25 de marzo de 2025

25-03-2025 | Glosario [28]

Comisión: Orden y facultad que una autoridad da por escrito a otra para que realice alguna diligencia o practique alguna prueba.

Confesión: Reconocimiento libre y voluntario que realiza el implicado de su responsabilidad como autor de la falta que se le imputa.

Contusión: Daño que recibe alguna parte del cuerpo por golpe que no causa herida exterior.

Comunicaciones: Son aquellas que realiza el operador disciplinario a las partes para informar de las decisiones.

Confesión: Reconocimiento libre y voluntario que realiza el implicado de su responsabilidad como autor de la falta que se le imputa.

Conflicto De Competencias: Controversia surgida entre dos autoridades judiciales o administrativas, cuando ambas pretenden conocer o no del mismo asunto. Solamente se da entre autoridades de igual jerarquía.

Conflicto De Intereses: Se presenta cuando el servidor público deba actuar en asunto en el que tenga interés particular y directo en su regulación, gestión, control o decisión, o lo tuviere su cónyuge, compañero o compañera permanente o sus parientes dentro de cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, o su socio o socios de hecho o de derecho. En este caso existe la obligación legal para el servidor de declararse impedido.

Conducencia: Es la idoneidad legal que tiene una prueba para demostrar determinado hecho. Supone la comparación entre el medio probatorio y la ley, a fin de saber si el hecho se puede demostrar en el proceso, con el empleo de ese medio probatorio.

Contravención: Conducta punible que por no afectar bienes jurídicos de mayor entidad, no reviste la categoría de delito, y por ende merece tanto un procedimiento como una sanción, menos rígida.

Fuente de la información:

Palabras clave: glosario, criminalística, medicina legal.

La frase del día 
"La ignorancia de un votante en una democracia, perjudica la seguridad de todos" - John F. Kennedy

24 de marzo de 2025

24-03-2025 | Glosario [27]

Certificado de Necropsia: Documento que certifica que se realizó un conjunto de exámenes y procedimientos necesarios para determinar la manera, causa, evidencias e identificación posteriores a la muerte en el contexto de una investigación Judicial. Es una certificación sobre la práctica de necropsia médico legal que se efectuó a un cadáver que ingresó al Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o cualquiera de sus departamentos de Patología Forense a nivel nacional. Este ingreso se lo efectúa por solicitud de la autoridad competente.

Coacción: Presión realizada por medio de violencia y sin estar legítimamente autorizado, tendiente a que un tercero realice conductas a las que no esta obligado u omita conductas a las que está obligado legalmente.

Código: Conjunto armónico y coherente de disposiciones sobre una materia, que se ordena en un solo cuerpo.

Coca: Nombre vulgar de las plantas pertenecientes al género Erythroxylum, que incluye aproximadamente 230 especies. No se debe confundir este nombre con el término “Cocaína”.

Coleoptera: Insectos conocidos comúnmente como escarabajos. Tienen el protórax más grande que el mesotórax y piezas bucales masticadoras. Los coleópteros poseen dos pares de alas, el primero modificado en élitros fuertes que le dan protección al cuerpo y el segundo, membranoso, utilizado para el vuelo y plegado bajo los élitros. Son insectos holometábolos o con metamorfosis completa, presentando estadios de desarrollo de huevo, larva, pupa y adulto. Las larvas pueden tener forma campodeiforme y eruciforme, partes bucales masticadoras. Sus pupas son generalmente exaratas. Pueden tener hábitos depredadores, carroñeros o fitófagos.

Fuente de la información:

Palabras clave: glosario, criminalística, medicina legal.

La frase del día 
"Nunca te enamores cuando estés negociando un precio"

23 de marzo de 2025

23-03-2025 | Atropina

La atropina es un fármaco antagonista muscarínico (anticolinérgico) extraído de la belladona (Atropa belladonna) y de otras plantas de la familia Solanaceae. Es un alcaloide, producto del metabolismo secundario de estas plantas, y como medicamento tiene una amplia variedad de efectos. Es un antagonista competitivo del receptor muscarínico de acetilcolina, que incluye en su estructura química grupos entéricos y básicos en la misma proporción que la acetilcolina pero, en lugar de tener un grupo acetilo, posee un grupo aromático voluminoso. Suprime los efectos del sistema nervioso parasimpático (es decir, es un parasimpaticolítico), ya que los receptores muscarínicos se encuentran en los tejidos efectores parasimpáticos. Por eso, su administración afecta el corazón, los ojos, el tubo digestivo y en otros órganos.

Fuente electrónica de la información:

Fármaco anticolinérgico/parasimpaticolítico. La atropina es un alcaloide antimuscarínico que interacciona con los receptores muscarínicos de las células efectoras evitando la fijación del neurotransmisor, la acetilcolina, lo que atenúa las respuestas fisiológicas a los impulsos nerviosos parasimpáticos). Sobre el sistema nervioso central, inicialmente estimula y posteriormente deprime. La atropina produce aumento de la frecuencia cardiaca por bloqueo de estímulos vagales. Esta estimulación es más significativa en niños y adultos jóvenes por mayor tono vagal. A nivel gastrointestinal causa relajación del músculo liso, disminuyendo el tono, la amplitud y la frecuencia de las contracciones peristálticas. Posee una acción inhibidora de las secreciones, especialmente salivar y bronquial. Relaja la musculatura bronquial y reduce la aparición de laringoespasmos. Reduce la transpiración.

Fuente electrónica de la información:

Palabras clave: atropina, belladona, criminalística, contra las drogas.

La frase del día 
"No le digas a nadie lo que estás haciendo hasta que no esté hecho"

23-03-2025 | Belladona

La belladona (Atropa belladonna) es una especie de arbusto perenne, de la familia Solanaceae. Es nativa de Europa, África del Norte, y Asia Occidental, y se puede encontrar naturalizada en partes de Norteamérica. Tiene una tolerancia baja a la exposición directa al sol. Se encuentra en áreas normalmente sombreadas y con un suelo rico en limo.

Fuente electrónica de la información:

Droga vegetal

Hoja (Belladonnae folium). Según la Farmacopea Europea, consiste en la hoja desecada, sola, o bien mezclada con la sumidad florida, y ocasionalmente con fruto, de Atropa belladonna L., con un contenido mínimo del 0,30% de alcaloides totales expresados como hiosciamina con respecto a la droga seca. Los alcaloides están constituidos mayoritariamente por hiosciamina, acompañada de pequeñas cantidades de hioscina (escopolamina).

Otras definiciones de preparación incluidas en la Farmacopea Europea:

- Extracto seco de hoja estandarizado (Belladonnae folii extractum siccum normatum), consiste en el extracto seco (etanol 70%) de hoja de belladona, con un contenido de entre 0,95-1,05% de alcaloides totales expresados como hiosciamina.

- Tintura de hoja de belladona estandarizada (Belladonnae folii tinctura normata), consiste en la tintura (1:10, etanol 70%) de polvo de hoja de belladona, con un contenido de entre 0,027-0,033% de alcaloides totales expresados como hiosciamina.

- Polvo de belladona estandarizado (Belladonnae pulvis normatus): consiste en el polvo de hoja, ajustado si fuera necesario añadiendo lactosa o polvo de hoja de belladona con un contenido menor en alcaloides. Debe contener entre un 0,28-0,32% de alcaloides totales expresados como hiosciamina.

Fuente electrónica de la información:

Palabras clave: criminalística, contra las drogas, belladona.

La frase del día 
"No le digas a nadie lo que estás haciendo hasta que no esté hecho"

23-03-2025 | Glosario [26]

Cadena de custodia: Es el procedimiento que se aplica para garantizar la permanencia de las condiciones de integridad, identidad, preservación, seguridad, continuidad y registro de los elementos físicos de prueba, así como la documentación de los cambios hechos en ellos por cada custodio, desde que estos son encontrados y recolectados, hasta la finalización de la cadena por orden de la autoridad competente.

Caducidad de la Acción. Es el fenómeno que se presenta, cuando transcurrido el tiempo que la ley fija para el ejercicio de un derecho, éste se extingue, quedando el interesado impedido jurídicamente para reclamarlo.
Calumnia: Falsa imputación de un delito.

Cannabis: Nombre científico del género de plantas donde se encuentra la especie conocida con el nombre vulgar de “Marihuana”.

Capacitación: Desarrollo del proceso intelectivo y de habilidades técnicas y operativas en alguna área del conocimiento.

Carga de la Prueba: Obligación procesal a cargo del Estado, que le impone el deber de demostrar en el proceso la comisión de la falta disciplinaria y la responsabilidad del auto.

Caso Fortuito: Se reputa fortuito el hecho causado por mero accidente, totalmente imprevisto, sin que medie dolo ni culpa del sujeto. Constituye causal de exclusión de la responsabilidad.

Celeridad: Rapidez y oportunidad con la que se deben realizan las diversas actuaciones administrativas. Implica la supresión de pasos, tiempos, movimientos, soportes, documentos, firmas, copias, etc., no indispensables.

Certificado de Defunción: Es el documento oficial que acredita el fallecimiento de la persona.

Fuente de la información:

Palabras clave: glosario, criminalística, medicina legal.

La frase del día 
"No le digas a nadie lo que estás haciendo hasta que no esté hecho"

22 de marzo de 2025

22-03-2025 | Función de juzgar

Sentencia No. 513 de fecha 23-OCT-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En este sentido, todo acto de juzgamiento debe contener una motivación, como característica primaria de la función de juzgar, y al no existir un auto fundado (individualizado), como se indica en este fallo, donde se haya decretado el sobreseimiento de la causa, sin duda alguna, debe ser considerado que esta acéfalo de motivación, vicio este por demás que afecta el orden público, como sucedió en el presente caso.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Cuando oigas cascos, piensa en caballos, no en cebras"

22-03-2025 | COPP 157

Sentencia No. 513 de fecha 23-OCT-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

De lo anterior, se vislumbra que cuando se decreta el sobreseimiento de la causa, este debe ceñirse a los requisitos antes mencionados, lo que pone en evidencia que ciertamente no se puede decretar el referido sobreseimiento, no siendo este un capricho de la Sala, sino una previsión del legislador patrio, porque de lo contrario, se perturba no solo el orden procesal en cuanto al régimen de los recursos, al omitirse el acto jurídico contra el cual las partes podrían recurrir, sino que además la persona que recayó el sobreseimiento, no tiene de forma cierta y efectiva desde la perspectiva procesal objeto de judicialización, el soporte legal que lo exime de tal responsabilidad penal.

Por ello es, imperioso advertir a los administradores de justicia, que el artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal, además de clasificar las sentencias ya sea para absolver, condenar o sobreseer, establece que las decisiones del tribunal serán emitidas mediante sentencia o auto “fundado”, bajo pena de nulidad.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Cuando oigas cascos, piensa en caballos, no en cebras"