19 de noviembre de 2016

19-11-2016 Penal Trabajo (12)

Frase reflexiva:
El que sacia a otros, será saciado

Derecho Penal del Trabajo
Derecho Penal Laboral

TÍTULO IX
DE LAS SANCIONES

Responsabilidad del cumplimiento de la Ley en los órganos y entes del Estado
Artículo 543. Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que ejerzan cargos de dirección, y los trabajadores o trabajadoras de dirección que tengan como responsabilidad el cumplimiento de las normas que esta Ley establece y que, por acciones u omisiones y actuando al margen de la voluntad del Estado, violen las disposiciones destinadas a proteger el proceso social de trabajo y los derechos de los trabajadores y trabajadoras, les será abierto el procedimiento administrativo que corresponda para su remoción o destitución. El ministro o ministra con competencia en materia de trabajo y seguridad social oficiará al correspondiente ente u órgano del Estado para que así se cumpla.

Infracción a la obligación de elecciones sindicales o al derecho de afiliación
Artículo 544. A los miembros de la junta directiva de una organización sindical que no convoquen a elecciones en la oportunidad que fijen los estatutos; o que no afilien al sindicato al trabajador o trabajadora que lo solicite, no obstante orden judicial, se les impondrá una multa no menor del equivalente a treinta unidades tributarias, ni mayor del equivalente a sesenta unidades tributarias, sin perjuicio de las sanciones estatutarias que establezcan las organizaciones sindicales respectivas.

Fuente de la información: Ley Orgánica del Trabajo. Gaceta Oficial No. 6.076 Extraordinario del 07 de mayo de 2012.

Frase reflexiva:
El que sacia a otros, será saciado

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