DERECHO PENAL
De los delitos contra la fe pública. De la falsedad en pasaportes, licencias, certificados y otros actos semejantes.
Falsificación por personas sin cualidad ni facultad. Todo aquel que, no teniendo ni la cualidad ni las facultades indicadas en "Falsa certificación médica" y en "Falsedad de certificados de buena conducta", haya falsificado un certificado de los que quedan precedentemente especificados, o el que hubiere alterado alguno originariamente verdadero, será penado con prisión de uno a tres meses. La misma pena se aplicará al que haya hecho uso de algún certificado así falsificado o alterado.
Presentación de certificado. Será penado con prisión de uno a tres meses, al individuo que, para inducir en error a los agentes de autoridad, les hubiere presentado algún acto o certificado verdadero, atribuyéndoselo falsamente a sí mismo o a un tercero.
Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013
25 de agosto de 2013
24 de agosto de 2013
Facultades
DERECHO PROCESAL PENAL
Del procedimiento para el juzgamiento de los delitos menos graves.
Facultades y cargas de las partes. Hasta cinco días antes de la fecha fijada para la celebración de la audiencia preliminar, el fiscal, la víctima, siempre que se haya querellado o presentado una acusación particular propia, y el imputado, podrán realizar por escrito los actos y cargas procesales previstos en el 311 Código Orgánico Procesal Penal.
La imposición o revocación de una medida de coerción personal, la aplicación de las fórmulas alternativas a la prosecución del proceso, la solicitud de aplicación del procedimiento por admisión de los hechos, y la proposición de pruebas que podrían ser objeto de estipulación entre las partes, podrán ser igualmente planteadas de forma oral al momento de llevarse a cabo el desarrollo de la audiencia preliminar, las cuales serán resueltas por el Juez de Instancia Municipal al término de la audiencia preliminar.
Del procedimiento para el juzgamiento de los delitos menos graves.
Facultades y cargas de las partes. Hasta cinco días antes de la fecha fijada para la celebración de la audiencia preliminar, el fiscal, la víctima, siempre que se haya querellado o presentado una acusación particular propia, y el imputado, podrán realizar por escrito los actos y cargas procesales previstos en el 311 Código Orgánico Procesal Penal.
La imposición o revocación de una medida de coerción personal, la aplicación de las fórmulas alternativas a la prosecución del proceso, la solicitud de aplicación del procedimiento por admisión de los hechos, y la proposición de pruebas que podrían ser objeto de estipulación entre las partes, podrán ser igualmente planteadas de forma oral al momento de llevarse a cabo el desarrollo de la audiencia preliminar, las cuales serán resueltas por el Juez de Instancia Municipal al término de la audiencia preliminar.
23 de agosto de 2013
Falsedad
DERECHO PENAL
De los delitos contra la fe pública. De la falsedad en pasaportes, licencias, certificados y otros actos semejantes.
Falsedad de certificación de buena conducta. Todo funcionario público o cualquier otro individuo a quien la ley permite expedir certificados, que afirme mentirosamente en alguno de estos documentos la buena conducta, la indigencia u otras circunstancias capaces de procurar a la persona favorecida con el certificado, la beneficencia o la confianza del Gobierno, o de los particulares, el acceso a los destinos o empleos públicos, la protección o ayuda legales o la exención, en fin, de funciones, servicios o cargos públicos, será penado con prisión hasta por ocho (8) días, o multa de cincuenta (50) unidades tributarias a setecientos cincuenta (750) unidades tributarias.
La misma pena será aplicable al que hubiere hecho uso de los falsos certificados.
De los delitos contra la fe pública. De la falsedad en pasaportes, licencias, certificados y otros actos semejantes.
Falsedad de certificación de buena conducta. Todo funcionario público o cualquier otro individuo a quien la ley permite expedir certificados, que afirme mentirosamente en alguno de estos documentos la buena conducta, la indigencia u otras circunstancias capaces de procurar a la persona favorecida con el certificado, la beneficencia o la confianza del Gobierno, o de los particulares, el acceso a los destinos o empleos públicos, la protección o ayuda legales o la exención, en fin, de funciones, servicios o cargos públicos, será penado con prisión hasta por ocho (8) días, o multa de cincuenta (50) unidades tributarias a setecientos cincuenta (750) unidades tributarias.
La misma pena será aplicable al que hubiere hecho uso de los falsos certificados.
22 de agosto de 2013
Reglas II
DERECHO PROCESAL PENAL
Del procedimiento para el juzgamiento de los delitos menos graves.
Reglas para la incomparecencia. II. En el acto de diferimiento, el Juez de Instancia Municipal deberá dejar constancia en acta de la citación de las partes presentes, y ordenará la citación de los ausentes, para su asistencia en la nueva fecha fijada; salvo el supuesto del abandono tácito de la defensa privada, en cuyo caso se ordenará lo conducente para la designación de un defensor público penal.
Del procedimiento para el juzgamiento de los delitos menos graves.
Reglas para la incomparecencia. II. En el acto de diferimiento, el Juez de Instancia Municipal deberá dejar constancia en acta de la citación de las partes presentes, y ordenará la citación de los ausentes, para su asistencia en la nueva fecha fijada; salvo el supuesto del abandono tácito de la defensa privada, en cuyo caso se ordenará lo conducente para la designación de un defensor público penal.
21 de agosto de 2013
Falsa
DERECHO PENAL
De los delitos contra la fe pública. De la falsedad en pasaportes, licencias, certificados y otros actos semejantes.
Falsa certificación médica. Todo médico, cirujano o empleado de sanidad, que por favor haya dado una falsa certificación destinada a hacer fe ante la autoridad, será castigado con arresto hasta por quince (15) días, o multa de cincuenta (50) unidades tributarias a doscientas cincuenta (250) unidades tributarias. Al que hubiere hecho uso de la falsa certificación, se le aplicará la misma pena.
Si por causa de la falsa certificación se ha admitido, o mantenido en un asilo de enajenados a alguna persona en su cabal juicio, o si resulta otro mal importante, la pena será de arresto de tres (3) a dieciocho (18) meses.
Si el hecho se hubiese cometido mediante dinero u otras dádivas, entregadas o prometidas, para sí o para un tercero, el arresto será por tiempo de cuarenta y cinco (45) días a doce (12) meses. Y lo será por tiempo de uno (1) a tres (3) años, si la certificación ha tenido consecuencias previstas en el aparte precedente.
Las penas indicadas en los dos apartes precedentes, serán también aplicables al que haya dado el dinero o los otros presentes.
Todo lo dado será confiscado.
De los delitos contra la fe pública. De la falsedad en pasaportes, licencias, certificados y otros actos semejantes.
Falsa certificación médica. Todo médico, cirujano o empleado de sanidad, que por favor haya dado una falsa certificación destinada a hacer fe ante la autoridad, será castigado con arresto hasta por quince (15) días, o multa de cincuenta (50) unidades tributarias a doscientas cincuenta (250) unidades tributarias. Al que hubiere hecho uso de la falsa certificación, se le aplicará la misma pena.
Si por causa de la falsa certificación se ha admitido, o mantenido en un asilo de enajenados a alguna persona en su cabal juicio, o si resulta otro mal importante, la pena será de arresto de tres (3) a dieciocho (18) meses.
Si el hecho se hubiese cometido mediante dinero u otras dádivas, entregadas o prometidas, para sí o para un tercero, el arresto será por tiempo de cuarenta y cinco (45) días a doce (12) meses. Y lo será por tiempo de uno (1) a tres (3) años, si la certificación ha tenido consecuencias previstas en el aparte precedente.
Las penas indicadas en los dos apartes precedentes, serán también aplicables al que haya dado el dinero o los otros presentes.
Todo lo dado será confiscado.
20 de agosto de 2013
Reglas
DERECHO PROCESAL PENAL
Del procedimiento para el juzgamiento de los delitos menos graves.
Reglas para la incomparecencia. Llegado el día y hora para la celebración del acto de audiencia preliminar, el Juez de Instancia Municipal, una vez corroborada la inasistencia de alguna de las partes, podrá diferir la audiencia en una única oportunidad.
En el acto de diferimiento y a los fines de la celebración de la audiencia preliminar que haya de fijarse nuevamente, se atenderán las reglas establecidas en el 310 Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto sean aplicables.
En todo caso, el lapso para la celebración de la nueva audiencia preliminar, deberá hacerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, a la fecha de diferimiento; salvo el supuesto de incomparecencia injustificada del imputado, cuya audiencia preliminar se hará una vez ejecutada la orden de aprehensión librada en su contra.
Del procedimiento para el juzgamiento de los delitos menos graves.
Reglas para la incomparecencia. Llegado el día y hora para la celebración del acto de audiencia preliminar, el Juez de Instancia Municipal, una vez corroborada la inasistencia de alguna de las partes, podrá diferir la audiencia en una única oportunidad.
En el acto de diferimiento y a los fines de la celebración de la audiencia preliminar que haya de fijarse nuevamente, se atenderán las reglas establecidas en el 310 Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto sean aplicables.
En todo caso, el lapso para la celebración de la nueva audiencia preliminar, deberá hacerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, a la fecha de diferimiento; salvo el supuesto de incomparecencia injustificada del imputado, cuya audiencia preliminar se hará una vez ejecutada la orden de aprehensión librada en su contra.
19 de agosto de 2013
Falsificación
DERECHO PENAL
De los delitos contra la fe pública. De la falsedad en pasaportes, licencias, certificados y otros actos semejantes.
Falsificación de registros especiales. El que obligado por ley a tener registros especiales sujetos a la inspección de los funcionarios de policía, o a darles noticias o informes relativos a sus propias operaciones industriales o profesionales, haya escrito o dejado escribir en los primeros o en los segundos, indicaciones o datos falsos, será castigado con arresto desde uno (1) hasta tres (3) meses, o multa de veinticinco (25) unidades tributarias a doscientos cincuenta (250) unidades tributarias.
De los delitos contra la fe pública. De la falsedad en pasaportes, licencias, certificados y otros actos semejantes.
Falsificación de registros especiales. El que obligado por ley a tener registros especiales sujetos a la inspección de los funcionarios de policía, o a darles noticias o informes relativos a sus propias operaciones industriales o profesionales, haya escrito o dejado escribir en los primeros o en los segundos, indicaciones o datos falsos, será castigado con arresto desde uno (1) hasta tres (3) meses, o multa de veinticinco (25) unidades tributarias a doscientos cincuenta (250) unidades tributarias.
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