LA PRUEBA BALÍSTICA EN EL JUICIO ORAL
La Balística Criminal y la Balística Forense - Mario A. Del Giudice Franco
LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO
Es un instrumento de apoyo criminalístico indispensable para la inspección ocular y para el desarrollo del análisis criminalístico del hecho, en vista de que representa la inspección ocular graficada del sitio del suceso. No es un medio de prueba, pero su participación técnica en el proceso es de valor incuestionable y de soporte fundamental para la investigación penal; además, de relevante importancia para la exposición oral de los argumentos a exhibirse en el debate. Igualmente, es un medio imprescindible para la reconstrucción del hecho, tendiente a esclarecerlo -el hecho- y descubrir la verdad.
Referencia bibliográfica. La prueba balística en el juicio oral.
La balística criminal y la balística forense. 5ta. Edición, 2013. Vadell
Hermanos Editores. PP. 209, 210.
Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013
7 de diciembre de 2013
Art. 158
DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA
Libro segundo
De los delitos contra el derecho internacional
Actos contra emblema de potencia extranjera
Cualquier que por acto de menosprecio a una potencia extranjera, arrebate, rompa o destruya la bandera o cualquier otro emblema de dicha nación, será castigado con arresto en fortaleza o cárcel política por tiempo de uno a seis meses. El enjuiciamiento no se hará lugar sino a instancia del Gobierno extranjero.
Libro segundo
De los delitos contra el derecho internacional
Actos contra emblema de potencia extranjera
Cualquier que por acto de menosprecio a una potencia extranjera, arrebate, rompa o destruya la bandera o cualquier otro emblema de dicha nación, será castigado con arresto en fortaleza o cárcel política por tiempo de uno a seis meses. El enjuiciamiento no se hará lugar sino a instancia del Gobierno extranjero.
Art. 92
LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
Medidas cautelares
El Ministerio Público podrá solicitar al Tribunal de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas, o en funciones de juicio, si fuere el caso, las siguientes medidas cautelares:
1. Arresto transitorio del agresor hasta por cuarenta y ocho horas, que se cumplirá en el establecimiento que el tribunal acuerde.
2. Orden de prohibición de salida del país del presunto agresor, cuyo término lo fijará el tribunal de acuerdo con la gravedad de los hechos.
3. Prohibición de enajenar y gravar bienes de la comunidad conyugal o concubinaria, hasta un cincuenta por ciento.
4. Prohibición para el presunto agresor de residir en el mismo municipio donde la mujer víctima de violencia haya establecido su nueva residencia, cuando existan evidencias de persecución por parte de éste.
5. Allanamiento del lugar donde se cometieron los hechos de violencia.
6. Fijar una obligación alimentaria a favor de la mujer víctima de violencia, previa evaluación socioeconómica de ambas partes.
7. Imponer al presunto agresor la obligación de asistir a un centro especializado en materia de violencia de género.
8. Cualquier otra medida necesaria para la protección personal, física, psicológica y patrimonial de la mujer víctima de violencia.
Medidas cautelares
El Ministerio Público podrá solicitar al Tribunal de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas, o en funciones de juicio, si fuere el caso, las siguientes medidas cautelares:
1. Arresto transitorio del agresor hasta por cuarenta y ocho horas, que se cumplirá en el establecimiento que el tribunal acuerde.
2. Orden de prohibición de salida del país del presunto agresor, cuyo término lo fijará el tribunal de acuerdo con la gravedad de los hechos.
3. Prohibición de enajenar y gravar bienes de la comunidad conyugal o concubinaria, hasta un cincuenta por ciento.
4. Prohibición para el presunto agresor de residir en el mismo municipio donde la mujer víctima de violencia haya establecido su nueva residencia, cuando existan evidencias de persecución por parte de éste.
5. Allanamiento del lugar donde se cometieron los hechos de violencia.
6. Fijar una obligación alimentaria a favor de la mujer víctima de violencia, previa evaluación socioeconómica de ambas partes.
7. Imponer al presunto agresor la obligación de asistir a un centro especializado en materia de violencia de género.
8. Cualquier otra medida necesaria para la protección personal, física, psicológica y patrimonial de la mujer víctima de violencia.
6 de diciembre de 2013
Balística VI
LA PRUEBA BALÍSTICA EN EL JUICIO ORAL
La Balística Criminal y la Balística Forense - Mario A. Del Giudice Franco
TIPOS DE RAYADOS DEL PROYECTIL DISPARADO
El proyectil disparado con un arma de fuego e impactado contra una superficie sólida posee tres (3) tipos de rayados, a saber:
1) El rayado de carácter identificativo producto de pasos forzados del proyectil a través de los surcos de altos y bajos relieves denominados campos y estrías.
2) El rayado de carácter individualizante originado por el desplazamiento friccionado del proyectil a través del rayado interno existente en el ánima del cañón.
3) El rayado secundario ocasionado por el choque del proyectil contra un plano consistente que tiende a deformar y a alterar el rayado identificativo e individualizante a consecuencia del impacto. Por ejemplo: el plano óseo, paredes, metales, Etc.
Referencia bibliográfica. La prueba balística en el juicio oral. La balística criminal y la balística forense. 5ta. Edición, 2013. Vadell Hermanos Editores. P. 186.
La Balística Criminal y la Balística Forense - Mario A. Del Giudice Franco
TIPOS DE RAYADOS DEL PROYECTIL DISPARADO
El proyectil disparado con un arma de fuego e impactado contra una superficie sólida posee tres (3) tipos de rayados, a saber:
1) El rayado de carácter identificativo producto de pasos forzados del proyectil a través de los surcos de altos y bajos relieves denominados campos y estrías.
2) El rayado de carácter individualizante originado por el desplazamiento friccionado del proyectil a través del rayado interno existente en el ánima del cañón.
3) El rayado secundario ocasionado por el choque del proyectil contra un plano consistente que tiende a deformar y a alterar el rayado identificativo e individualizante a consecuencia del impacto. Por ejemplo: el plano óseo, paredes, metales, Etc.
Referencia bibliográfica. La prueba balística en el juicio oral. La balística criminal y la balística forense. 5ta. Edición, 2013. Vadell Hermanos Editores. P. 186.
Art. 443
DERECHO PROCESAL PENAL - MATERIA ADJETIVA
Libro cuarto
De la apelación de la sentencia definitiva
Admisibilidad. El recurso de apelación será admisible contra la sentencia definitiva dictada en el juicio oral.
Libro cuarto
De la apelación de la sentencia definitiva
Admisibilidad. El recurso de apelación será admisible contra la sentencia definitiva dictada en el juicio oral.
5 de diciembre de 2013
Balística V
LA PRUEBA BALÍSTICA EN EL JUICIO ORAL
La Balística Criminal y la Balística Forense - Mario A. Del Giudice Franco
RECORRIDO O TRAYECTORIA INTRAORGÁNICA
(Posición asumida por la víctima al ser impactada)
Es el desplazamiento que ocasiona el proyectil en el interior del cuerpo de la víctima, su información es imprescindible, para conjuntamente con el análisis integrado de los medios de prueba obtenidos durante la investigación, determinar la posición asumida por la misma, para el momento de ser impactada, y este factor es que la diferencia del recorrido del proyectil en el sitio del suceso, que indica posición con respecto al tirador. El recorrido viene dado de la siguiente manera:
- De adelante hacia atrás o viceversa.
- De arriba hacia abajo o viceversa.
- De izquierda a derecha.
- Perpendicular.
Referencia bibliográfica. La prueba balística en el juicio oral. La balística criminal y la balística forense. 5ta. Edición, 2013. Vadell Hermanos Editores. P. 230.
La Balística Criminal y la Balística Forense - Mario A. Del Giudice Franco
RECORRIDO O TRAYECTORIA INTRAORGÁNICA
(Posición asumida por la víctima al ser impactada)
Es el desplazamiento que ocasiona el proyectil en el interior del cuerpo de la víctima, su información es imprescindible, para conjuntamente con el análisis integrado de los medios de prueba obtenidos durante la investigación, determinar la posición asumida por la misma, para el momento de ser impactada, y este factor es que la diferencia del recorrido del proyectil en el sitio del suceso, que indica posición con respecto al tirador. El recorrido viene dado de la siguiente manera:
- De adelante hacia atrás o viceversa.
- De arriba hacia abajo o viceversa.
- De izquierda a derecha.
- Perpendicular.
Referencia bibliográfica. La prueba balística en el juicio oral. La balística criminal y la balística forense. 5ta. Edición, 2013. Vadell Hermanos Editores. P. 230.
4 de diciembre de 2013
Balística IV
LA PRUEBA BALÍSTICA EN EL JUICIO ORAL
La Balística Criminal y la Balística Forense - Mario A. Del Giudice Franco
METODOLOGÍA APLICADA EN LA PRUEBA BALÍSTICA
La metodología aplicada en la prueba balística es de extrema certeza, no admite incongruencias, ni divergencias en sus dictámenes; es por ello, que el discernimiento por parte de los expertos se debe a un estudio exhaustivo y minucioso a través de la identificación de los puntos característicos individualizantes de los proyectiles y de las conchas (incriminadas o problemas), para proceder posteriormente a la individualización de las mismas.
El proceso de individualización de los proyectiles y conchas está basado en el examen de las huellas impresas por cada una de las piezas que conforman el arma de fuego, por ejemplo:
1. La aguja percutora.
2. La pieza de eyección.
3. La pieza de extracción.
4. El rayado helicoidal del ánima del cañón.
Referencia bibliográfica. La prueba balística en el juicio oral. La balística criminal y la balística forense. 5ta. Edición, 2013. Vadell Hermanos Editores. P. 179.
La Balística Criminal y la Balística Forense - Mario A. Del Giudice Franco
METODOLOGÍA APLICADA EN LA PRUEBA BALÍSTICA
La metodología aplicada en la prueba balística es de extrema certeza, no admite incongruencias, ni divergencias en sus dictámenes; es por ello, que el discernimiento por parte de los expertos se debe a un estudio exhaustivo y minucioso a través de la identificación de los puntos característicos individualizantes de los proyectiles y de las conchas (incriminadas o problemas), para proceder posteriormente a la individualización de las mismas.
El proceso de individualización de los proyectiles y conchas está basado en el examen de las huellas impresas por cada una de las piezas que conforman el arma de fuego, por ejemplo:
1. La aguja percutora.
2. La pieza de eyección.
3. La pieza de extracción.
4. El rayado helicoidal del ánima del cañón.
Referencia bibliográfica. La prueba balística en el juicio oral. La balística criminal y la balística forense. 5ta. Edición, 2013. Vadell Hermanos Editores. P. 179.
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