22 de abril de 2016

22-04-2016 Romano (29)

Frase reflexiva:
Bendito aquél que deseara gobernar naciones, y que sus monopolios se pusiesen primero a los pies del pueblo, que de los hombres

DERECHO ROMANO

LOS TRES STATUS DEL CAPUT                  

Restricciones a la Facultad de Manumitir

La facultad ilimitada de manumitir dio lugar a situaciones de orden público, ya que el excesivo número de libertinos producía corrupción y desorden, para limitar el daño aparecen:

1) La “Lex Aelia Sentia”: Los liberados antes de los 30 años de edad eran simplemente latinos junianos, salvo, los manumitidos por vindicta.

2) La “Lex Fufia Caninia”: Puso un límite al exceso de manumisiones testamentarias hechos por generosidad, sin tomar en cuenta los merecimientos y con grave perjuicio a los herederos. Se estableció un porcentaje proporcional y nunca superior al ciento; con el deber de hacerlo designado normalmente a los esclavos manumitidos.

La Lex Fufia Caninia también era llamada Fusta o Furia.

3) Justiniano elimina la “Lex Fufia Caninia” y la disposición de la “Lex Aelia Sentia” sobre la edad de los 30 años.

El Patronato

El Derecho del Patronato se avoca a las relaciones existentes entre el patrono y el esclavo manumitido o liberto, se creo con la finalidad de mejorar la condición de inferioridad del esclavo manumitido. (Busca el derecho de condición de igualdad entre el patrono y el esclavo)

Frase reflexiva:
Bendito aquél que deseara gobernar naciones, y que sus monopolios se pusiesen primero a los pies del pueblo, que de los hombres

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