25 de abril de 2016

25-04-2016 Materias III


UNIVERSIDAD SANTA MARÍA-NÚCLEO ORIENTE
FACULTAD DE DERECHO

Materias del Tercer Semestre

Derecho Administrativo I
Derecho Civil III
Derecho Penal I
Derecho Internacional Público
Derecho de Familia

Fuente de la información: Programa de Derecho del Tercer Semestre de la Universidad Santa María (USM), núcleo Oriente.


Fuente de las imágenes:

25-04-2016 Materias II


UNIVERSIDAD SANTA MARÍA-NÚCLEO ORIENTE
FACULTAD DE DERECHO

Materias del Segundo Semestre

Derecho Civil II
Introducción al Derecho II
Metodología de la Investigación
Derecho Constitucional II
Derecho Romano II
Lógica y Lenguaje

Fuente de la información: Programa de Derecho del Segundo Semestre de la Universidad Santa María (USM), núcleo Oriente.


Fuente de las imágenes:

25-04-2016 Materias I


UNIVERSIDAD SANTA MARÍA-NÚCLEO ORIENTE
FACULTAD DE DERECHO

Materias del Primer Semestre

Derecho Civil I
Derecho Constitucional I
Derecho Romano I
Introducción al Derecho I
Economía Política
Iniciación Universitaria e Historia del Derecho

Fuente de la información: Programa de Derecho del Primer Semestre de la Universidad Santa María (USM), núcleo Oriente.


Fuente de las imágenes:

25-04-2016 Procesal Penal (57)

Frase reflexiva:
La ausencia de prueba, no es prueba de ausenciaCarl Sagan

N° de Expediente: C09-432 N° de Sentencia: 205
Tema: Admisión de los Hechos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Cambio de calificación jurídica y admisión de los hechos
Martes, 22 de Junio de 2010

... el adolescente acusado y sus defensores tenían pleno conocimiento, tanto de los hechos que acreditó el tribunal de instancia como de la calificación jurídica otorgada, de donde claramente se evidenciaba que el delito abuso sexual a niños era en la modalidad de violación (en razón de las circunstancias probadas, en los hechos objeto del proceso) por configurarse la condición esencial establecida en el primer aparte del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, que reza: “Si el acto sexual implica, penetración genital, anal u oral”.

En ese sentido, resulta contradictorio, que luego de haber manifestado con conocimiento de causa, de manera voluntaria, conciente y sin ningún tipo de condición ni coacción, la admisión de los hechos imputados por el Ministerio Público, lo que traía consigo la aceptación del delito y su respectiva modalidad; argumentar que no están de acuerdo, con la calificación o modalidad del delito por el cual fue condenado el adolescente acusado.

Frase reflexiva:
La ausencia de prueba, no es prueba de ausenciaCarl Sagan

24 de abril de 2016

24-04-2016 Procesal Penal (56)

Frase reflexiva:
Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosasAlbert Einstein

N° de Expediente: C09-432 N° de Sentencia: 205
Tema: Admisión de los Hechos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Procedimiento
Martes, 22 de Junio de 2010

... la admisión de los hechos, consiste en un procedimiento especial, por medio del cual el imputado en la audiencia preliminar o de juicio (procedimiento ordinario o abreviado, según sea el caso), luego que el juez haya admitido la acusación fiscal y le informe tanto de los hechos como de la calificación jurídica, éste admite su participación en el delito del cual se le acusa. Evitando con esto, pasar a la fase del debate oral y público, y procediendo en forma inmediata a imponerlo de la pena correspondiente. 

Frase reflexiva:
Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosasAlbert Einstein

24-04-2016 Penal xxxi

Frase reflexiva:
Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosasAlbert Einstein

DERECHO PENAL
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

CONCURSO DE PERSONAS EN EL DELITO

Bibliografía: Derecho Penal Venezolano. Décima edición revisada. McGraw-Hill Interamericana. Alberto Arteaga Sánchez.

Se puede sintetizar de una forma muy breve, concisa y clara, los siguientes puntos al respecto: en todo acto delictivo hay un autor que lo realiza, dicho autor es el que le dará vida al delito, recayendo sobre él las sanciones correspondientes. Ese autor puede estar acompañado de otras personas que lo ejecutan, convirtiéndose eso en una coautoría. Y además de las personas que lo acompañan, puede haber una serie de individuos que actúen en calidad de: instigadores, los cuales inducen al delito; los cooperadores inmediatos, los cuales contribuyen de una forma inmediata, esencial y eficaz en el delito; además de ellos, podemos tener a los cómplices, que son aquellos que contribuyen en una forma intelectual (planea el delito) o material (ejecuta el delito).

Y por último tenemos una denomina complicidad necesaria, la que muy sintéticamente podemos decir, que es una complicidad imprescindible para que el delito surta efecto alguno; y la complicidad correspectiva, la cual se hace una alusión muy entendible a ella en el artículo 424 del Código Penal.

- Artículo 424 CÓDIGO PENAL: “Cuando en la perpetración de la muerte o las lesiones han tomado parte varias personas y no pudiere descubrirse quien las causó, se castigará a todos con las penas respectivamente correspondientes al delito cometido, disminuidas de una tercera parte a la mitad.

No se aplicará esta rebaja de pena al cooperador inmediato del hecho.

La participación para que surta efecto, tiene que cumplir una serie de requisitos, los cuales son: a) la exterioridad del hecho, b) la contribución causal para la realización del hecho, c) la convergencia de culpabilidad, d) la accesoriedad de la participación y e) la comunicabilidad de las circunstancias. Con todos esos requisitos hay una participación en el acto delictivo.

Frase reflexiva:
Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosasAlbert Einstein

24-04-2016 Penal xxx

Frase reflexiva:
Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosasAlbert Einstein

DERECHO PENAL
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

CONCURSO DE PERSONAS EN EL DELITO

Bibliografía: Derecho Penal Venezolano. Décima edición revisada. McGraw-Hill Interamericana. Alberto Arteaga Sánchez.

e) La complicidad “correspectiva”. Participación en la refriega: Dicha figura encuentra aplicación en materia de homicidio y lesiones, según el artículo 424 del Código Penal, cuando en la perpetración de tales hechos han tomado parte varias personas y no se puede descubrir quién es el ejecutor inmediato o autor del hecho, caso en el que se sanciona a todos los que han tomado parte con la pena correspondientes a los cómplices.

Se trata de la situación de la intervención o concurso de varios sujetos en un hecho común del cual uno es el autor sin que ello pueda probarse. Se sanciona a todos como cómplices.

- Artículo 424 CÓDIGO PENAL: “Cuando en la perpetración de la muerte o las lesiones han tomado parte varias personas y no pudiere descubrirse quien las causó, se castigará a todos con las penas respectivamente correspondientes al delito cometido, disminuidas de una tercera parte a la mitad.

No se aplicará esta rebaja de pena al cooperador inmediato del hecho.

Frase reflexiva:
Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosasAlbert Einstein