24 de septiembre de 2023

▷24-09-2023 Rectius Competencia◁

La frase del día 
"Preocúpese por sus pecados porque Dios no le va a preguntar por los míos" Anónimo

Sentencia No. 0966 de fecha 27-JUL-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

“…como una "jurisdicción” (rectius: competencia) que ocupa una posición central dentro de la estructura orgánica y funcional del Poder Judicial, pues, dentro de los mecanismos de control de la actuación del Estado, organiza un sistema judicialista integral de protección de la legalidad administrativa y de los derechos e intereses de los particulares que garantiza la plena jurisdicción de la actividad administrativa, a través de un marco general cuya relevancia y especificidad demandaron del Constituyente de 1999, un reconocimiento constitucional, cuyo desarrollo sólo puede ser encomendado a una ley orgánica, cuya organicidad deriva igualmente de la plena jurisdicción de los actos, hechos y omisiones de los órganos administrativos del Estado al resolver los conflictos donde la naturaleza de la cosa pública es determinante a los fines del mismo…”.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/julio/327457-0966-27723-2023-17-0948.HTML

La frase del día 
"Preocúpese por sus pecados porque Dios no le va a preguntar por los míos" Anónimo

23 de septiembre de 2023

▷23-09-2023 Esfera Administrativa (2)◁

La frase del día 
"El que sabe quien es no necesita demostrar nada" 

Sentencia No. 0966 de fecha 27-JUL-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

“Artículo 7. Están sujetos al control de la Jurisdicción Contencioso Administrativa:
1. Los órganos que componen la Administración Pública;
2. Los órganos que ejercen el Poder Público, en sus diferentes manifestaciones, en cualquier ámbito territorial o institucional;
(Omissis)
6. Cualquier sujeto distinto a los mencionados anteriormente, que dicte actos de autoridad o actúe en función administrativa.
Artículo 8. Será objeto de control de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la actividad administrativa desplegada por los entes u órganos enumerados en el artículo anterior, lo cual incluye actos de efectos generales y particulares, actuaciones bilaterales, vías de hecho, silencio administrativo, prestación de servicios públicos, omisión de cumplimiento de obligaciones y, en general, cualquier situación que pueda afectar los derechos o intereses públicos o privados.”
 
En este sentido, esta Sala reitera el razonamiento que expresó en su sentencia N° 290 del 23 de abril de 2010, caso: Constitucionalidad del carácter orgánico de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sancionada por la Asamblea Nacional el 15 de diciembre de 2009, en la que, se consideró al contencioso administrativo:

(...)

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/julio/327457-0966-27723-2023-17-0948.HTML

La frase del día 
"El que sabe quien es no necesita demostrar nada"

22 de septiembre de 2023

▷22-09-2023 Esfera Administrativa◁

La frase del día 
"Donde hay poca justicia es un peligro tener la razón"

Sentencia No. 0966 de fecha 27-JUL-2023 emanada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

Vista la anterior declaratoria de incompetencia, corresponde a la Sala determinar el Tribunal competente y, en tal sentido observa:
 
Ahora bien, en el caso de autos, para la determinación de la esfera en la cual se produjo la -presunta- violación de los derechos constitucionales denunciados por la parte accionante, concretamente, para el establecimiento de si ella provino de la esfera penal o administrativa, la Sala observa que la abogada accionante centró su denuncia en la infracción de los  artículos, 43, 44, 45, 48, 59 y 60 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los cuales contemplan lo referido al derecho a la vida, a la libertad y a la no discriminación, toda vez que -según afirmó- su defendido a sufrido tratos crueles mientras se encuentra detenido en la sede de la Organización Internacional de Policía Criminal  (INTERPOL) sede Parque Carabobo.
 
En virtud de lo antes narrado, se evidencia que el ámbito en el cual se generaron las lesiones fue el administrativo, por cuanto la presunta violación de derechos constitucionales por parte del comisario Gerardo Contreras, responsable de la Organización Internacional de Policía Criminal  (INTERPOL) sede Parque Carabobo, delatada por el actor, claramente se enmarca dentro de los conflictos objeto de control por parte de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, conforme a lo establecido en los artículos 7 y 8 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los cuales rezan textualmente lo siguiente:

(...)

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/julio/327457-0966-27723-2023-17-0948.HTML

La frase del día 
"Donde hay poca justicia es un peligro tener la razón"

21 de septiembre de 2023

▷21-09-2023 Desdicen◁

La frase del día 
"Ser honesto no te traerá muchos amigos pero te traerá los correctos"

Sentencia No. 244 de fecha 14-JUL-2023 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Finalmente, esta Sala de Casación Penal no puede pasar por alto que actuaciones como las descritas, en este caso, son las que desdicen del sistema de justicia, atentan contra el Estado social de Derecho y de Justicia, proclamado en el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y quebrantan el ejercicio de la función jurisdiccional, toda vez que dejan entrever el desacierto de estos en la aplicación de las normas que regulan los procedimientos en el ámbito penal, lo cual constituye una subversión procesal que afecta el orden público, razón por la cual, es por lo que esta Sala de Casación Penal, acuerda remitir copia certificada del presente fallo a la Inspectoría General de Tribunales, a los fines de que inicie el procedimiento que hubiera lugar (...)

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/327075-244-14723-2023-C23-190.HTML

La frase del día 
"Ser honesto no te traerá muchos amigos pero te traerá los correctos"

20 de septiembre de 2023

▷20-09-2023 Evadidos◁

La frase del día 
"Debilita mente y luego destruye"

Sentencia No. 244 de fecha 14-JUL-2023 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Siendo así, y siguiendo el hilo motivacional no logra entender la Sala de Casación Penal, que al verificarse que los ciudadanos (...), se encuentran evadidos del proceso, es decir, Ausentes, el Ministerio Público solicite un acto conclusivo -Sobreseimiento-, y el Tribunal de la primera instancia de forma intempestiva, decrete el sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 300, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, y aunado a ello sobre los mismos pesa orden de aprehensión, por lo que ineludiblemente los ciudadanos (...), deben enfrentar el proceso para poder ejercer su derecho a la defensa, ya que esa falta de estadía a derecho de los imputados ante la emisión de una orden de aprehensión, debió ser considerada una conducta contumaz, quedando el proceso en suspenso, y por ende los jueces impedidos para resolver o decidir peticiones de parte.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/327075-244-14723-2023-C23-190.HTML

La frase del día 
"Debilita mente y luego destruye"

19 de septiembre de 2023

▷19-09-2023 Fraude Procesal◁

La frase del día 
"Nos han dominado más por la ignorancia que por la fuerza" - Simón Bolívar

Sentencia No. 244 de fecha 14-JUL-2023 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Aunado a lo anterior el Tribunal Colegiado, al igual que el Ministerio Público y el Tribunal tantas veces mencionado, a sabiendas que los ciudadanos (...), estaban sujetos a una orden de aprehensión, pretendió con su decisión que hoy también se cuestiona, un fraude procesal en contravención a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a la ley y a los Convenios Internacionales, incurriendo también en el vicio de inmotivación, conforme a lo estatuido en el artículo 157, del Código Orgánico Procesal Penal, dada la escasa formulación argumentativa y contradictoria para subvertir el debido proceso.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/327075-244-14723-2023-C23-190.HTML

La frase del día 
"Nos han dominado más por la ignorancia que por la fuerza" - Simón Bolívar

18 de septiembre de 2023

▷18-09-2023 Agotar Diligencias◁

La frase del día 
"Un pueblo ignorante es instrumento ciego de su propia destrucción" Simón Bolívar

Sentencia No. 244 de fecha 14-JUL-2023 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

De los razonamientos expresados, la Alzada tampoco se percató, que el Juez encargado del referido Juzgado de Control, debió, dentro de su autonomía para decidir, si los actos de investigación plasmados en el expediente penal, permitían llegar a la conclusión de que fueron agotadas todas las diligencias necesarias, para concluir la investigación y que no existía ninguna otra posibilidad de incorporar otras, para poder aplicar el artículo 300, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual era imperioso verificar si, durante los años que duró la investigación, se habían realizado todas las actuaciones pertinentes, lo que sin duda alguna, los Jueces integrantes de la respectiva Sala Tercera de la Corte de Apelaciones, convalidaron la ausencia de una investigación exhaustiva por parte del Ministerio Público, al no dar cumplimiento con su deber contenido en el artículo 285 numeral 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, esto es, ordenar y dirigir la investigación penal de la perpetración de los hechos punibles para hacer constar su comisión, toda vez que, al ostentar el monopolio de la acción penal, tenían la obligación de ejercerla -como lo establece el artículo 11 del Código Orgánico Procesal Penal- y realizar una investigación exhaustiva con el objeto de ratificar si lo denunciado por quien hoy funge como víctima, podía subsumirse en los delitos imputados (...) 
(...) o en algún otro injusto típico; siendo entonces que a esta Sala le llama la atención que el Ministerio Público sin motivación y sin consideración sobre su pertinencia, solicitó el sobreseimiento de la causa, situación cambiada por el Tribunal Colegiado.

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/julio/327075-244-14723-2023-C23-190.HTML

La frase del día 
"Un pueblo ignorante es instrumento ciego de su propia destrucción" Simón Bolívar