19 de noviembre de 2016

19-11-2016 Vacuna

Frase reflexiva:
El que sacia a otros, será saciado

Delito de extorsión contemplado en la ley especial (Ley Contra el Secuestro y la Extorsión), eminentemente intencional, cuyo sujeto activo es indiferente y vulnera el derecho de propiedad, así como la integridad psíquica del sujeto pasivo.

Frase reflexiva:
El que sacia a otros, será saciado

19-11-2016 Penal Trabajo (12)

Frase reflexiva:
El que sacia a otros, será saciado

Derecho Penal del Trabajo
Derecho Penal Laboral

TÍTULO IX
DE LAS SANCIONES

Responsabilidad del cumplimiento de la Ley en los órganos y entes del Estado
Artículo 543. Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que ejerzan cargos de dirección, y los trabajadores o trabajadoras de dirección que tengan como responsabilidad el cumplimiento de las normas que esta Ley establece y que, por acciones u omisiones y actuando al margen de la voluntad del Estado, violen las disposiciones destinadas a proteger el proceso social de trabajo y los derechos de los trabajadores y trabajadoras, les será abierto el procedimiento administrativo que corresponda para su remoción o destitución. El ministro o ministra con competencia en materia de trabajo y seguridad social oficiará al correspondiente ente u órgano del Estado para que así se cumpla.

Infracción a la obligación de elecciones sindicales o al derecho de afiliación
Artículo 544. A los miembros de la junta directiva de una organización sindical que no convoquen a elecciones en la oportunidad que fijen los estatutos; o que no afilien al sindicato al trabajador o trabajadora que lo solicite, no obstante orden judicial, se les impondrá una multa no menor del equivalente a treinta unidades tributarias, ni mayor del equivalente a sesenta unidades tributarias, sin perjuicio de las sanciones estatutarias que establezcan las organizaciones sindicales respectivas.

Fuente de la información: Ley Orgánica del Trabajo. Gaceta Oficial No. 6.076 Extraordinario del 07 de mayo de 2012.

Frase reflexiva:
El que sacia a otros, será saciado

18 de noviembre de 2016

18-11-2016 Penal Trabajo (11)

Frase reflexiva:
No debes luchar muy a menudo con un enemigo, o le enseñarás todo tu arte bélico Napoleón Bonaparte

Derecho Penal del Trabajo
Derecho Penal Laboral

TÍTULO IX
DE LAS SANCIONES

Infracción a los lapsos por el funcionario o funcionaria del trabajo
Artículo 541. El funcionario o funcionaria del Trabajo que no cumpla sus obligaciones dentro de los lapsos legales establecidos, aun teniendo los medios para hacerlo se le abrirá el procedimiento administrativo que corresponda conforme a la ley.

Prohibición de recibir dinero, obsequios o dádivas
Artículo 542. El funcionario o funcionaria del Trabajo que perciba dinero o cualesquier otro obsequio o dádivas será destituido o destituida, de conformidad con el procedimiento que corresponde según la ley.

Fuente de la información: Ley Orgánica del Trabajo. Gaceta Oficial No. 6.076 Extraordinario del 07 de mayo de 2012.

Frase reflexiva:
No debes luchar muy a menudo con un enemigo, o le enseñarás todo tu arte bélico Napoleón Bonaparte

17 de noviembre de 2016

17-11-2016 Penal Trabajo (10)

Frase reflexiva:
Los hipócritas se ofenden por la verdad Jess C. Scott

Derecho Penal del Trabajo
Derecho Penal Laboral

TÍTULO IX
DE LAS SANCIONES

Arresto por cierre ilegal e injustificado de la fuente de trabajo
Artículo 539. El patrono o patrona que de manera ilegal e injustificada cierre la fuente de trabajo, será sancionado o sancionada con la pena de arresto de seis a quince meses por los órganos jurisdiccionales competentes a solicitud del Ministerio Público.

Reincidencia
Artículo 540. En caso de que un infractor o una infractora al que se refieren los artículos anteriores reincida en el hecho que se le imputa, la pena prevista para la infracción se aumentará en la mitad.

Fuente de la información: Ley Orgánica del Trabajo. Gaceta Oficial No. 6.076 Extraordinario del 07 de mayo de 2012.

Frase reflexiva:
Los hipócritas se ofenden por la verdad Jess C. Scott

16 de noviembre de 2016

16-11-2016 Art. 216 COPP

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta; por lo tanto, todo crimen que no se investigue, es un crimen perfecto

Capítulo II
De los Requisitos de la Actividad Probatoria

Sección Quinta
Del Testimonio

Reconocimiento del Imputado o Imputada
Artículo 216. Cuando cualquiera de las partes o la víctima, estime necesario el reconocimiento del imputado o imputada, pedirá al Juez o Jueza la práctica de esta diligencia. En tal caso se solicitará previamente al o la testigo que haya de efectuarlo la descripción del imputado o imputada y de sus rasgos más característicos, a objeto de establecer si efectivamente lo o la conoce o lo o la ha visto anteriormente, cuidando que no reciba indicación alguna que le permita deducir cuál es la persona a reconocer.

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta; por lo tanto, todo crimen que no se investigue, es un crimen perfecto

16-11-2016 Necrodactilia

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta; por lo tanto, todo crimen que no se investigue, es un crimen perfecto

La NECRODACTILIA se define como la reseña decadactilar posmortem, sujeta al estado físico de las falanges dístales de los dedos de las manos, convirtiéndose esta en la labor más importante durante la inspección al cadáver para identificación del mismo.

El procedimiento debe realizarse guardando las debidas medidas de bioseguridad.

(hacer clic)

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta; por lo tanto, todo crimen que no se investigue, es un crimen perfecto

16-11-2016 Sentencia 526

Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta; por lo tanto, todo crimen que no se investigue, es un crimen perfecto

Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia
Sentencia No. 526
Expediente No. 00-2294
09 de abril de 2001

Los defensores del ciudadano José Salacier Colmenares alegaron que su defendido “fue detenido y permanece detenido sin orden judicial alguna y sin que los Jueces del Circuito Judicial Penal de Barinas se hayan pronunciado sobre la inconstitucionalidad de esa detención inicial, la que no puede ser convalidada”.  Aducen que tal detención ilegítima debió ser declarada nula por los tribunales con competencia en lo Penal de Barinas, y que la actuación de los tribunales denunciados “está absolutamente fuera de su competencia, por omisión, pues se han negado a conocer de la inconstitucionalidad manifiesta del arresto de José Salacier Colmenares León”.  Además, expusieron que no se puede afirmar que han acudido a vías ordinarias para solicitar tuición a los derechos de su defendido, toda vez que los señalados tribunales “no han resuelto el punto ni en un sentido en (sic) otro, dando constantes evasivas a esta promoción”.  Con base en tales consideraciones, solicitaron “la nulidad de todas las actuaciones cumplidas en la causa 4C-1229/00 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas”.

Analizados los planteamientos del accionante, esta Sala entiende que la pretensión ventilada se refiere específicamente a la constitucionalidad de la detención del procesado solicitante, ciudadano José Salacier Colmenares, quien “fue detenido y permanece detenido sin orden judicial alguna y sin que los Jueces del Circuito Judicial Penal de Barinas se hayan pronunciado sobre la inconstitucionalidad de esa detención inicial, la que no puede ser convalidada”.


Frase reflexiva:
No existe el crimen perfecto, lo que existe es una investigación imperfecta; por lo tanto, todo crimen que no se investigue, es un crimen perfecto