1 de junio de 2016

01-06-2016 Procesal Penal

Frase reflexiva:
Instruye al niño en su camino, y aun cuando fuere viejo no se apartará de él (Proverbios 22:6)

N° de Expediente: 00-0019 N° de Sentencia: 241
Tema: Amparo constitucional
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Motivación de la sentencia.
Lunes, 24 de Abril de 2000

Los artículos 365 y 442 del Código Orgánico Procesal Penal, dispone expresamente la necesidad de que las sentencias sean motivadas..."

"Esta exigencia, obliga a los jueces a exponer o explicar con suficiente claridad, las razones o motivos que sirven de sustento a la decisión judicial, las cuales no pueden ser obviadas en ningún caso por el sentenciador, por cuanto constituyen para las partes garantía de que se ha decidido con sujeción a la verdad procesal."

"Por otra parte, la motivación de la sentencia, garantiza el derecho a la defensa de las partes, ya que éstas al conocer los motivos de la decisión, tendrán los elementos necesarios para poder conocer -y eventualmente atacar- las razones que utilizaron los órganos encargados de administrar justicia para desestimar sus pretensiones.

Frase reflexiva:
Instruye al niño en su camino, y aun cuando fuere viejo no se apartará de él (Proverbios 22:6)

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