28 de agosto de 2024

(28-08-2024) Formas procesales

La frase del día 
"El mundo de Internet es el mundo de la ficción y los sueños"

Sentencia No. 243 de fecha 10-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Dr. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

Contraviniendo la alzada con dicho proceder, el principio de la legalidad de las formas procesales, respecto del cual la Sala Constitucional de este alto Juzgado, en sentencia N° 1803, del veinticuatro (24) de agosto de 2004, acotó:   

(…) uno de los principios rectores en materia adjetiva es el principio de la legalidad de las formas procesales, según el cual los actos procesales deben practicarse de acuerdo con las formas consagradas en el ordenamiento jurídico, para producir los efectos que la ley le atribuye.

En tal sentido, esta Sala de Casación Penal en atención a lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, juzga que lo procedente y ajustado a derecho es decretar de oficio la NULIDAD ABSOLUTA de la audiencia preliminar materializada el 25 de julio del 2022, y los actos subsiguientes,, manteniéndose incólume el presente fallo y REPONE la causa al estado que un Tribunal distinto en funciones de Control, celebre una nueva audiencia preliminar, con prescindencia de los vicios aquí indicados. Así se declara.

En virtud del pronunciamiento anterior, esta Sala se abstiene de pronunciarse sobre las denuncias realizadas en el escrito de Casación. Así se decide.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"El mundo de Internet es el mundo de la ficción y los sueños"

27 de agosto de 2024

(27-08-2024) Auto de admisión

La frase del día 
"Puedes acariciar a la gente con palabras" Scott Fitzgerald 

Sentencia No. 243 de fecha 10-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Dr. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

Por otra parte, debe la Sala censurar el pronunciamiento efectuado por la Sala Segunda (2°) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, quien al momento de proceder a efectuar el análisis de los presupuestos inherentes a la admisibilidad del escrito contentivo del recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la víctima, extralimitó su actuación y subvirtió lo previsto en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, al resolver en el auto de admisión, la cuarta denuncia, y declarar“…Sin Lugar la solicitud de la Orden de Aprehensión del ciudadano ... Por cuanto observa esta Alzada que dicha decisión no le causa agravio a la víctima y en nada afecta los derechos constitucionales invocados por el apoderado judicial de la víctima de autos...” (sic).

Pronunciamiento esgrimido por la alzada que incurre en evidente desnaturalización del auto de admisión del recurso de apelación, el cual se limita a la comprobación de la existencia de los requisitos formales referidos a la legitimación de quien recurre, la tempestividad, así como la impugnabilidad objetiva.

Siendo que el auto de admisión, al ser un pronunciamiento inherente al proceso de verificación del cumplimiento de los requisitos formales y esenciales de la interposición del recurso de apelación, su naturaleza no permite ventilar aspectos sobre el fondo del asunto.

De modo que en atención a las consideraciones expuestas, la Sala establece que el tribunal colegiado incurrió en la infracción al principio de la doble instancia al no sustanciar correctamente la pretensión recursiva, al haber señalado de manera anticipada que era “…INADMISIBLE la cuarta denuncia…” del recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la víctima.

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La frase del día 
"Puedes acariciar a la gente con palabras" Scott Fitzgerald

26 de agosto de 2024

(26-08-2024) Condiciones fácticas

La frase del día 
"Sin justicia no hay paz"

Sentencia No. 243 de fecha 10-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Dr. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

De ahí que, la Sala precisa que respecto al actuar del Ministerio Público como titular del ejercicio de la acción penal, está en el deber de conducir una investigación objetiva y oportuna, en la cual, con base a los elementos recabados durante la fase preparatoria del proceso, reconstruya las condiciones fácticas, que se adecuen perfectamente en el tipo penal a invocar, así como el establecimiento de los autores y participes.

Es así que, la Sala, considera que constituye una violación a la tutela judicial efectiva determinada en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela la ausencia de un control efectivo de la acusación, a través del ejercicio de las facultades del juez de control que supervisa el cumplimiento del proceso.

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La frase del día 
"Sin justicia no hay paz"

25 de agosto de 2024

(25-08-2024) Control material-4

La frase del día 
"Almas disfrazadas pretendiendo ser auténticas"

Sentencia No. 243 de fecha 10-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Dr. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

Es en la audiencia preliminar el acto final de la fase intermedia del proceso penal ordinario, donde de manera oral, se expresa con mayor claridad la materialización del control del ejercicio de la acción penal, a través del contradictorio entre las partes, donde corresponde al juzgador realizar el examen referido sobre los fundamentos para ordenar el enjuiciamiento requerido por el Ministerio Público y en su caso la víctima…”.

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La frase del día 
"Almas disfrazadas pretendiendo ser auténticas"

24 de agosto de 2024

(24-08-2024) Control material-3

La frase del día 
"Cuando hay miedo, llega el pánico"

Sentencia No. 243 de fecha 10-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Dr. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

En relación a los requisitos materiales, debe el juez examinar los requisitos de fondo en los cuales fundamenta el Ministerio Público la solicitud de enjuiciamiento, en este caso, el juez de instancia debe revisar si el pedimento fiscal tiene fundamentos serios, si la fase preparatoria o de investigación fue finalizada de manera adecuada, si se practicaron las diligencias mínimas para la acreditación del hecho punible que se pretende enjuiciar, así como, para la acreditación de la responsabilidad penal de los autores y/o participes, si se respetaron durante dicha fase, los derechos y garantías constitucionales y legales de los sujetos procesales vinculados al proceso, la pertinencia y necesidad de los medios de prueba ofrecidos, con el correspondiente juicio de probabilidad de éxito del enjuiciamiento solicitado o pronóstico de condena, todo lo cual un vez analizado podrá llevar a una conclusión favorable acercar de ordenar el enjuiciamiento.

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La frase del día 
"Cuando hay miedo, llega el pánico"

23 de agosto de 2024

(23-08-2024) Control material-2

La frase del día 
"La perfección es irreal"

Sentencia No. 243 de fecha 10-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Dr. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

Sobre este punto, la Sala en sentencia número 398, del 25 de noviembre de 2022, estableció lo siguiente:

“…Este control abarca los aspectos formales y materiales para el correcto ejercicio de la acción penal. En relación a los aspectos formales, corresponde al Juez verificar que se hayan cumplido los requisitos formales para la admisibilidad de la acusación, los cuales se encuentran establecidos en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, y en caso de existir algún error en alguno de estos requisitos, procurar que los mismos sean subsanados conforme a lo dispuesto en el artículo 313, numeral 1, del Código Orgánico Procesal Penal. 

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La frase del día 
"La perfección es irreal"

22 de agosto de 2024

(22-08-2024) Control material

La frase del día 
"Ancho y espacioso es el camino que lleva a la tentación, y muchos son los que entran en él"

Sentencia No. 243 de fecha 10-MAY-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrado Ponente Dr. MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

En este sentido, el control material del ejercicio de la acción penal por parte del Tribunal de Control, radica en vincular los motivos fácticos descritos en la acusación, los elementos que sustentan la reconstrucción del hecho y su adecuación típica, debiendo el juez, hacer una revisión exhaustiva de lo planteado y verificar si el fiscal cumple con la adecuada subsunción fáctica, por lo que, de no ser así, debe necesariamente advertirlo y apartarse del tipo penal invocado con fundamento a las circunstancias planteadas en la acusación. Tal como lo faculta el numeral 2 del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, cuando indica que el Juez podrá finalizada la audiencia preliminar: “Admitir total o parcialmente, la acusación del Ministerio Público o de él o la querellante y ordenar la apertura a juicio, pudiendo el Juez o Jueza atribuirle a los hechos una calificación jurídica provisional distinta a la acusación Fiscal o de la víctima…”.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Ancho y espacioso es el camino que lleva a la tentación, y muchos son los que entran en él"