20 de diciembre de 2016

20-12-2016 GAES (11)

Frase reflexiva:
el arte supremo de la guerra es someter al enemigo sin combate El Arte de la Guerra. SUN TZU. pp. 28, 29

ANTE una extorsión telefónica:

- No des tus datos hasta verificar la seguridad de la llamada.

- Antes de alarmarte, siempre piensa, ¿en dónde se supone que están mis seres queridos?

- No utilices parentesco para identificar a tus familiares en la agenda de contactos de tu celular; identifícalos por su nombre, como a cualquier contacto.

- Al hacer pagos o transferencias bancarias por Internet, verifica el sitio en que lo harás. Busca un ícono de candado en la esquina superior izquierda.

- Pide datos precisos a las supuestas víctimas para desechar la posibilidad de un secuestro real.

- Ten los números de emergencia, si es posible, en la agenda de contactos de tu teléfono.

- No exhibas tus datos personales en perfiles abiertos de redes sociales; y evita al máximo ingresar tus datos personales en computadoras de uso compartido.

- No des tus datos, o de tus conocidos, a personas extrañas.

- Vacía periódicamente la memoria de tu celular (mensajes, fotos, audio), para que, en caso de robo o extravío, no puedan usar esa información en tu contra.


Frase reflexiva:
el arte supremo de la guerra es someter al enemigo sin combate El Arte de la Guerra. SUN TZU. pp. 28, 29

19 de diciembre de 2016

19-12-2016 Acusación

Frase reflexiva:
La invencibilidad reside en la defensa; las oportunidades de victoria, en el ataque.El Arte de la Guerra. SUN TZU. p. 70

Características de la acusación

- Es un acto que pone fin a la fase preparatoria.

- Es un acto formal.

- Debe estar fundamentada.

- No pone fin al proceso sino a la fase preparatoria del mismo.

- Contiene la pretensión punitiva estatal.

Bibliografía:
Los actos conclusivos y la imputación penal. Vol. VII. Derecho Procesal Penal. Editorial Atenea. Freddy Zambrano. p. 254.

Frase reflexiva:
La invencibilidad reside en la defensa; las oportunidades de victoria, en el ataque.El Arte de la Guerra. SUN TZU. p. 70

19-12-2016 GAES (10)

Frase reflexiva:
La invencibilidad reside en la defensa; las oportunidades de victoria, en el ataque.El Arte de la Guerra. SUN TZU. p. 70

NO TE DEJES ENGAÑAR

Si te llaman por teléfono, aprende a contestarlo.

Posibles preguntas del extorsionador:

¿Hola, a dónde llamo?

¿Quién habla?

¿Eres tú primo?

Soy tu primo “X”

¡Se ganó un premio!

Papá, soy tu hijo, estoy secuestrado (llorando)

Lo tenemos vigilado

Estamos recibiendo amenazas de este número

Sal de la casa y dame los teléfonos de tus panas

Respuestas que debes dar:

¿A qué casa quiere hablar?

¿Con quién quiere hablar?

¿Quién llama? Deme su nombre y apellido

¿Hijo de cuál de mis tías? (Nombre y apellido)

No he comprado boletos de nada

¿Cómo se llaman tus abuelos y abuelas?

¿De qué color es mi camisa?

Pues, llame a la policía

Voy a colgar y llamar a la policía


Frase reflexiva:
La invencibilidad reside en la defensa; las oportunidades de victoria, en el ataque.El Arte de la Guerra. SUN TZU. p. 70

18 de diciembre de 2016

18-12-2016 Clases Sobreseimiento

Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

Clasificación.
Se suele clasificar el sobreseimiento en:

Por sus efectos: a) Definitivo, cuando pone fin al proceso penal; y, b) Provisional, llamado también archivo fiscal, que permite la reapertura de la investigación cuando aparecieren nuevos elementos de convicción.

Por su alcance: a) Total, cuando abarca a todos los imputados; y, b) Parcial, cuando incluye a una parte de ellos.

Bibliografía:
Los actos conclusivos y la imputación penal. Vol. VII. Derecho Procesal Penal. Editorial Atenea. Freddy Zambrano. p. 61.

Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

18-12-2016 Procesal Penal (12)

Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

N° de Expediente: C07-517 N° de Sentencia: 026
Tema: Fase Intermedia
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Competencia del Juez de control
Domingo, 06 de febrero de 2011

La facultad conferida al juez o jueza de control reflejada en una garantía de dirección para evitar un juicio oral y público con fundamento a una acusación que no cumpla con los extremos de ley, hace que sea elemental un análisis de los fundamentos de hecho y de derecho propios de la misma (al no concebirse al órgano jurisdiccional como una simple instancia receptora de la acusación del Ministerio Público), pero ello no puede ser entendido como una atribución sin límites o de carácter absoluto, por cuanto de lo contrario sería desnaturalizar el vigente proceso penal.

N° de Expediente: C07-517 N° de Sentencia: 026
Tema: Fase Intermedia
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Control jurisdiccional sobre la acusación
Domingo, 06 de febrero de 2011

El legislador al delegar un control sobre la acusación, persigue precaver acusaciones improcedentes, imprecisas o arbitrarias, que no cumplan con los requisitos formales para su admisión, o que carezcan de elementos que permitan concebir una posible sentencia condenatoria en la fase de juicio. Sin que ello implique el análisis y la valoración que necesariamente debe efectuarse producto de la fase de juicio.

Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

18-12-2016 GAES (9)

Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

¡La extorsión telefónica es un delito!

Para que no sea víctima de estas llamadas:

- Conserve la calma, el nerviosismo no le permite tomar decisiones correctas. Cuelgue y desconecte su línea por 2 horas.

- Comuníquese de inmediato con sus familiares, a efecto de cerciorarse que la persona que le han dicho que tienen secuestrada está bien.

- Evite llegar a acuerdos concretos con los extorsionadores. Acude a los especialistas.

FORMAS DE EXTORSIÓN

* Supuesto familiar secuestrado o detenido en la aduana.

* Amenazas de secuestro o muerte.

* Amenazas de secuestro a escuelas.

* Grupos armados amenazan con hacerle daño a usted o a su familia si no deposita cierta cantidad de dinero.

NO TE DEJES ENGAÑAR

EVITE LOS FRAUDES Y LAS EXTORSIONES TELEFÓNICAS

FRAUDE
Si le dicen por mensaje de texto o recibe una llamada telefónica que ha participado en un concurso y se ha hecho acreedor de un automóvil último modelo, dinero en efectivo y un teléfono móvil, ¡¡cuidado!!, puede ser víctima de un fraude telefónico.

- Evite pagar cantidades de dinero por pequeñas que estas sean.

- Evite enviar códigos de fichas telefónicas.

- ¡NO CAIGA! Denuncie de inmediato.


Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

18-12-2016 Imputación

Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez

La imputación fiscal

¿Quién es el imputado?

Lo primero que se debe señalar con relación a esta institución, es que se denomina imputado a toda persona a quien se señale como autor o partícipe en un hecho punible, por un acto de procedimiento de las autoridades encargadas de la persecución penal.

¿Cuáles son los actos que reflejan una persecución penal personalizada?

La misma decisión hace alusión a determinadas actuaciones de las autoridades que reflejan una persecución penal personalizada, tales como son los actos de registros y las experticias practicadas sobre una persona en concreto. Se trata de actuaciones de procedimiento que confieren al individuo la cualidad de imputado, razón por la cual procede entonces, en esa fase temprana de investigación, hacer formalmente la imputación del individuo, a efecto de que éste tenga acceso a las actas procesales y designe el defensor técnico que lo asista legalmente y proteja sus derechos constitucionales y legales.

De igual manera, se considera que constituyen actuaciones que individualizan a la persona como posible autor o partícipe en el hecho que se investiga, el señalamiento que haga el denunciante o el querellante; o en fin, la individualización que resulta de actos de la investigación que de manera inequívoca señalan a alguien como autor o partícipe, bien porque la denuncia menciona a una persona en particular a quien se interroga o entrevista, o porque los actos de investigación reflejan que se trata de una persecución penal personalizada. De lo que se sigue que el nacimiento de la condición de imputado viene dado de haberse cumplido formalmente la imputación fiscal; o derivar de actuaciones que implican necesariamente la individualización de la imputación sin que se haya producido formalmente el acto procesal como tal.

Bibliografía:
Los actos conclusivos y la imputación penal. Vol. VII. Derecho Procesal Penal. Editorial Atenea. Freddy Zambrano. pp. 230, 231.

Frase reflexiva:
Hay que tener cuidado con las palabras que decimos… Por la boca muere el pez