3 de diciembre de 2025

Inmediación | 3-12-2025

Sentencia No. 604 de fecha 22-NOV-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Es por ello que esta Sala, considera pertinente hacer un análisis concreto de manera pedagógica, en lo relacionado al principio de inmediación, estatuido en el artículo 16 de nuestra norma adjetiva penal, dicho principio es el que permite que el juez aprecie los hechos y los alegatos sin intermediarios, al ser propio de la etapa del juicio oral, los jueces son los responsables de apreciar las pruebas y establecer los hechos, así como también es una garantía en el establecimiento de la verdad, lo que constituye para las partes, la oportunidad propicia para la incorporación al proceso de sus alegatos y pruebas y para los jueces la oportunidad de formar criterio mediante la estructura lógica de la sentencia.

No podemos hablar del principio de inmediación, separándolo del principio de concentración y el principio de contradicción, esto debido que son inherentes en la etapa del juicio oral y público, y van de la mano en el transcurrir del mismo.

El principio de contradicción, lo encontramos en el artículo 18 del Código Orgánico Procesal Penal, el mismo tiene como finalidad permitir que las partes conozcan los medios probatorios que serán expuestos por la parte contraria, con el fin que puedan hacer valer sus derechos para confrontarlos y proponer a su vez pruebas que desvirtúen aquellas que pudieran ir en su contra, por lo que este principio tiende a garantizar el derecho a la defensa.

Ahora bien, tenemos el principio de concentración, se encuentra tipificado en el artículo 17 ejusdem, el cual configura la responsabilidad y el compromiso del juez desde el momento que recibe la prueba, oír los argumentos de las partes, hasta lograr un criterio que lo lleve a la concreción de la sentencia, lo cual debe hacerlo sin interrupciones y con conexión, salvaguardando el debido proceso.
 
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Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"El poder y la transparencia son enemigos"

2 de diciembre de 2025

No es cónsona | 2-12-2025

Sentencia No. 439 de fecha 27-JUL-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Esta Sala verifica, que tal como fue expuesto anteriormente, el solicitante emplea el avocamiento con una finalidad que no es cónsona con su naturaleza, constatándose que el abogado defensor, elevó la solicitud en estudio contentiva de distintas denuncias, verificándose que en la tercera, plantea una presunta violación del orden público y del debido proceso al omitirse, según su apreciación, la determinación de la existencia del delito de legitimación de capitales, resultando una aseveración que no corresponde ser dilucidada a través de una petición avocatoria, por lo que debe tener en cuenta, que no es la Sala de Casación Penal, a la que le corresponde verificar la subsunción de las conductas desplegadas por los individuos, en un tipo penal, por lo que es oportuno orientar al solicitante, respecto a que existen procedimientos establecidos en nuestro ordenamiento jurídico cuando se considere que están cubiertos los supuestos de la comisión de un hecho punible, por lo que tal fundamento no es válido para sustentar la petición elevada ante la Sala (...)

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Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"El comienzo de la sabiduría es el silencio"

1 de diciembre de 2025

Circunstancias | 1-12-2025

Sentencia No. 650 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En consecuencia, no solo basta decir “estos son los hechos”, sino que estos deben estar acompañados de una serie de circunstancias fácticas, personales, temporales, valorativas, locales causales o motivadoras, y de modo, que fueron examinadas en el debate, en este sentido no hay duda para la Sala que la Jueza a cargo del Tribunal (...), al no indicar que hechos fueron probados, sino hechos primigenios, que tuvieron una modificación durante el desarrollo del debate, hace inmotivado el fallo, es decir, hace imposible abstraer del fallo, la relación agente-hecho- resultado.

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Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Nadie se cuida de lo que no conoce"

Hecho como concepto | 1-12-2025

Sentencia No. 650 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

De lo anterior se pudo constatar que el Tribunal de Juicio, haciendo uso de la mala praxis en el presente caso, plasmo de forma idéntica los mismos hechos que le fueran presentados por el Ministerio Público en el escrito acusatorio, y aquí la Sala debe hacer las siguientes consideraciones:

El hecho como concepto, es un acontecimiento o suceso, que hace un cambio en el mundo exterior, desde la óptica de la Criminalística, ese hecho debe realizar una irrupción física, y esta no puede ser producida por la naturaleza Contario sensu, porque no tendría trascendencia penal.

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Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Nadie se cuida de lo que no conoce"

Narrativa, motiva, dispositiva | 1-12-2025

Sentencia No. 650 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

La Narrativa de la Sentencia, es una síntesis clara, precisa y lacónica de los términos en que ha quedado planteada la controversia, sin transcribir en ella los actos del proceso que constan de autos

La motiva de la sentencia, serán las atribuciones de hecho y de derecho de la decisión, y, La Dispositiva de la Sentencia, estará constituida de una decisión expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones o defensas opuestas, sin que en ningún caso pueda absolverse de la instancia

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Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Nadie se cuida de lo que no conoce"

30 de noviembre de 2025

30-11-2025 • 10 días

Sentencia No. 438 de fecha 25-JUL-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En este sentido, en atención al caso objeto de análisis, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, considera prudente señalar que en lo relativo al trámite del recurso de apelación de sentencia definitiva, conforme a lo previsto en nuestro Código Orgánico Procesal Penal, se puede identificar una etapa relativa a la interposición del escrito, la cual deberá ser dentro de los diez días siguientes, contados a partir de la fecha de publicación de la decisión apelada o, en caso de que se hiciera fuera del lapso legal establecido, a partir de la última notificación realizada, además de llevar el cabo la imposición de sentencia en caso que el acusado se encuentre detenido.

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Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Elegir con quién hablar es importante. Entender con quién estar callado, mucho más"

30-11-2025 • Juicio de valor

Sentencia No. 017 de fecha 12-FEB-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

A efectos de dejar en evidencia la afirmación anterior, se observa que al momento de resolver los recursos de apelación ejercidos, el Tribunal de Alzada en su motivación emitió pronunciamientos propios del Juez de Instancia, ello se verifica cuando manifiesta “no se acredita en las actuaciones que conforman el presente asunto por la presunta conducta dolosa de los imputados para demostrar que los mismos se hayan apoderado de algún bien pertenecientes a la Empresa (...), tal afirmación constituye un juicio de valor como si de un tribunal de primera instancia se tratara, vulnerando la garantía del debido proceso establecida en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

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La frase del día 
"Elegir con quién hablar es importante. Entender con quién estar callado, mucho más"