional
adopte las medidas urgentes, contundentes, excepcionales
y necesarias, para asegurar a la población el disfrute pleno
de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso
oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros
productos esenciales para la vida.


Frase reflexiva:
Las malas compañías echan a perder los buenos valores

19-09-2016 Evitación

Frase reflexiva:
Las malas compañías echan a perder los buenos valores

Trastornos de personalidad

Trastorno de personalidad por evitación
Estas personas desean la cercanía con el entorno pero a la vez temen ser heridas. El temor al rechazo, al dolor les hace evitar toda relación y así no pueden llegar a sufrir. Evitan la evaluación, el riesgo porque el mayor temor que pueden sentir es la humillación. El paciente evitativo limita sus expectativas, se abstiene de compromisos porque en ellos existe el riesgo al fracaso. 

Fuente de la información:
Diplomado en Investigación Criminal y Ciencias Forenses. Universidad Dr. José Gregorio Hernández. Módulo 3: Análisis Forense y Psiquiatría: Unidad II. Material de estudio: trastornos de personalidad.

Gloria Marsellach Umbert - Psicólogo
Bibliografía: Terapia cognitiva de los trastornos de personalidad - Aaron T. Beck, Athur Freeman y otros -  Editorial Paidos 1995.

Frase reflexiva:
Las malas compañías echan a perder los buenos valores

19-09-2016 Dorángel

Frase reflexiva:
Las malas compañías echan a perder los buenos valores

1. ¿Dorángel debía estar preso por sus crímenes?

Preso como tal, no, en virtud de que sufre enfermedad mental; y el Código Penal venezolano vigente establece en el artículo 62 que toda persona que sufra enfermedad mental se considera inimputable. Ahora bien, toda persona aprehendida en flagrancia debe ser detenida por las autoridades competentes; una vez detenida la persona, se somete a un proceso penal en el que se realizan diversas investigaciones para establecer su culpabilidad o no. Este ciudadano, José Dorángel Vargas Gómez, fue sometido a la justicia, y en virtud de que sufría esquizofrenia paranoide se le impusieron medidas de seguridad, tal como lo contempla el Código Orgánico Procesal Penal, en sus artículos 69, 345, 349, 410, 411, 412, 471, 501, 502, 503. A continuación, veamos lo que se estableció en las sentencias que acordaron la suerte del prenombrado ciudadano: …esta sujeto a la medida de seguridad impuesta, por tanto se mantiene el diagnostico de EZQUIZOFRENIA PARANOIDE... que requiere tratamiento psico-farmacológico, prolongado, control psiquiátrico y supervisión constante... No existe el sitio que le pueda brindar la debida atención… …no existe en el territorio nacional un sitio idóneo en el cual pueda recluirse… …debe continuar con el tratamiento en virtud de que mantiene la misma patología, ya que es un riesgo para… la sociedad ingresarlo a un sitio abierto… …el ciudadano… …debe continuar con la medida de seguridad indeterminada que sufre… …continúe el cumplimiento de la medida de seguridad en la comandancia de la Policía del Estado Táchira Táchira, 2010, febrero,1385-19-3E-141-00 …se encuentra bajo medidas de seguridad… Táchira, 2007, agosto, 1385-7-141

2. ¿Qué sucede cuando el implicado en un hecho delictual es un enfermo mental?

De conformidad con el artículo 62 del Código Penal venezolano vigente, se considera inimputable, no tiene responsabilidad penal, razón por la cual, se somete a medidas de seguridad tal como se contempla en los preceptos legales consagrados en los artículos 69, 345, 349, 410, 411, 412, 471, 501, 502, 503 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Art. 62 Código Penal. No es punible el que ejecuta la acción hallándose dormido o en estado de enfermedad mental suficiente para privarlo de la conciencia o de la libertad de sus actos. Sin embargo, cuando el loco o demente hubiere ejecutado un hecho que equivalga en un cuerdo a delito grave, el tribunal decretara la reclusión en uno de los hospitales o establecimientos destinados a esta clase de enfermos, del cual no podrá salir sin previa autorización del mismo tribunal. Si el delito no fuere grave o si no es el establecimiento adecuado, será entregado a su familia, bajo fianza de custodia, a menos que ella no quiera recibirlo.

3. ¿Se garantiza a los enfermos mentales el cumplimiento de sus derechos humanos, al ser privados de libertad?

Toda persona sometida a cualquier fase del proceso penal se denomina “imputado”, como bien lo establece el artículo 126 de la Ley adjetiva penal. Así las cosas, el artículo 127 ejusdem consagra los derechos del imputado, vale decir, que toda persona señalada de haber cometido un hecho punible tiene sus derechos. Si un enfermo mental es privado de libertad, y en consecuencia, es condenado sin haber invocado el artículo 62 del Código Penal venezolano vigente, se considera violatorio de sus derechos, violatorio del debido proceso. Caso contrario ocurre si la persona señalada como enfermo mental es privada de libertad en principio, y posteriormente, declarada inimputable.

Frase reflexiva:
Las malas compañías echan a perder los buenos valores