16 de abril de 2025

Actuar como abogado • 16-04-2025

Sentencia No. 0276 de fecha 06-MAR-2025 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS

Por tal razón, esta Sala, en aras de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia, establece que frente al ejercicio de una acción de amparo sin la asistencia o representación de abogado, el juez, luego de admitir la acción deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Abogados, exigiendo, de esta manera, para el resto de los actos o actuaciones procesales que conforman el procedimiento de amparo, que el particular actúe asistido o mediante apoderado judicial. (Vid. Decisión Nº 742/2000, caso: “Rubén Darío Guerra”).

De allí que, siendo la apelación un medio de impugnación que involucra una actuación procesal distinta a la interposición de la demanda, es necesaria que el abogado presente el poder que acredite su capacidad o, en caso contrario, el quejoso se encuentre asistido para dar cumplimiento a lo exigido por las normas supra mencionadas y la referida doctrina jurisprudencial.

En complemento de lo anterior, debe indicarse que para actuar como abogado ante los tribunales del país, debe cumplirse con los requisitos previstos en la Ley de Abogados, es decir, poseer título de abogado (artículo 3 de la Ley de Abogados); encontrarse en el libre ejercicio de la profesión (artículos 5 y 6 de la Ley de Abogados), salvo en los casos de los defensores públicos y fiscales del Ministerio Público; y estar inscrito en un Colegio de Abogados y en el Instituto de Previsión Social del Abogado (artículo 7 de la Ley de Abogados).

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"La primera persona que lanzó un insulto en lugar de una piedra, creó la civilización" - Sigmund Freud

Glosario [16] • 16-04-2025

Periodo colicuativo: en esta etapa, el tejido blando sé licúa, el cadáver adopta un aspecto acaramelado entre 2 a 4 semanas; los órganos se reblandecen y sé licúan, durando entre 8 a 10 meses. La próstata y el útero son los órganos más resistentes a esta fase.

Periodo de reducción esquelética: en término medio de 2 a 3 años pudiendo ser hasta 5 años, todas las partes blandas desaparecen a través de la licuefacción, los elementos más resistentes suelen ser los del tejido conectivo como cartílago, tendones, ligamentos. Puede el esqueleto avanzar hasta la pulverización en un tiempo de 50 años, inhumado; si el cadáver se encuentra a la intemperie la pulverización puede presentarse en 5 años.

Persona ausente: se denomina así al disciplinado cuando agotadas las gestiones necesarias no se logró notificarlo en forma personal del pliego de cargos.

Persona jurídica: persona ficticia capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones, y ser representada judicial o extrajudicialmente por personas naturales.

Perfil genético: conjunto de parejas de números que representan los componentes genéticos heredados de padre y madre en cada persona.

Perito: la obligación de un perito es única e integral y comprende las siguientes actividades: cumplir con la designación dispuesta por la autoridad judicial competente, la presentación del informe verbal y/o escrito, la presentación de aclaraciones, ampliaciones u observaciones al informe, la defensa y/o exposición del informe en audiencias orales, de prueba o de juicio; así como cualquier otra actividad necesaria dispuesta por la autoridad judicial competente.

Fuente de la información:

Palabras clave: glosario, criminalística, medicina legal.

La frase del día 
"La primera persona que lanzó un insulto en lugar de una piedra, creó la civilización" - Sigmund Freud

15 de abril de 2025

Glosario [15] • 15-04-2025

Operador disciplinario: Servidor público encargado de tramitar la actuación disciplinaria.

Patrimonio público: Conjunto de bienes y derechos económicos que pertenecen a las entidades públicas.

Papaver: Nombre científico del género de plantas conocidas con el nombre vulgar de “Amapola”.

Periodo cromático: Se aprecia una mancha verde abdominal de color verde, en la piel de la fosa ilíaca derecha, debido a que los clostridios y coliformes descomponen la hemoglobina en compuestos azufrados de color verde, que tiñen la piel. Este periodo se manifiesta entre las 24 a 36 horas del fallecimiento. En los fetos las bacterias penetran por los orificios naturales, principalmente por las vías respiratorias, por lo que la mancha verde se observa en cuello y parte superior de tórax. En cuerpos que presentan lesiones supuradas o neoplásicas, la mancha verde aparece alrededor de las lesiones.

Periodo enfisematoso: Se presenta por la producción de gran cantidad de gases derivados del metabolismo propio de las bacterias, que abomban y deforman el cadáver. La infiltración gaseosa invade el tejido celular subcutáneo, se hincha la cabeza, los párpados se hacen prominentes, los genitales adquieren volúmenes importantes, el abdomen se distiende, la red venosa se hace muy aparente adquiriendo una coloración negruzca o verdusca de la piel. Este fenómeno lo observamos en un periodo de entre 48 horas el inicio, completándose en un término aproximado de siete días.

Fuente de la información:

Palabras clave: glosario, criminalística, medicina legal.

La frase del día 
"Si odias a una persona, entonces te ha derrotado" - Confucio

14 de abril de 2025

Glosario [14] • 14-04-2025

Notificación por estado: Es la forma como se comunican a los interesados las decisiones que no deban realizarse personalmente, consistente en la anotación en una planilla denominada estado de los principales datos del proceso, la fecha de la decisión y el cuaderno en que se halla, la cual debe ser publicada en lugar visible de la secretaría del despacho.

Nulidades: Sanción impuesta por la ley contra las actuaciones judiciales o disciplinarias, realizadas por funcionarios que carezcan de competencia, con violación al derecho de defensa o de las formalidades establecidas para su desarrollo, consistente en obligar a que las actuaciones realizadas en estas condiciones deban adelantarse nuevamente.

Odontología forense: Es aquella rama de la ciencia odontológica que aplica sus conocimientos valorando el sistema estomatognático en general, con el fin de asistir y colaborar con la recta administración de justicia en beneficio de la sociedad.

Odontograma: Es el diagrama (odontodiagrama) de las estructuras dentales, que hace parte de la historia clínica odontológica y se desarrolla al inicio del tratamiento en un formato o diseño predeterminado.

Omisión: Forma de incurrir en falta disciplinaria, consistente en dejar de hacer algo jurídicamente exigido en la ejecución de una actividad o no haberla ejecutado.

Omnívoros: Es el gremio compuesto por los insectos que se alimentan tanto del cuerpo como de la fauna asociada a éste.

Fuente de la información:

Palabras clave: glosario, criminalística, medicina legal.

La frase del día 
"El árbol que más se eleva, el viento le tumba la flor"

13 de abril de 2025

Glosario [13] • 13-04-2025

Notificaciones: Son los actos mediante los cuales las autoridades judiciales y administrativas dan a conocer sus decisiones a los sujetos procesales, o a otras personas a las que la decisión pueda afectar (peritos, testigos, etc).

Notificación en Estrado: Comunicación de las decisiones proferidas en audiencia pública o en cualquier diligencia de carácter verbal a todos lo sujetos procesales, estén o no presentes.

Notificación Personal: Es la forma de dar a conocer las decisiones tomadas, directamente y efectivamente a los sujetos procesales.

Notificación por Funcionario Comisionado: Es la forma como se notifica el pliego de cargos al disciplinado, cuando este se encuentre en lugar diferente a la sede de quien lo profiere. En estos casos, se le encomienda la notificación a otro funcionario de la Procuraduría, al Jefe de la entidad donde labore o en su defecto a la Personería.

Notificación por Conducta Concluyente: Se entiende cumplida la notificación, cuando a pesar de no haberse realizado la notificación personal o ficta, el procesado o su defensor no reclama o interviene en diligencias posteriores, o se refiere a la decisión en escritos o alegatos verbales posteriores o interpone contra las mismas los recursos de Ley.

Notificación Por Edicto: Medio subsidiario para notificar las decisiones que no se pudieren realizar personalmente, consistente en citación al disciplinado para hacerle conocer el contenido de la decisión, y si esto no es posible, fijación del contenido de la misma en la secretaría del despacho. Con la realización de este procedimiento se entiende cumplida la notificación.

Fuente de la información:

Palabras clave: glosario, criminalística, medicina legal.

La frase del día 
"Un gato que sueña con convertirse en león, necesita perder su apetito por los ratones"

12 de abril de 2025

Art. 104 • 12-04-2025

Sentencia No. 085 de fecha 27-FEB-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrado Ponente Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

En tal sentido, respecto de los artículos 98 y 99, de la Ley de Propiedad Industrial, es preciso para esta Sala de Casación Penal, citar asimismo lo indicado en el artículo 104 de la referida normativa, el cual establece:

“(…) Artículo 104.- La acción penal, en los casos de los delitos previstos en los artículos 98, 99, 100 y 101 no podrá ser ejercida sino a instancia de parte agraviada (…)”.

Partiendo de lo expuesto, el legislador estableció en los precitados delitos de la Ley de Propiedad Industrial, que la acción penal debe ser ejercida a instancia de parte agraviada, lo que condiciona esta acción a que es la víctima quien impulsa el aparato judicial, contrario a lo previsto en los artículos 337 y 338, del Código Penal, en cuyo tipo penal de USO DE MARCA FALSIFICADA, es el Estado a través de la representación del Ministerio Público, quien ejerce la acción en pleno cumplimiento del artículo 285, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"El miedo es la herramienta más antigua del control"

Congruencia • 12-04-2025

Sentencia No. 0182 de fecha 19-FEB-2025 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADO PONENTE: LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS

a.- El principio de congruencia

El mandato de congruencia, establecido en los artículos 12 y 243, numeral 5 del Código de Procedimiento Civil, obliga a los jueces a que se pronuncien de manera expresa, positiva y precisa sobre la pretensión ejercida y las excepciones o defensas opuestas, sin que en ningún caso puedan absolver la instancia. En ese sentido, la congruencia ha sido entendida como la relación que debe existir entre la pretensión deducida y las distintas alegaciones opuestas, obligando al juez a pronunciarse sobre todo lo alegado y únicamente sobre lo alegado por las partes. El incumplimiento de tal deber, da lugar a los vicios de (i) incongruencia positiva, cuando el juez extiende su decisión más allá de los límites del problema judicial sometido a su conocimiento, y de (ii) incongruencia negativa, cuando el sentenciador omite pronunciarse sobre un alegato que puede resultar esencial y decisivo para el fondo del asunto controvertido. En este sentido, la Sala de Casación Civil de este máximo Tribunal, ha sostenido reiteradamente que su procedencia está condicionada a que las peticiones o valoraciones no examinadas, puedan “(…) tener una influencia determinante en la suerte del proceso (…)”. (Vid. Sentencias números RC-000314 y RC-001105 de fechas 21 de septiembre de 2000 y 20 de diciembre de 2006, respectivamente).     
En materia procesal penal, la Sala de Casación Penal de este máximo Tribunal, ha señalado que la falta de motivación de las sentencias de las Cortes de Apelaciones, se verifica cuando existe una omisión de pronunciamiento “(…) sobre los alegatos planteados en el recurso de apelación, y no cuando sí existen los fundamentos de la resolución de la denuncia pero estos no fueron suficientes para el impugnante, o bien porque los mismos le [fueron] adversos (…)”. (Vid. Sentencia N° 453 del 4 de diciembre de 2012). (Corchete de la Sala). 

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"El miedo es la herramienta más antigua del control"