1 de mayo de 2023

Extinción de Dominio [3] (mayo/2023)

La frase del día 
"El talento se revela cuando las condiciones son difíciles"

Ley Orgánica de Extinción de Dominio: Sentencia No. 0315 de fecha 28-ABR-2023 dictada por la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

El Capítulo IV, nombrado “Administración y Destino de los Bienes”, está compuesto por las regulaciones del órgano especializado –Servicio de Bienes Recuperados- que llevará la administración de bienes objeto de medidas cautelares, la venta anticipada de bienes, la facultad del Estado para la celebración de acuerdos bilaterales y multilaterales de cooperación para facilitar la administración o recuperación de bienes ubicados en territorio extranjero, y lo referente al destino de los bienes.
 
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324581-0315-28423-2023-23-0453.HTML

La frase del día 
"El talento se revela cuando las condiciones son difíciles"

Extinción de Dominio [2] (mayo/2023)

La frase del día 
"El talento se revela cuando las condiciones son difíciles"

Ley Orgánica de Extinción de Dominio: Sentencia No. 0315 de fecha 28-ABR-2023 dictada por la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

Posteriormente, en su Capítulo III se instituye lo relativo al procedimiento para la extinción del dominio, que va desde el inicio de éste, las facultades con las que cuenta el Ministerio Público en el desarrollo de la investigación, la asistencia y cooperación internacional, la colaboración, retribución y protección de las personas que suministren información, la adopción de medidas cautelares para el aseguramiento de los bienes, los procedimientos de aseguramiento, incautación o decomiso, la conclusión de la investigación, la acción de extinción de dominio, la admisión de la solicitud por parte de los órganos jurisdiccionales competentes, las notificaciones, emplazamiento, acceso a la solicitud de extinción, desistimiento de la acción, audiencia preparatoria, incomparecencias, audiencia de fondo, pruebas, contenido de la sentencia, hasta lo que se refiere a la sentencia anticipada, contemplando de igual forma los recursos disponibles en el proceso de extinción de dominio, tales como son el de revocación y la apelación.
 
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324581-0315-28423-2023-23-0453.HTML

La frase del día 
"El talento se revela cuando las condiciones son difíciles"

Extinción de Dominio (mayo/2023)

La frase del día 
"El talento se revela cuando las condiciones son difíciles"

Ley Orgánica de Extinción de Dominio: Sentencia No. 0315 de fecha 28-ABR-2023 dictada por la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

Dicho cuerpo normativo ha proporcionado un ámbito de aplicación en todo el territorio nacional, y con carácter de orden público.
Este instrumento legal está compuesto de la siguiente forma:
El Capítulo I, referente a las “Disposiciones Generales”, que define el objeto, la finalidad, sus principios, interés general y orden público, definiciones, aplicación de la ley, imprescriptibilidad, bienes sujetos a la extinción de dominio, transmisión de bienes, improcedencia del secreto o reserva, naturaleza de la acción, potestad jurisdiccional y deber de informar.
El Capítulo II, intitulado “Garantías Procesales”, el cual contempla la garantía de los derechos humanos, los derechos de los que gozan las personas sujetas a extinción de dominio, el efecto de la cosa juzgada, la designación de defensor ad litem, las audiencias desarrolladas de forma audiovisual, y las causas de nulidad.
 
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/324581-0315-28423-2023-23-0453.HTML

La frase del día 
"El talento se revela cuando las condiciones son difíciles"

Actos Viciados (mayo/2023)

La frase del día 
"El talento se revela cuando las condiciones son difíciles"

Sentencia No. 130 de fecha 14-ABR-2023 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO.

Señalado lo precedente y en relación con los actos viciados de nulidad absoluta, esta Sala de Casación Penal, en fecha 13 de mayo de 2021, mediante la sentencia número 032, precisó lo que a continuación se indica:
 
“…Las formas no se establecen porque sí, sino por una finalidad trascendente, las cuales son necesarias en cuanto cumplan un fin y representen una garantía, por eso el Código Orgánico Procesal Penal no contempla unas normas rígidas, sino flexibles e idóneas para cumplir su función; siendo una exigencia constitucional y procesal que el juez o jueza de mérito debe aplicar de manera correcta las disposiciones jurídicas.
 
En atención a los considerandos que preceden, resulta obvio que el Juzgado Sexto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, incurrió en una causal de nulidad absoluta, lo que origina que el acto de la audiencia preliminar, no pueda surtir efecto alguno (quod nullum est, nullum producit effectum), en aplicación del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual dispone:
 
“… Serán consideradas nulidades absolutas aquellas concernientes a la intervención, asistencia y representación del imputado o imputada, en los casos y formas que este Código establezca, o las que impliquen inobservancia o violación de derechos y garantías fundamentales previstos en este Código, la Constitución de la República, las leyes y los tratados, convenios o acuerdos internacionales suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela. … .” (Sic).
 
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/abril/324422-130-14423-2023-C23-67.HTML

La frase del día 
"El talento se revela cuando las condiciones son difíciles"

30 de abril de 2023

Concepto orden público: 30-04-2023

Sentencia No. 0305 de fecha 13-JUL-2022 dictada por la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIERREZ ALVARADO

Al respecto, la Sala ha señalado en su doctrina, cuando se debe entender que las supuestas infracciones constitucionales involucran derechos constitucionales de eminente orden público o que afecten las buenas costumbres (Vid Sentencia N.° 1207/2000, ratificadas en Sentencias N.°(s) 721/2011 y 703/2010, Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia):
 
“(…) el concepto de orden público a los efectos de la excepción al cumplimiento de ciertas normas relacionadas con los procesos de amparo constitucional, se refiere a la amplitud en que el hecho supuestamente violatorio del derecho o norma constitucional afecta una parte de la colectividad o el interés general, más allá de los intereses particulares de los accionantes…”.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/julio/317885-0305-13722-2022-19-0475.HTML

La frase del día 
"Ten cuidado cuando una persona desnuda te ofrece una camisa" Proverbio africano

Materia de desacato (2): 30-04-2023

Sentencia No. 0305 de fecha 13-JUL-2022 dictada por la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIERREZ ALVARADO

“Ahora bien, conforme a lo hasta aquí expresado y en virtud de la relevancia de los intereses jurídicos involucrados en el procedimiento por desacato al mandamiento de amparo constitucional, cuando este último haya sido declarado por cualquier otro tribunal distinto a la Sala Constitucional (cuyas decisiones sí puedan ser examinadas por un tribunal superior en la jurisdicción constitucional), éste deberá remitirle en consulta (per saltum), (…)
…esta Sala debe declarar con criterio vinculante, el carácter jurisdiccional constitucional de la norma establecida en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ello para garantizar el objeto y la finalidad de esa norma y, por tanto, para proteger los valores que ella persigue tutelar: los derechos y garantías constitucionales, el respeto a la administración de justicia, la administración pública, el funcionamiento del Estado, el orden jurídico y social, la ética, la convivencia ciudadana pacífica y el bienestar del Pueblo, junto a los demás valores e intereses constitucionales vinculados a éstos. Por lo tanto, las reglas del proceso penal y de la ejecución penal no tienen cabida en este ámbito (fijación de la competencia territorial respecto de la ejecución, intervención fiscal, policial y de la jurisdicción penal –la cual, valga insistir, encuentra su último control constitucional en esta Sala-, suspensión condicional de la pena, fórmulas alternas de cumplimiento de la pena, entre otras tantas), más allá de lo que estime racionalmente esta Sala, de caras al cumplimiento del carácter retributivo, reflexivo y preventivo de la misma y cualquier otra circunstancia que encuentre sustento en el texto fundamental. Así se decide”.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/julio/317885-0305-13722-2022-19-0475.HTML

La frase del día 
"Ten cuidado cuando una persona desnuda te ofrece una camisa" Proverbio africano

Materia de desacato: 30-04-2023

Sentencia No. 0305 de fecha 13-JUL-2022 dictada por la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIERREZ ALVARADO

Ciertamente que en materia de desacato a las decisiones judiciales, media un interés general que va más allá de los intereses particulares de los accionantes, puesto que el cumplimiento de las decisiones judiciales forma parte de la garantía de la seguridad jurídica como fundamento del Estado de Derecho, y garantizar la obtención de la justicia como fin último de éste. En este sentido, esta Sala Constitucional estableció en forma vinculante  en la Sentencia N.° 245, del 9 de abril de 2014, el carácter jurisdiccional constitucional de la norma establecida en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, dejando sentado lo siguiente:

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/julio/317885-0305-13722-2022-19-0475.HTML

La frase del día 
"Ten cuidado cuando una persona desnuda te ofrece una camisa" Proverbio africano