Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
En relación con el cómputo, debe referir la Sala, la importancia de lo plasmado en el mismo, por cuanto a través de su contenido debe de manera inequívoca constatarse que el procedimiento se desarrolla dentro del marco legal correspondiente en lo inherente al lapso para su interposición, razón por la cual, se hace necesario que en la certificación se discriminen los días de despacho transcurridos desde la fecha siguiente a la última de las notificaciones (de ser el caso), hasta el momento que corresponde el vencimiento del lapso para ejercer tan extraordinario recurso, por lo que su especificidad coadyuva en la garantía de los derechos de las partes; por ello, se exhorta a los Secretarios y Secretarias de las Cortes de Apelaciones, a ser cuidadosos en su redacción sin obviar detalles imprescindibles para su validez, evitando de esa manera dilaciones innecesarias en el proceso, con la finalidad de dar cumplimiento cabal a las disposiciones contenidas en el artículo 156, del Código Orgánico Procesal Penal.
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Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"Todo santo tiene un pasado y todo pecador tiene un futuro" • Oscar Wilde
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