20 de mayo de 2023

Orden público (mayo/2023)

La frase del día 
"El que no sabe para donde va cualquier autobús le sirve"

Sentencia No. 0279 de fecha 13-ABR-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: TANIA D'AMELIO CARDIET

La garantía constitucional transcrita es una de las claves de la convivencia social y ha sido reconocida como un derecho humano por el artículo 8 de la Ley Aprobatoria de la Convención Americana de Derechos Humanos, Pacto San José de Costa Rica y por el artículo 14 de la Ley Aprobatoria del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, concurriendo en ella tanto la condición de derecho humano de jerarquía constitucional como el carácter de disposición de orden público, entendido el orden público como un valor destinado a mantener la armonía necesaria y básica para el desarrollo e integración de la sociedad. Dada su importancia, no es concebible que sobre ella existan pactos válidos de las partes ni que los Tribunales, al resolver conflictos, atribuyan a jueces diversos al natural el conocimiento de una determinada causa. El convenio expreso o tácito de las partes en ese sentido, al igual que la decisión judicial que trastoque al juez natural, constituyen infracciones constitucionales de orden público.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324366-0279-13423-2023-21-0472.HTML

La frase del día 
"El que no sabe para donde va cualquier autobús le sirve"

Vigente arresto (mayo/2023)

La frase del día 
"El que no sabe para donde va cualquier autobús le sirve"

Sentencia No. 0279 de fecha 13-ABR-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: TANIA D'AMELIO CARDIET

En el mismo sentido, se mantiene vigente la medida de arresto domiciliario decretada contra de la ciudadana A.V. S. H. (identidad omitida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), hasta tanto el juez de control competente considere, de ser el caso, pronunciarse acerca del mantenimiento de la medida de coerción personal. Así se decide.
 
Es oportuno señalar, señalar que la nulidad aquí decretada afecta únicamente a la causa penal seguida a la ciudadana A.V. S. H; sin que ello altere el proceso penal seguido al ciudadano Juan Bautista Natera Mujica como presunto autor del delito a abuso sexual con penetración en perjuicio de una niña.
 
En razón de la declaratoria que antecede, esta Sala considera que ha operado el decaimiento del objeto en la acción de amparo constitucional interpuesta; por cuanto la nulidad decretada afectó las actuaciones judiciales que la parte accionante señaló como lesivas a sus derechos constitucionales; y en consecuencia, se declara terminado el proceso. Así se declara.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324366-0279-13423-2023-21-0472.HTML

La frase del día 
"El que no sabe para donde va cualquier autobús le sirve"

Vigente prueba anticipada (mayo/2023)

La frase del día 
"El que no sabe para donde va cualquier autobús le sirve"

Sentencia No. 0279 de fecha 13-ABR-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: TANIA D'AMELIO CARDIET

De igual modo y a los fines de garantizar la finalidad del proceso penal, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 65 del Código Orgánico Procesal Penal, se mantienen vigentes la investigación efectuada por la Fiscal Provisoria Vigésima Tercera del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; Asimismo, queda vigente la prueba anticipada practicada el día 8 de mayo 2019, ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control de Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; toda vez que son actos no jurisdiccionales e irrepetibles, por tratarse de elementos de convicción practicados a una víctima especialmente vulnerable, de conformidad con lo establecido en el artículo 535 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; con la advertencia de que la precalificación fiscal está sujeta a la consideración del juez de Control en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer en la Oportunidad de celebrar la respectiva audiencia preliminar, prevista en el artículo 123 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Así se decide.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324366-0279-13423-2023-21-0472.HTML

La frase del día 
"El que no sabe para donde va cualquier autobús le sirve"

Proceso nulo (mayo/2023)

La frase del día 
"El que no sabe para donde va cualquier autobús le sirve"

Sentencia No. 0279 de fecha 13-ABR-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: TANIA D'AMELIO CARDIET

En virtud de lo antes expuesto, el proceso penal llevado a cabo contra la adolescente A.V.S.H (hoy adulta), es nulo de nulidad absoluta, conforme a lo previsto en el artículos 65 y 68 del Código Orgánico Procesal Penal, al haberse celebrado las audiencias preliminar y de juicio, en contravención a la ley y por haber violado derechos y garantías fundamentales, previstos en los artículos 49, cardinal 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 16 de la  Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; así se declara. 
 
En consecuencia, esta Sala Constitucional en uso de las atribuciones conferidas y como garante de la incolumidad de la  Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ORDENA la remisión en copia certificada del presente fallo al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, a fin de que proceda a distribuir la causa penal original seguida a la ciudadana A.V.S.H a un Tribunal de Primera Instancia en función de Control con competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer que corresponda por distribución, para que celebre una nueva audiencia preliminar conforme al procedimiento establecido en dicha ley especial. Así se decide.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324366-0279-13423-2023-21-0472.HTML

La frase del día 
"El que no sabe para donde va cualquier autobús le sirve"

19 de mayo de 2023

Ley Extinción [22] (mayo/2023)

La frase del día 
"No hay hombre más peligroso que aquel que ha sanado en soledad"

Ley Orgánica de Extinción de Dominio: Sentencia No. 0315 de fecha 28-ABR-2023 dictada por la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

Colaboración, retribución y protección

Artículo 24. La persona natural o jurídica que suministre información ante la autoridad competente, que contribuya de manera eficaz y determinante a la obtención de pruebas para la declaratoria de extinción de dominio o que colabore directamente en dicho proceso, podrá recibir una retribución equivalente a un porcentaje del producto que el Estado obtenga por la liquidación de dichos bienes o del valor comercial de los mismos, dependiendo del grado o importancia de la colaboración. El monto de la retribución correspondiente será determinado, de forma motivada, por el Servicio de Bienes Recuperados, previa opinión de la Procuraduría General de la República.
El Estado implementará mecanismos que garanticen la protección de las personas que ofrezcan información a los fines previstos en este artículo, en aplicación de la ley que regula la materia de protección de testigos. 
La persona que suministre información no será parte del proceso de extinción de dominio. Si existe mala fe o actúa de manera dolosa para causar un daño, será responsable conforme a la ley.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324581-0315-28423-2023-23-0453.HTML

La frase del día 
"No hay hombre más peligroso que aquel que ha sanado en soledad"

Ley Extinción [21] (mayo/2023)

La frase del día 
"No hay hombre más peligroso que aquel que ha sanado en soledad"

Ley Orgánica de Extinción de Dominio: Sentencia No. 0315 de fecha 28-ABR-2023 dictada por la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

Cooperación pasiva

Artículo 23. Las solicitudes de extinción de dominio, de asistencia en la investigación y medidas cautelares presentadas por otros Estados serán tramitadas, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley.
Recibida una solicitud de otro Estado que tenga jurisdicción para decretar la extinción de dominio, el Ministerio Público adoptará de inmediato las medidas encaminadas a la identificación, localización e incautación de los bienes, así como para la ejecución de la sentencia de extinción de dominio, de ser el caso.
Las solicitudes de asistencia procedentes de otros Estados en materia de extinción de dominio se tramitarán, siempre que no contradigan los principios y valores fundamentales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley, recibiendo la misma prioridad que las realizadas en el marco de los procedimientos internos.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324581-0315-28423-2023-23-0453.HTML

La frase del día 
"No hay hombre más peligroso que aquel que ha sanado en soledad"

17 de mayo de 2023

Ley Extinción [20] (mayo/2023)

La frase del día 
"Si algo es gratis, puede que el producto seas tú"

Ley Orgánica de Extinción de Dominio: Sentencia No. 0315 de fecha 28-ABR-2023 dictada por la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

Asistencia y cooperación internacional

Artículo 22. Los convenios y tratados internacionales de cooperación y asistencia legal o judicial para la colaboración recíproca en materia de localización, identificación, recuperación, repatriación y extinción de dominio, suscritos y ratificados por la República, son plenamente aplicables a los supuestos previstos en esta Ley, a través de los procedimientos establecidos en dichos convenios de asistencia.
No obstante, el Ministerio Público conjuntamente con los órganos auxiliares de justicia, podrá requerir y obtener en forma directa, información de las autoridades del Estado o jurisdicción donde se ubiquen o se presuma se encuentran los bienes susceptibles de la acción de extinción de dominio. Asimismo, podrán trasladarse al lugar en el extranjero para realizar las investigaciones correspondientes. La información o documentos obtenidos podrán presentarse ante el tribunal que conozca del caso y tendrán valor probatorio.
En la ejecución de las actuaciones emprendidas conforme a lo dispuesto en el párrafo precedente, el Ministerio Público podrá solicitar el apoyo de la Procuraduría General de la República, cuando dichas actuaciones deban efectuarse en jurisdicciones extranjeras.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324581-0315-28423-2023-23-0453.HTML

La frase del día 
"Si algo es gratis, puede que el producto seas tú"