“el arte supremo de la guerra es
someter al enemigo sin combate” El
Arte de la Guerra. SUN TZU. pp. 28, 29
Finalizada la audiencia preliminar, el juez debe proveer
acerca de lo solicitado, pudiendo emitir:
1) Admitir total o parcialmente la acusación del
Ministerio Público y ordenar la apertura a juicio;
2) Declarar inadmisible la acusación, en caso de existir
un defecto de forma en la acusación fiscal o del querellante, suspendiendo la
audiencia para continuarla dentro del menor lapso posible, dando de esta manera
tiempo al acusador para subsanar el defecto que le impide darle curso a la
misma;
3) Dictar el sobreseimiento, siempre que concurran
algunas de las causales establecidas en la ley;
4) Resolver las excepciones opuestas, algunas de las
cuales pueden dar lugar a que se declare el sobreseimiento de la causa con
fuerza de cosa juzgada frente a todos los imputados o alguno de ellos, con lo
cual se extingue el proceso frente a los que resulten favorecidos con tal
determinación; en tanto que otras, pueden dar lugar a la suspensión del
procedimiento, como ocurre con el caso de la prejudicialidad; o con la remisión
del expediente al tribunal que le corresponda el conocimiento, cuando se
discute la falta de jurisdicción del que venía conociendo del proceso; o
remitir la causa al tribunal que resulte competente por el territorio para que
siga conociendo de la acción;
5) Decidir acerca de la imposición o revocación de las
medidas cautelares;
6) Sentenciar conforme al procedimiento de admisión de
los hechos, con lo cual se pone fin al proceso en lo que a ese acusado
concierne;
7) Aprobar los acuerdos reparatorios, con lo cual se
extingue el proceso penal respecto al imputado que hubiere intervenido en él;
8) Acordar la suspensión condicional del
proceso, en el caso de delitos cuya pena no exceda de ocho años en su límite
máximo, y admita plenamente el hecho que se le atribuye. Si el imputado ha
cumplido con todas las condiciones impuestas, se decreta el sobreseimiento de
la causa;
9) Pronunciarse sobre la
admisión de la prueba ofrecida para el juicio oral.
La fase intermedia concluye, bien con el auto que acuerda
el sobreseimiento de la causa, bien con el auto de apertura a juicio.
Bibliografía:
Los actos conclusivos y la imputación penal. Vol. VII.
Derecho Procesal Penal. Editorial Atenea. Freddy Zambrano. pp. 6, 7.
Frase reflexiva:
“el arte supremo de la guerra es
someter al enemigo sin combate” El
Arte de la Guerra. SUN TZU. pp. 28, 29
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