6 de febrero de 2016

06-02-2016 Poseedor

Tribunal Supremo de Justicia

N° de Expediente: C99-0098 N° de Sentencia: 359
Tema: Posesión de Estupefacientes
Materia: Derecho Penal
Asunto: Posesión de Estupefacientes para Consumo. Art. 75 LOSSEP.

para el consumo personal previsto en el artículo 75 eiusdem: este caso no es criminoso y deben ser aplicadas las medidas de seguridad contempladas en este último artículo. Debe comprobarse la condición de poseedor con las experticias señaladas en los artículos 112 y 114 de la misma ley. Y la cantidad poseída no debe exceder de la fijada en cada caso por el artículo 36 ibídem, pues de lo contrario habrá un consumidor delincuente más comprometido y será penado sobre la base de lo dispuesto en los artículos 34 y 35 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

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