31 de agosto de 2025

Cuello blanco (9) [31-8-2025]

Dado que quienes hacen las leyes a menudo son los mismos responsables de estos actos, las normativas no siempre son lo suficientemente rigurosas. Además, surge la pregunta de si un delito de cuello blanco debería recibir la misma pena que un delito de lesiones o daños, ya que parece que no afectan a la sociedad de la misma manera. Esta desproporción en las sanciones entre los delincuentes comunes y los de cuello blanco puede generar una percepción de impunidad en la sociedad.

Es fundamental poder atacar este tipo de problema a través de la prevención con programas y campañas que sirvan para sensibilizar a la población sobre el impacto de este tipo de delincuencia. Además, son necesarias políticas que atajen el problema de raíz, llamando a la responsabilidad individual y corporativa, y fomentando la cultura de la ética empresarial.

Así, y para finalizar, me gustaría destacar, tal y como señala Sutherland, que los delitos de cuello blanco han sido cometidos por «corporaciones contra […] consumidores competidores, accionistas y otros inversores, inventores y empleados, así como contra el Estado en la forma de fraude a impuestos y soborno de funcionarios públicos. Estos delitos […] son actos deliberados y tienen una relativa unidad consistente». Esta delincuencia también nos afecta a todos y no debemos dejarla a un lado.

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La frase del día 
"Cada vez que se cierra una puerta, se abre una ventana"

Cuello blanco (8) [31-8-2025]

Otro es la delincuencia de cuello azul, que hace referencia a los delitos cometidos por «obreros» como médicos, abogados, contables e incluso obreros comunes. En este caso, los sujetos activos no tienen que pertenecer necesariamente a una alta clase social y sus delitos se cometen dentro del ejercicio de una sociedad civil. Por último, la «kavaliersdelikt» o delincuencia de caballeros hace referencia a los delitos cometidos por personas de alto nivel social, pero que no están relacionados con su actividad profesional. Estos matices en los diferentes conceptos pueden influir notablemente en el ámbito de estudio en el que nos encontremos.

Aunque no es tan visible como la delincuencia común, la delincuencia de cuello blanco tiene un impacto profundo y extendido en la sociedad. Si bien los daños son principalmente económicos, también afectan a los ámbitos social e institucional. Las consecuencias de este tipo de comportamientos van más allá de lo físico, ya que socavan la confianza en las instituciones, pues suelen ser cometidos por individuos con poder o autoridad.

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Cuello blanco (7) [31-8-2025]

¿Cómo ha evolucionado el delito de cuello blanco?

Hoy en día, el concepto de delito de cuello blanco ha tenido numerosas críticas y ha sido objeto de debate. Por un lado, se cuestiona la voluntad de atribuir el delito a infracciones que podrían ser civiles y administrativas y, por otro lado, la necesidad de que el delincuente tenga que ser una persona con un alto estatus socioeconómico. Hoy en día, y tras mucho debate, el delito de cuello blanco no se centra únicamente en la delincuencia económica, sino que va más allá. Así, el delincuente socioeconómico se encontraría en medio entre la delincuencia común y la delincuencia de cuello blanco.

Además, matizando el concepto, se pueden encontrar distintas expresiones que, aunque estrechamente relacionadas con la delincuencia de cuello blanco, se diferencian de esta. Uno de esos conceptos es la delincuencia profesional, en la que la infracción está directamente vinculada con la actividad profesional, independientemente de la clase social del autor.

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Cuello blanco (6) [31-8-2025]

Al fin y al cabo, los delitos de cuello blanco tienen repercusiones ante el correcto funcionamiento de la Administración. No solo es el hecho del resultado que supone la comisión de algún delito socioeconómico, sino lo que se ha podido dejar de hacer debido a ese acto en términos económicos. Así, la calidad de las instituciones muchas veces se ve mermada por la realización de actividades económicas fraudulentas.

Además, esta delincuencia suele afectar a la transparencia de las instituciones y producir un quebrantamiento en la confianza de las mismas. Esto implica manchar las instituciones, descender su calidad y que en un futuro no se lleven a cabo relaciones que podrían ser decisivas.

Aun así, en muchas ocasiones, el ciudadano de a pie no lo percibe. Como directamente no es una delincuencia que le afecta, los ciudadanos, quienes también son víctimas de estos comportamientos, muchas veces la pasan. Es cierto que quizás la delincuencia común se puede sentir como más peligrosa y puede ser una delincuencia de la cual todos podemos ser víctimas directas, pero la criminalidad de cuello blanco también debemos considerarla.

Incluso puede llegar el momento en el que se piense que la delincuencia de cuello blanco es una «delincuencia sin víctimas» debido a la despersonalización de sus consecuencias. La confianza de la Administración y de las empresas se ve mermada y esto supone una menor reputación y una mayor dificultad de representación.

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Cuello blanco (5) [31-8-2025]

Consecuencias de los delitos de cuello blanco

Una de las conclusiones a las que llegó Sutherland fue que «el costo financiero del delito de cuello blanco es probablemente varias veces superior al costo financiero de todos los delitos que se acostumbra a considerar como el problema del delito». Y esto fue una de las cosas que quiso demostrar Sutherland: que el coste de la delincuencia de cuello blanco era mayor que el de la delincuencia común.

Los delitos de cuello blanco no solo lesionan a los individuos, sino que lesionan a la comunidad en general, a las instituciones. Pero esto no significa que no lesionen a los individuos directamente. Indirectamente, los delitos de cuello blanco tienen una afectación en segundo plano directa hacia los individuos.

Para Sutherland, las víctimas de esta delincuencia son «los consumidores, competidores, accionistas y otros inversores, inventores y empleados, así como el Estado en la forma de fraude de impuestos y soborno a funcionarios públicos». Así, aunque quizás la delincuencia común es más alarmante, en términos económicos no suele ser tan importante como la que estudiamos aquí.

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Cuello blanco (4) [31-8-2025]

Así, el propio Sutherland en 1999 definió el delito de cuello blanco como «un delito cometido por una persona de respetabilidad y estatus social alto en el curso de su ocupación. […] no está asociado con la pobreza, o con patologías sociales y personales que acompañan la pobreza». Por lo tanto, de esta definición se pueden extraer dos características básicas: el nivel socioeconómico alto del individuo y el vínculo que su comportamiento delictivo con la actividad profesional.

Por ello, para que un acto desviado sea considerado como un delito de cuello blanco, primero el sujeto tiene que ostentar un alto nivel social y, además, es necesario que se realice en el ámbito de su profesión.

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Cuello blanco (3) [31-8-2025]

¿Cómo surgen los delitos de cuello blanco?

El estudio de Sutherland aparece publicado por primera vez en 1949. Este libro nace de la reunión anual que organizó la American Sociological Society en diciembre de 1939 que tuvo lugar en Filadelfia. La reunión fue presidida por el propio Sutherland.

Uno de los mayores descubrimientos que realizó Sutherland con su obra fue el de poner en evidencia a los ricos y poderosos como delincuentes. El perfil de este tipo de personas normalmente no encajaban con las teorías delictivas, pero Sutherland señaló que también cometen delitos. Que no se denunciasen este tipo de conductas no significa que no existieran ya que, por ejemplo, el sociólogo Ross en 1907, señaló públicamente las malas praxis que empresarios y poderosos realizaban.

Sutherland dedicó un capítulo entero de su libro a preguntarse si de verdad los delitos de cuello blanco pueden ser considerados delito. Esto es debido a la definición de delito que todos conocemos. Tanto es así, que el autor plantea si «¿son todos los actos ilegales de las corporaciones […] análogos a los hurtos, robos y otros delitos que se incluyen corrientemente dentro de los límites de las teorías de la conducta?». Efectivamente, «¿puede aplicarse la palabra «delito» a la conducta por la cual se tomaron estas decisiones? […] ¿por qué no se aplica generalmente y por qué no han considerado los criminólogos al delito de «cuello blanco» como análogo a otro delito?». Finalmente, se afirmó que el delito de cuello blanco se podría considerar como un delito.

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