La educación es el arma más poderosa que
puedes usar para cambiar al mundo
Guía de Obligaciones I
Facultad: Derecho
Materia:
Obligaciones I
Semestre:
Quinto-Pregrado
TEMA 3 EL CONTRATO
Personas incapaces para contratar por la Ley (Art. 1144 C.C): Esas personas declaradas
incapaces por la Ley,
son:
- Incapacidad por antonomasia (son para todo):
1.- Menores: Los menores de edad sólo pueden
celebrar contratos cuando están representados
por los padres que ejerzan la patria
potestad sobre ellos. Los padres sólo hacen actos de simple administración, ya que no pueden disponer de los bienes del
menor porque eso sería disminuirlo.
Es importante saber que representar no es igual que asistir, ya que en el 1ero se habla de sustitución, y en el 2do se refiere a
que una persona siempre va estar acompañada por otra para que complemente (por
ejemplo el abogado que asiste a su cliente).
En los menores también
entran los menores emancipados,
donde ellos necesitan estar asistido de
un curador para contratar; es decir,
ellos si pueden realizar actos pero asistidos por un curador.
2.- Entredichos: Hay 2 tipos de entredichos:
a) Entredicho por razones naturales: Son los que tienen un
defecto mental, intelectual, un loco demente.
b) Entredicho por razones jurídicas: Son los que han sido
condenados por una sentencia penal a presidio.
Con relación a los entredichos se abre el régimen de tutela asignándose así un tutor.
3.- Inhabilitados: Son los que tienen debilidad mental, es decir, no son
locos completamente ya que tienen intervalos de lucidez.
Aquí también tenemos al pródigo, persona que disipa o
despilfarra su patrimonio; al ciego
y sordomudo.
Con relación a los inhabilitados se abre el régimen de curatela asignándose así un curador.
Frase
reflexiva:
La educación es el arma más poderosa que
puedes usar para cambiar al mundo
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