27 de octubre de 2015

Simulación 27-10-2015

Penal Sustantiva

Simulación de Hecho Punible

En el delito de simulación de hecho punible, la acción típica consiste en interponer una denuncia (bien sea en forma verbal o escrita), sobre hechos que a pesar de ser expuestos como ciertos y con carácter punible (delitos o faltas), resultan hipotéticos o irreales. Esa denuncia sobre los hechos supuestos o imaginarios ha de presentarse ante el Ministerio Público o cualquier otro órgano que, de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico, tenga competencia para recibirla.

Esa denuncia puede ser presentada por cualquier persona, dado que el legislador no exige un agente calificado para ello; y -según lo señalado por la citada disposición- ésta debe interponerse ante el Juez o funcionario de instrucción.

Sobre este punto, debemos aclarar que -a partir de la entrada en vigencia del Código Orgánico Procesal Penal- los Jueces ya no actúan como órganos receptores de denuncias, ni ejercen facultades para instruir la investigación penal; en consecuencia, ese supuesto normativo (que alude a la autoridad judicial) actualmente ha quedado en desuso, y -en nuestro criterio- se debe interpretar que la denuncia sobre los hechos supuestos o imaginarios ha de presentarse ante el Ministerio Público o cualquier otro órgano que, de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico, tenga competencia para recibirla.

Como presupuesto para la concreción de este tipo penal, es necesario que la simulación del hecho punible sea idónea para proceder al inicio de una investigación penal. Sobre ello, el autor Francisco Muñoz Conde -en el derecho penal comparado- ha sostenido que se requiere “(...) apariencia de verdad en la denuncia que pueda mover al órgano competente a iniciar las diligencias correspondientes”.

Adicionalmente, conviene advertir que el delito de Simulación de Hecho Punible constituye un tipo penal doloso, y de mera actividad, que no ha sido regulado para proteger derechos o intereses particulares, sino más bien para garantizar el normal desenvolvimiento de la Administración de Justicia.

Todas estas consideraciones de carácter dogmático nos llevan a señalar que -en este caso- no es posible afirmar la materialización del delito de Simulación de Hecho Punible, por cuanto del acto conclusivo no se desprende la concurrencia de todos los elementos típicos necesarios para ello.

26 de octubre de 2015

Gravedad 26-10-2015

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: R15-70 N° de Sentencia: 252
Tema: Delitos
Materia: Derecho Penal
Asunto: Gravedad de los delitos – configuración

...para que se configure la gravedad de los delitos, no sólo hay que tomar en cuenta el quantum de la pena, sino que también hay que verificar el daño causado, la relación existente entre el sujeto activo y pasivo, la función que desempeñan en la sociedad y el medio para su comisión.


Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: R13-351 N° de Sentencia: 009
Tema: Delitos
Materia: Derecho Penal
Asunto: Gravedad de los delitos

...para que se configure la gravedad de los delitos, no sólo hay que tomar en cuenta el quantum de la pena, sino que también hay que verificar el daño causado, la relación existente entre el sujeto activo y pasivo, la función que desempeñan en la sociedad y el medio para su comisión.


Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: R13-324 N° de Sentencia: 478
Tema: Delitos
Materia: Derecho Penal
Asunto: Gravedad de los delitos

...para que se configure la gravedad de los delitos, no sólo hay que tomar en cuenta el quantum de la pena, sino que también hay que verificar el daño causado, la relación existente entre el sujeto activo y pasivo, la función que desempeñan en la sociedad y el medio para su comisión.

25 de octubre de 2015

Flagrante 25-10-2015

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C01-0650 N° de Sentencia: 076
Tema: Delito flagrante
Materia: Derecho Penal
Asunto: Naturaleza del delito flagrante

la naturaleza del delito flagrante presupone la notoriedad de los hechos y la indubitable individualización del imputado

24 de octubre de 2015

Hacker 24-10-2015

HACKER

El término hacker tiene diferentes significados. Según el diccionario de los hackers, es todo individuo que se dedica a programar de forma entusiasta, o sea un experto entusiasta de cualquier tipo, que considera que poner la información al alcance de todos constituye un extraordinario bien. De acuerdo a Eric Raymond el motivo principal que tienen estas personas para crear software en su tiempo libre, y después distribuirlos de manera gratuita, es el de ser reconocidos por sus iguales. El término hacker nace en la segunda mitad del siglo XX y su origen está ligado con los clubes y laboratorios del MIT.

De acuerdo a Levy los seis fundamentos del hacker son:

  • El acceso a los computadores debe ser ilimitado y total.
  • Toda información debería ser libre
  • Es necesario promover la descentralización y desconfiar de las autoridades
  • Los hackers deberían ser juzgados por su labor y no por cosas como su raza, edad o posición social
  • Se puede crear arte y belleza en un computador
  • Las computadoras pueden cambiar tu vida para mejor

En seguridad informática este término concierne principalmente a entradas remotas no autorizadas por medio de redes de comunicación como Internet.

Supuestos 24-10-2015

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C00-0234 N° de Sentencia: 666
Tema: Delito Continuado
Materia: Derecho Penal
Asunto: Obligación de Explicar los Supuestos de Procedencia en los Delitos Continuados

la circunstancia agravante específica de delito continuado, es imprescindible que en el fallo se analice esa agravante, explicando los supuestos que la condicionan y la hacen procedente, definiendo en qué consiste la continuidad del delito imputado y determinando los diversos actos ejecutivos cometidos por el imputado en el transcurso de un tiempo determinado.

23 de octubre de 2015

Fundamento DC

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C99-0105 N° de Sentencia: 914
Tema: Delito Continuado
Materia: Derecho Penal
Asunto: Delito Continuado. Fundamento.

esta modalidad delictiva supone la comisión repetida del mismo delito

Elementos DC

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C03-0407 N° de Sentencia: 025
Tema: Delito Continuado
Materia: Derecho Penal
Asunto: Delito continuado - Elementos para que se configure dicho delito

El delito es continuado cuando se producen diversos hechos que violan la misma disposición legal y a los efectos del cálculo de la pena se considera como un delito único que produce únicamente un aumento ésta. Para que dicho delito se configure se requiere lo siguiente:

a) Que exista una pluralidad de hechos

b) Que cada uno viole la misma disposición legal

c) Que tales violaciones se hayan realizado con actos ejecutivos de la misma resolución