2 de octubre de 2025

Incidencia de recusación | 2-10-2025

Sentencia No. 224 de fecha 08-MAY-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
 
En el presente caso, la Sala constata que el recurso de casación interpuesto, no se circunscribe dentro de los supuestos de admisión previstos en el artículo 451, del Código Orgánico Procesal Penal, debido a que el fallo dictado por la Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, es una decisión proferida en el curso de una incidencia de recusación, la cual no pone fin al proceso penal, ni impide su continuación.

Al respecto, esta Sala de Casación Penal ha establecido mediante sentencia N° 221, del 9 de mayo de 2007, ratificada el 11 de noviembre de 2022 mediante sentencia N° 353, lo siguiente:

“(…) el acceso a la impugnación de las sentencias que tiende a garantizar la tutela judicial efectiva, se ejerce a través de los recursos establecidos por la ley, de tal manera que la incidencia de recusación no es recurrible en casación, por cuanto no existe disposición legal que así lo establezca (…)” 

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

Medio ordinario | 2-10-2025

Sentencia No. 223 de fecha 08-MAY-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
 
Ahora bien, dicho lo anterior es preciso acotar que aun cuando el recurso de apelación es un medio ordinario previsto en el Código Orgánico Procesal Penal; no obstante, lo es para impugnar las decisiones proferidas por los juzgados de primera instancia, por lo que, el recurso ejercido (...) no se encuentra dentro de los medios recursivos establecidos para impugnar las decisiones de la segunda instancia, por lo tanto resulta forzoso para esta Sala de Casación Penal declarar IMPROPONIBLE (...)

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

Facial [2] | 2-10-2025

Factores que intervienen en la identificación facial

Al contrario de lo que ocurre con las huellas dactilares y el ADN, que son inalterables durante toda la vida, el reconocimiento facial debe tener en cuenta distintos factores, como:

• el envejecimiento;
• la cirugía plástica;
• los cosméticos;
• los efectos del consumo excesivo de drogas o tabaco;
• la postura de la persona.

La buena calidad de las imágenes es un aspecto crucial. Así, es posible que el sistema no pueda tratar imágenes de calidad baja, y aun en el supuesto de conseguirlo, es posible que influya considerablemente tanto en la precisión de la búsqueda como en los propios resultados.

Resulta ideal disponer de una fotografía de pasaporte conforme a la norma de la OACI, ya que se trata de una imagen frontal de la persona con iluminación homogénea en el rostro y un fondo neutro. Las imágenes recopiladas durante las investigaciones policiales pueden usarse aunque no cumplan la norma de la OACI, siempre que tengan una calidad suficiente para el sistema de reconocimiento facial.

Fuente digital de la información:

Palabras clave: reconocimiento facial forense, INTERPOL, biometría.

La frase del día 
"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

Modos de inicio | 2-10-2025

Modo de inicio del proceso penal 

1.- Investigación de oficio: procede cuando el Ministerio Público o las autoridades policiales tienen conocimiento de la comisión de un hecho punible de acción pública, por lo tanto, deben iniciar una investigación y practicar las diligencias necesarias. En caso de ser recibida la noticia por las autoridades policiales, estas deberán informar al representante del Ministerio Público dentro de las 12 horas siguientes.

2.- Por denuncia: se inicia cuando una persona tiene conocimiento de un hecho delictivo y lo denuncia. La denuncia puede formularse ante el Ministerio Público o un órgano de investigación penal. El carácter como víctima no se adquiere por formular una denuncia.

3.- Por querella: es un acto formal y escrito a través del cual la víctima de un delito inicia un proceso judicial, y al hacerlo, se constituye como una parte activa en él; debiendo seguir el procedimiento establecido en el Código Orgánico Procesal Penal (2021).

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

Contradictorio | 2-10-2025

El principio procesal del contradictorio 

El carácter contradictorio es uno de los pilares fundamentales del proceso penal. Esto significa que las partes del proceso tienen derecho de participar activamente, confrontar pruebas, interrogar testigos y presentar sus argumentos.

No se trata solamente de escuchar una versión, sino de garantizar que cada parte pueda responder, debatir y defender su posición.

En otras palabras, el proceso penal no es un monólogo, es un diálogo jurídico. De la discusión sale la luz, la verdad y por ende la justicia.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

Correcta motivación | 2-10-2025

Motivación de la sentencia jurídica 

La motivación de la sentencia jurídica constituye un aspecto clave para garantizar el debido proceso y la transparencia judicial.

¿Qué es la motivación?

La motivación es el razonamiento que justifica una decisión judicial, ya que el juez debe explicar el porqué toma una decisión. No basta con decir "se condena", "se absuelve" o "se decreta el sobreseimiento" debe fundamentarse, por lo tanto, es necesario que la decisión judicial se fundamente en hechos, pruebas y normas jurídicas.

¿Cómo se apreciarán las pruebas?

Las pruebas se apreciarán según la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia.

¿Qué garantiza la correcta motivación?

La correcta motivación garantiza el derecho a la defensa, así como la tutela judicial efectiva. Una sentencia mal motivada es susceptible de apelación.

"Una sentencia bien motivada no sólo convence a las partes, sino que también fortalece la confianza en el sistema de justicia".

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La ira vence al miedo" • Peaky Blinders, T2-E1

1 de octubre de 2025

Motivación | 1-10-2025

Sentencia No. 261 de fecha 28-MAY-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Por lo que, es importante traer a colación que, en cuanto a la falta de motivación, la doctrina ha decantado cuatro situaciones en que se puede acudir a la casación, a saber:

(i) Ausencia absoluta de motivación. Se presenta cuando el fallador no expone las razones de orden probatorio ni los fundamentos jurídicos en los cuales sustenta su decisión. En otros términos, ausencia absoluta de motivación en la elaboración de los juicios de hecho y de derecho.

(ii) Motivación incompleta o deficiente. Se omite analizar uno de los dos aspectos señalados o los motivos aducidos, son insuficientes para identificar las causas en las que ella se sustenta.

(iii) Motivación ambivalente o dialógica. Consiste en que las contradicciones que contiene la motivación, impiden desentrañar su verdadero sentido o las razones expuestas en ella, son contrarias a la determinación finalmente adoptada en la resolutiva.

(iv) Motivación falsa. La motivación del fallo se aparta abiertamente de la verdad probada.

A la luz de lo anteriormente expuesto y siendo criterio reiterado por esta Sala, que cuando se denuncia el vicio de inmotivación, debe especificarse dentro de cuales supuestos no cumplió el juzgador con su deber de motivar, siendo excluyentes entre si el primero de los supuestos con el resto de los mismos, situación que en el caso de marras no queda clara, dado que los recurrentes en cuanto a este punto obvian exponer sus alegatos de forma inteligible, al contrario exponen la respuesta dada por la alzada, lo que resulta en una evidente carencia de la debida técnica recursiva, lo cual no puede ser suplido por esta Sala.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Muchos dijeron ser oro y se les pegó el imán"