18 de abril de 2013

Revocación

DERECHO PROCESAL PENAL

Revocación. El imputado puede revocar el nombramiento de su defensor en cualquier estado del proceso.

Terrorismo

DERECHO PENAL

Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

Financiamiento al terrorismo.

Terrorismo. El terrorista individual, o quienes asociados mediante organización terrorista, realice o trate de realizar uno o varios actos terroristas, será penado con prisión de 25 a 30 años.

17 de abril de 2013

Condiciones

DERECHO PROCESAL PENAL

Condiciones. Para ejercer las funciones de defensor en el proceso penal, se requiere: ser abogado, no tener impedimento para ejercer el libre ejercicio de la profesión de acuerdo al ordenamiento jurídico y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.

Sicariato

DERECHO PENAL

Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

Delitos contra las personas.

Sicariato. Quien cometa un homicidio por encargo o cumpliendo órdenes de un grupo de delincuencia organizada, será penado con prisión de 25 a 30 años. Con igual pena será castigado quien encargue el homicidio.

16 de abril de 2013

Nombramiento

DERECHO PROCESAL PENAL

Nombramiento. El imputado tiene derecho a nombrar un abogado de su confianza como defensor; si no lo hace, el Juez le designará un defensor público desde el primer acto de procedimiento o, perentoriamente, antes de prestar declaración.

Si prefiere defenderse personalmente, el Juez lo permitirá, sólo cuando no perjudique a la eficacia de la defensa técnica.

La intervención del defensor no menoscaba el derecho del imputado a formular solicitudes y observaciones.

Asociación

DERECHO PENAL

Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

Delitos contra el orden público:

Asociación. Quien forme parte de un grupo de delincuencia organizada, será penado por el solo hecho de la asociación, con prisión de 10 a 6 años.

Varios imputados

DERECHO PROCESAL PENAL

Varios imputados. Si son varios los imputados, sus declaraciones serán tomadas una tras la otra, sin permitirles que se comuniquen entre sí hasta la terminación de éstas.