7 de octubre de 2025

Conmoción exterior | 7-10-2025

¿Qué es el estado de conmoción exterior?

Es una medida excepcional establecida en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que se aplica cuando la seguridad del país está amenazada por conflictos o tensiones internacionales.

El estado de excepción de conmoción exterior permite tomar medidas extraordinarias para garantizar la defensa y estabilidad del país.

Su fundamento legal se contempla en el artículo 338 de la Constitución Nacional. El presidente de la República, en consejo de ministros, puede decretarlo; no obstante, requiere la aprobación de la Asamblea Nacional. 

¿Cuándo se aplica?

En situaciones como: conflictos armados internacionales; agresiones militares contra Venezuela; amenazas externas que pongan en riesgo la paz y soberanía.

Alcance y duración del estado de excepción de conmoción exterior 

Tiene una duración máxima de 90 días, prorrogables por otros 90 si persiste la situación.

Derechos de los ciudadanos 

Aunque se apliquen medidas especiales, los derechos humanos no pueden suspenderse.

Importancia estratégica 

El estado de conmoción exterior fortalece la unión cívico-militar y garantiza que Venezuela siempre esté preparada para defender su independencia, integridad y soberanía.

Fuente digital de la información:

La frase del día
"Bienaventurados los que lloran, porque ellos recibirán consolación" • Mateo 5:4

Por territorio | 7-10-2025

La competencia de los tribunales por territorio 

La regla principal para determinar la competencia es el lugar donde el delito se cometió. Ahora bien, si se trata de un delito continuado, la competencia le corresponde al tribunal del último lugar donde haya cesado la continuidad o se haya cometido el último acto conocido del delito.

Pero, ¿qué sucede si no puede determinarse el lugar donde se consumó el delito? En ese caso, la competencia corresponderá: primero, al tribunal donde se encuentren elementos para la investigación del hecho e identificación del autor; segundo, en el tribunal dónde se encuentra la residencia en el primer investigado o investigada; por último, en el tribunal que reciba la primera solicitud del Ministerio Público para la investigación.

Fuente digital de la información:

La frase del día
"Bienaventurados los que lloran, porque ellos recibirán consolación" • Mateo 5:4

Identificación [2] | 7-10-2025

Los países miembros pueden recurrir a los servicios de IVC que aporta INTERPOL tras una catástrofe, a saber:


• El envío de un equipo de gestión de crisis para prestar asistencia adicional; por ejemplo, ayudando sobre el terreno a la identificación de víctimas o facilitando la conexión a las bases de datos de INTERPOL.

• La coordinación con otras organizaciones internacionales o intergubernamentales, como el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), la Comisión Internacional sobre Personas Desaparecidas (ICMP, por sus siglas en inglés) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).

• La puesta a disposición de la guía y los formularios sobre la IVC descargables.

• El suministro de programas informáticos para la IVC.

Fuente digital de la información:

Palabras clave: identificación de víctimas, forense, catástrofes, INTERPOL.

La frase del día
"Bienaventurados los que lloran, porque ellos recibirán consolación" • Mateo 5:4

Uso del derecho [2] | 7-10-2025

El historiador estadounidense Robert Proctor, en su libro Racial Hygiene: Medicine Under the Nazis, describe cómo el Tercer Reich utilizó la eugenesia para justificar políticas y leyes que parecían aceptables para la población. La propaganda desempeñó un papel esencial al promover medidas en contra de los llamados untermenschen (subhumanos), presentándolas como necesarias para el bienestar de la nación por lo que los jueces alemanes debían aplicarlo. De hecho, en los juicios de Núremberg, al término de la Segunda Guerra Mundial, evidenciaron cómo estos actos estaban justificados en su ordenamiento legal, por lo que no habían castigos. Para solucionar ello, se tuvieron que crear leyes retroactivas para sancionar a los criminales.

Fuente digital de la información:

La frase del día
"Bienaventurados los que lloran, porque ellos recibirán consolación" • Mateo 5:4

6 de octubre de 2025

Nomofilactica [2] | 6-10-2025

Sentencia No. 264 de fecha 28-MAY-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO.

Por consiguiente, se ha verificado, de manera notoria, la existencia de un defecto formal (de origen) en el presente recurso de casación, que impide la concreción adecuada del principio de impugnabilidad objetiva, no obstante, dicho principio tiene plena acogida no sólo en el ámbito formal del instrumento normativo de rango legal que rige el proceso penal venezolano, sino también, en el ámbito formal de la jurisprudencia. Para una muestra, se trae a colación las ideas expuestas por el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, mediante sentencia N° 86, del 19 de marzo de 2009, en los siguientes términos:

“… la facultad de recurrir, en materia penal, encuentra limitaciones legales expresas, tanto desde el punto de vista objetivo como subjetivo, es decir, la impugnabilidad está determinada por el principio de taxatividad del recurso, ya que sólo (sic) serán recurribles aquellas resoluciones judiciales cuya admisión sea permitida expresamente por la ley (impugnabilidad objetiva)…”.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Estar preparados marcará siempre la diferencia"

Nomofilactica | 6-10-2025

Sentencia No. 264 de fecha 28-MAY-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO.

Partiendo de lo antes señalado, se observa que en lo correspondiente al presente caso, si bien se pretende recurrir una decisión que emana de una Corte de Apelaciones, la misma no se encuentra contemplada en la norma, antes referida, como impugnable a través de la figura del recurso de casación; por cuanto, dicha figura se caracteriza, entre otras cosas, por cumplir una “…función nomofilactica o control de la legalidad, la cual se atribuye a la competencia de la Sala de Casación Penal para verificar que los órganos jurisdiccionales inferiores efectúen una correcta interpretación y aplicación de la ley, garantizando la seguridad jurídica…”, tal como lo ha señalado esta Sala en sentencia número 463, del 14 de agosto de 2024; por ende, el mismo procede en atención a decisiones que no hayan adquirido carácter de cosa juzgada.
         
En consonancia con lo antes expuesto, entendiendo que la cosa juzgada hace referencia a que una resolución judicial ha quedado definitivamente firme, lo que deriva en la imposibilidad de revocar el pronunciamiento emitido por un tribunal de la República, salvo que proceda alguna de las causales previstas en el artículo 462, del Código Orgánico Procesal Penal; por tal razón, se evidencia que en el presente caso la decisión que pretende impugnarse, a través del recurso de casación, si bien fue dictada por una Corte de Apelaciones no es de aquellas que confirman o declaran la terminación del proceso o hacen imposible su continuación, toda vez que la decisión dictada por la Corte de Apelaciones se produjo en virtud a un fallo dictado por un tribunal de ejecución en ocasión a una solicitud interpuesta por el penado en autos.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Estar preparados marcará siempre la diferencia"

Inviable | 6-10-2025

Sentencia No. 157 de fecha 04-ABR-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Cabe destacar que, la solicitud propuesta por los recurrentes de manera conjunta de anular y al mismo tiempo casar una sentencia, resulta inviable y así lo ha manifestado esta Sala en ocasiones anteriores, pudiendo señalarse como ejemplo de ello, lo expuesto por esta Sala de Casación Penal, mediante la sentencia número 192 de fecha 17 de abril de 2015, en la que sobre el mencionado particular expresó: (...)

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Estar preparados marcará siempre la diferencia"