22 de abril de 2016

22-04-2016 Romano (29)

Frase reflexiva:
Bendito aquél que deseara gobernar naciones, y que sus monopolios se pusiesen primero a los pies del pueblo, que de los hombres

DERECHO ROMANO

LOS TRES STATUS DEL CAPUT                  

Restricciones a la Facultad de Manumitir

La facultad ilimitada de manumitir dio lugar a situaciones de orden público, ya que el excesivo número de libertinos producía corrupción y desorden, para limitar el daño aparecen:

1) La “Lex Aelia Sentia”: Los liberados antes de los 30 años de edad eran simplemente latinos junianos, salvo, los manumitidos por vindicta.

2) La “Lex Fufia Caninia”: Puso un límite al exceso de manumisiones testamentarias hechos por generosidad, sin tomar en cuenta los merecimientos y con grave perjuicio a los herederos. Se estableció un porcentaje proporcional y nunca superior al ciento; con el deber de hacerlo designado normalmente a los esclavos manumitidos.

La Lex Fufia Caninia también era llamada Fusta o Furia.

3) Justiniano elimina la “Lex Fufia Caninia” y la disposición de la “Lex Aelia Sentia” sobre la edad de los 30 años.

El Patronato

El Derecho del Patronato se avoca a las relaciones existentes entre el patrono y el esclavo manumitido o liberto, se creo con la finalidad de mejorar la condición de inferioridad del esclavo manumitido. (Busca el derecho de condición de igualdad entre el patrono y el esclavo)

Frase reflexiva:
Bendito aquél que deseara gobernar naciones, y que sus monopolios se pusiesen primero a los pies del pueblo, que de los hombres

22-04-2016 Romano (28)

Frase reflexiva:
Bendito aquél que deseara gobernar naciones, y que sus monopolios se pusiesen primero a los pies del pueblo, que de los hombres

DERECHO ROMANO

LOS TRES STATUS DEL CAPUT                  

Efectos de la Manumisión

En el Derecho Antiguo el manumitido era libre y ciudadano romano, pero su condición era inferior a la del Ingenuo por varios conceptos:

1) No tenían el “Jus Honorum”, o sea, el derecho a desempeñar magistraturas.

2) No tenían el “Jus Connubii”, o sea, el derecho a contraer justas nupcias con un Ingenuo y más tarde con una persona de rango gratorial, sin embargo los hijos nacían Ingenuos.

3) Quedaban ligados para con su antiguo amo.

Frase reflexiva:
Bendito aquél que deseara gobernar naciones, y que sus monopolios se pusiesen primero a los pies del pueblo, que de los hombres

22-04-2016 Romano (27)

Frase reflexiva:
Bendito aquél que deseara gobernar naciones, y que sus monopolios se pusiesen primero a los pies del pueblo, que de los hombres

DERECHO ROMANO

LOS TRES STATUS DEL CAPUT                  

La Supremacía de Justiniano

Solamente fueron suprimidas dos causas de esclavitud: La que resultaba del Senado Consulto Claudiano y la imposición a su condena.

* Formas de Manumisión

- La Vindicta: Es un juicio simulado, donde el manumitente junto con el esclavo y acompañado por un tercero llamado “Adsertor Libertatis”, concurría ante el magistrado, y el tercero poniendo una varita sobre el hombro del esclavo decía; “Declaro que este hombre es libre”; no habiendo oposición por parte del dueño, así lo declaraba el magistrado.

- El Censo: Buscaba que todos los esclavos habitantes del imperio pudieran inscribirse en el Censo, para posteriormente pagar el impuesto. Con solo inscribirse se le otorga la libertad, la única desventaja, es que el Censo se realizaba cada 5 años limitado.

- Testamento: Acto de última voluntad del patrono, estableciendo la libertad de sus esclavos por medio de un documento. Esta voluntad del patrono comienza a regirse a partir de la muerte del mismo; y quien quedaba a cargo de ese liberto es el heredero del patrono. Esa figura se daba en el Derecho Antiguo.

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Bendito aquél que deseara gobernar naciones, y que sus monopolios se pusiesen primero a los pies del pueblo, que de los hombres

22-04-2016 Romano (26)

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Bendito aquél que deseara gobernar naciones, y que sus monopolios se pusiesen primero a los pies del pueblo, que de los hombres

DERECHO ROMANO

LOS TRES STATUS DEL CAPUT                  

- Derecho Clásico

En el Derecho Clásico se hacían esclavos:

1) El Liberto Ingrato para con su antiguo amo, volvía hacer esclavo si la ingratitud había sido grave y se probaba suficientemente.
                                                                                                                                  
2) El sujeto que era condenado a las bestias (era aquel sujeto que tenía que cuidar animales) o a las minas, se hacia esclavo de su propia pena, eso es lo que se denomina “Servi Poena”

3) Conforme al Senado Consulto Claudiano, la Mujer Libre que mantenía relaciones sexuales con un esclavo ajeno en contra del consentimiento del dueño del esclavo, la cual se hacía esclava del dueño del esclavo, si luego de tres amonestaciones o apercibimiento que le hiciera este no cesaba en sus hábitos. 

4) El Hombre Libre que se hacía vender como esclavo por un cumplimiento para aprovecharse del precio compartiendo este. Su cómplice luego de hacerse reconocer su libertad, en este caso se atribuía como esclavo del comprador para castigarlo por su tentativa de fraude.

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22-04-2016 Romano (25)

Frase reflexiva:
Bendito aquél que deseara gobernar naciones, y que sus monopolios se pusiesen primero a los pies del pueblo, que de los hombres

Bibliografía: Derecho Romano I y II Metodologías, Sumaria, Mnemotécnica y Cuestionaria. Décima Segunda Reimpresión. Distribuidora Rikei, C.A. Caracas, 2006. GERARDO ONTIVEROS PAOLINI.  DERECHO ROMANO.

LOS TRES STATUS DEL CAPUT                  

1) Status Libertatis

La Esclavitud: Es una institución jurídica por medio de la cual el ser humano es despojado de toda personalidad asimilado a cosa y como tal perteneciente a otro ser humano.

* Causas de la Esclavitud

- Nacimiento (Regla General): Nacían esclavos los hijos de la mujer esclava. (El hijo iba a seguir siempre la condición de la madre). (Fuera del matrimonio la condición que agarraban era la de la madre)

- Época Clásica: Había que considerar el momento del parto  para establecer la condición jurídica del recién nacido y así saber si éste nacía libre o esclavo. Y se establecía que el hijo era libre si en el momento del parto la madre era libre, aún cuando hubiera sido esclava. (Por la Manumisión: Facultad que tiene el patrono para dejar libre a sus esclavos)

- Justiniano decidió en favor de la libertad que el hijo nacía libre cuando la madre hubiera sido libre en un momento cualquiera entre la concepción del hijo y el momento del parto.

* Hechos Posteriores al Nacimiento

Las fuentes de la esclavitud posteriores al nacimiento podrían resultar de dos puntos de vista: Desde el Derecho de Gentes y desde el Derecho Civil.

- Derecho de Gentes

- El Cautiverio: La causa única de la esclavitud en el Derecho de Gentes era el Cautiverio, y era necesario que este se produjera durante una guerra declarada regularmente. El cautivo quedaba al arbitro (potestad de la facultad) del vencedor.

- Derecho Civil

- Derecho Antiguo: Las causas de la esclavitud fueron de acuerdo a lo que disponían la Ley de las XII Tablas, y son las siguientes:

1) El no haber prestado servicio militar obligatorio, lo que hacía caer en esclavitud del Estado, eso es lo que se denomina Soldado Refractario.

2) El hecho de no inscribirse en el censo para eludir el pago de tributo, caso en el cual caía en esclavitud del Estado, lo que se denomina “Incensu”.

3) En el caso del sujeto que fuera encontrado en flagrante delito contra la propiedad o contra la persona, quedaba esclavo del propietario del objeto robado, eso es lo que se denomina El Fur Manifestum (La manifestación de que cometiste un delito)

4) El Deudor Insolvente, o sea, aquel que hubiera faltado al pago o ejecución de la obligación pasaba hacer esclavo del acreedor, al cual podía venderlo o matarlo.

Frase reflexiva:
Bendito aquél que deseara gobernar naciones, y que sus monopolios se pusiesen primero a los pies del pueblo, que de los hombres

22-04-2016 Procesal Penal (48)

Frase reflexiva:
Bendito aquél que deseara gobernar naciones, y que sus monopolios se pusiesen primero a los pies del pueblo, que de los hombres

N° de Expediente: C00-0102 N° de Sentencia: 1592
Tema: Acusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Cambio de calificación jurídica en la acusación fiscal por el Juez.
Lunes, 04 de Diciembre de 2000

la calificación jurídica que el Fiscal del Ministerio Público da a los hechos en su acusación, sí puede ser cambiada por el Juez de instancia si el hecho controvertido no es congruente con la calificación dada por el Ministerio Público en su acusación y tal como lo dispone el artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal, el tribunal puede dar una calificación jurídica distinta a la de la acusación.

Frase reflexiva:
Bendito aquél que deseara gobernar naciones, y que sus monopolios se pusiesen primero a los pies del pueblo, que de los hombres

21 de abril de 2016

21-04-2016 Procesal Penal (47)

Frase reflexiva:
Dad una máscara al hombre y os dirá la verdadOscar Wilde

N° de Expediente: 01-0114 N° de Sentencia: 1081
Tema: Acusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Modificación de la calificación jurídica del hecho de la acusación fiscal por parte del juez de control
Jueves, 14 de Junio de 2001

Al respecto, precisa la Sala que...el tribunal, si en el curso de la audiencia, observa un error en la calificación jurídica no apreciado por las partes, podrá prevenir al imputado sobre el cambio en la calificación de los hechos de la acusación y, una vez hecha tal observación, podrá incluso modificar, en forma in bonus o in pejus, en la propia sentencia condenatoria la calificación jurídica o la pena originalmente dada en la acusación, obviamente, siempre se están refiriendo a la fase del juicio oral y, por ende, a una de las atribuciones que le han sido conferidas expresamente al Juez de Juicio.

Por consiguiente, considera esta Sala que, admitir que el Juez de Control puede modificar la calificación jurídica del hecho de la acusación fiscal, sería aceptar no solamente que el Juez de Control puede invadir las funciones que tiene legalmente asignadas el Juez de Juicio durante el debate, en contravención de las previsiones que tuvo el Legislador con respecto a la llamada fase intermedia en la que actúa el Juez de Control, en el sentido de que a la misma no le fuesen trasladados aquellos asuntos propios del juicio oral; sino que además, puede subrogarse en las atribuciones que el ordenamiento jurídico vigente confiere al Ministerio Público en el proceso penal y que se concretan en las funciones de investigación y acusación.

Frase reflexiva:
Dad una máscara al hombre y os dirá la verdadOscar Wilde