Materia: Derecho
Tributario I
Semestre: Noveno-Pregrado
TEMA 5 LOS
SUJETOS PASIVOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
Hecho
Imponible.- Genera el nacimiento de la relación jurídica tributaria.
Método
para suplir la capacidad ordinaria.- El legislador utilizo el método establecido
en el 19 COT:
“Es sujeto pasivo
el obligado al cumplimiento de las obligaciones tributarias, sea en calidad de
contribuyente o de responsable.”
La persona que comete el
hecho imponible se llama ‘Contribuyente’.
Toda persona tiene
posibilidad de convertirse en contribuyente. No importa su capacidad.
Nota.- El SENIAT no ataca a quien no es contribuyente.
Sociedad
de Hecho
El SENIAT reconoce la
existencia de una sociedad de hecho y la multa sino cumple con los requisitos
establecidos en la ley.
Sino se reconoce la
existencia de ésta sociedad como ente tributable, no se pudiera sancionar.
Contribuyentes:
Sujetos Pasivos: Condición: 22 COT
“Son contribuyentes los sujetos pasivos respecto de los
cuales se verifica el hecho imponible.
Dicha condición puede
recaer:
1. En las personas naturales, prescindiendo de su capacidad
según el derecho privado.
2. En las personas jurídicas y en los demás entes
colectivos a los cuales otras ramas jurídicas atribuyen calidad de sujeto de
derecho.
3. En las entidades o colectividades que constituyan una
unidad económica, dispongan de patrimonio y tengan autonomía funcional.”
La sociedad de hecho no
es sujeto pasivo sin el #3. Los sancionan como unidad económica porque hay
solidaridad entre los integrantes.
Contribuyentes: Obligados al Pago de Tributos y
Cumplimiento de Deberes Formales: 23
“Los
contribuyentes están obligados al pago de los tributos y al cumplimiento de los
deberes formales impuestos por este Código o por normas tributarias.”
Hay 2 obligaciones
tributarias: dar y hacer; de ese ‘dar’ y ‘hacer’ constituye
el cumplimiento de los deberes formales.
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