13 de diciembre de 2017

13/12/2017 Subcultura

La frase del día:
La única lucha que se pierde es la que se abandonaErnesto “Che” Guevara

FENÓMENOS culturales

Cultura, subcultura y contracultura

Entendemos por cultura, el proceso social en virtud del cual un grupo comparte valores, creencias, costumbres y normas de conducta comunes; este conjunto de fenómenos heredados, transmitidos, aprendidos y practicados, le da fisonomía propia al conglomerado social y cohesiona en gran medida las actividades de sus integrantes.

La subcultura es aquella parte de la cultura dominante (cultura “madre” también se la llama) integrada por un subgrupo social que profesa algunos valores, creencias, costumbres o normas de conducta comunes, diversos de los que imperan en aquella y que en ocasiones entran en conflicto con la cultura dominante. Se la llama subcultura porque está integrada a la cultura madre de la que forma parte, y porque es dominada y tolerada por esta.

La contracultura es aquella forma de subcultura que profesa algunos valores, creencias, costumbres o normas de conducta comunes, que generan represión social o legal de parte de la cultura dominante a la cual se opone.

REFERENCIA bibliográfica:
Criminología. ALFONSO REYES ECHANDÍA. Editorial Temis. 2003. pp. 111, 112.

La frase del día:
La única lucha que se pierde es la que se abandonaErnesto “Che” Guevara

12 de diciembre de 2017

12/12/2017 Delitos

La frase del día:
Cuando el pájaro está vivo, come hormigas. Cuando el pájaro está muerto, las hormigas se comen al pájaroMoraleja: el tiempo y las circunstancias pueden cambiar en cualquier momento…

Delitos contra la existencia y seguridad del Estado
Delitos contra el régimen constitucional
Delitos contra la administración pública
Delitos contra la administración de justicia
Delitos contra la seguridad pública
Delitos contra la fe pública
Delitos contra el orden económico-social
Delitos contra el sufragio
Delitos contra la familia
Delitos contra la libertad
Delitos sexuales
Delitos contra la integridad moral
Delitos contra la vida y la integridad
Delitos contra el patrimonio económico

REFERENCIA bibliográfica:
Criminología. ALFONSO REYES ECHANDÍA. Editorial Temis. 2003. p. 176.

Hurto
Hurto calificado
Hurto calificado (violencia sobre personas)
Daño en bien ajeno
Abuso de confianza
Estafa
Hurto agravado (abigeato)
Hurto agravado (automotores)
Emisión y transferencia ilegal de cheque

REFERENCIA bibliográfica:
Criminología. ALFONSO REYES ECHANDÍA. Editorial Temis. 2003. p. 178.

La frase del día:
Cuando el pájaro está vivo, come hormigas. Cuando el pájaro está muerto, las hormigas se comen al pájaroMoraleja: el tiempo y las circunstancias pueden cambiar en cualquier momento…

11 de diciembre de 2017

11/12/2017 Recursos [10]

La frase del día:
Tus derechos empiezan donde terminan los míos

N° de Expediente: C00-1467 N° de Sentencia: 0140
Tema: Recursos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Termino para interponer el Recurso de Apelación
Martes, 06 de marzo de 2001

Es criterio de esta Sala que si el legislador hubiera querido establecer un término exacto e intraspasable para interponer el recurso de apelación contra las sentencias definitivas, hubiera expresado "el décimo día" y no "en el término de diez días", con lo cual es obvio que se pueda interponer dentro del término de diez días.

N° de Expediente: 00-1341 N° de Sentencia: 0056
Tema: Recursos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Recursos de Nulidad. Admisible contra Sentencias Dictada por Tribunales de Reenvío antes creación Cortes de Apelaciones. Art. 511 COPP
Jueves, 01 de febrero de 2001

el artículo 511 ejusdem, prevé que el recurso de nulidad sólo será procedente cuando se trate de una sentencia dictada por el Tribunal de Reenvío, es decir que se refiere a una sentencia dictada con antelación a la creación de las Cortes de Apelaciones.

N° de Expediente: C00-1294 N° de Sentencia: 1515
Tema: Recursos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Legitimación Objetiva para Recurrir
Jueves, 23 de noviembre de 2000

La legitimación objetiva para recurrir en el Código Orgánico Procesal Penal, se sustenta en la base de que las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente señalados en la ley.

N° de Expediente: C00-0996 N° de Sentencia: 1289
Tema: Recursos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Lapso para interponer recursos. Publicación de sentencias
Miércoles, 18 de octubre de 2000         

es a partir de la publicación de la sentencia cuando se debe comenzar a contar el lapso para la interposición del recurso que corresponda, sin necesidad de notificación de las partes, pues, se entiende que las mismas están a derecho por estar debidamente notificadas.

La frase del día:
Tus derechos empiezan donde terminan los míos

10 de diciembre de 2017

10/12/2017 Recursos [9]

La frase del día:
Con un árbol se pueden hacer millones de fósforos, pero un solo fósforo puede quemar millones de árboles

N° de Expediente: C00-1049 N° de Sentencia: 0148
Tema: Recursos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Corte de Apelaciones actuando como Reenvío. Improcedencia del Recurso de Nulidad
Martes, 13 de marzo de 2001

Contra las decisiones dictadas por las Cortes de Apelaciones, cuando actúan como Tribunal de Reenvío, no procede recurso de nulidad en virtud de que no está establecido dicho recurso en el Código Orgánico Procesal Penal. En efecto, el artículo 451 establece cuáles son las sentencias recurribles, no apareciendo entre estas la de las Cortes de Apelaciones cuando actúan como Tribunales de Reenvío en lo Penal.

N° de Expediente: C00-1467 N° de Sentencia: 0140
Tema: Recursos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Término para ejercer el Recurso de Apelación contra Autos y Sentencias Definitivas
Martes, 06 de marzo de 2001

el recurso de apelación contra los autos se interpondrá dentro del término de cinco días. Con mayor razón debe entenderse que el tiempo para ejercer el recurso de apelación contra sentencias definitivas es de un lapso (diez días) y no de un momento fijo (el décimo día)

La frase del día:
Con un árbol se pueden hacer millones de fósforos, pero un solo fósforo puede quemar millones de árboles

9 de diciembre de 2017

9/12/2017 Recursos [8]

La frase del día:
No hay mal que dure mil años ni cuerpo que lo resista

N° de Expediente: C00-1194 N° de Sentencia: 0229
Tema: Recursos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Lapso para ejercer el Recurso de Apelación
Jueves, 29 de marzo de 2001

los lapsos y términos procesales se establecen en beneficio de las partes y que el lapso para ejercer el recurso de apelación comienza a correr a partir de la publicación del fallo.

N° de Expediente: C01-0058 N° de Sentencia: 0220
Tema: Recursos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Recurso de Apelación contra sentencias dictadas por un Juzgado del régimen Procesal Transitorio
Martes, 27 de marzo de 2001

El recurso de apelación procedente contra una sentencia dictada por un juzgado del régimen procesal transitorio, como el presente caso, es aquella que implica un nuevo examen sobre los hechos objeto del proceso, es decir, que el tribunal ad quem está facultado para examinar el material probatorio considerado por la primera instancia, mas aún cuando en el régimen anterior sólo bastaba la manifestación de inconformidad del fallo para que la instancia superior verificara la justa aplicación del derecho sobre los hechos establecidos.

La frase del día:
No hay mal que dure mil años ni cuerpo que lo resista

8 de diciembre de 2017

8/12/2017 Recursos [7]

La frase del día:
La muerte está tan segura de su victoria, que nos da toda una vida de ventaja Anónimo

N° de Expediente: C01-0238 N° de Sentencia: 0347
Tema: Recursos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: El auto que ordena la apertura del juicio es inapelable y no tiene casación
Miércoles, 23 de mayo de 2001

el último aparte del artículo 334 del Código Orgánico Procesal Penal establece que el auto que ordena la apertura del juicio es inapelable; lo cual nos lleva a la conclusión de que si contra dicho auto no procede el recurso de apelación menos aún sería recurrible en casación.

La frase del día:
La muerte está tan segura de su victoria, que nos da toda una vida de ventaja Anónimo

7 de diciembre de 2017

7/12/2017 Recursos [6]

La frase del día:
Si no tardas mucho, te espero toda la vida Oscar Wilde

N° de Expediente: C01-0204 N° de Sentencia: 0373
Tema: Recursos
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Análisis del artículo 366 COPP. Lapsos para interponer recursos. Notificación de la sentencia
Martes, 29 de mayo de 2001

El artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, prevé dos situaciones: 1) Cuando el tribunal lee el texto integro de la sentencia dictada a las partes que hubieren comparecido y que previamente fueron convocadas verbalmente. La lectura de la sentencia se entiende como una notificación, comenzando a correr el lapso para recurrir desde el día siguiente a dicha lectura. 2) Cuando el tribunal, por la complejidad del asunto o lo avanzado de la hora, considera necesario diferir la redacción de la sentencia y el juez presidente sólo da lectura a la parte dispositiva y expone a las partes y al público, sintéticamente, los fundamentos de hecho y de derecho que motivaron la decisión. En este caso, la publicación de la sentencia deberá hacerse dentro de los diez días posteriores al pronunciamiento de la dispositiva.

En este último caso, el lapso para interponer los recursos correspondientes, es a partir de la publicación de la sentencia, pues, las partes con la lectura del dispositivo del fallo quedaron notificadas. No obstante, si el Tribunal, por error, luego de la publicación, notifica nuevamente a las partes, es a partir de la última notificación cuando se contará el lapso para recurrir.

La frase del día:
Si no tardas mucho, te espero toda la vida Oscar Wilde