20 de mayo de 2025

20-05-2025 • Glosario de Inteligencia [21]

Criminalística.

Es la disciplina que mediante la aplicación de los principios de las ciencias naturales (química, física, biología) y sus técnicas, tiene como objeto el reconocimiento, la identificación, la individualización y evaluación de las evidencias físicas o indicios materiales, con el fin de determinar si un hecho es delito, cómo se cometió y quién lo cometió.

Debilidades (doctrina Argentina).

Son aquellas deficiencias de diferente naturaleza que se detectan en el enemigo u oponente o en algunos de los factores que conforman un ambiente geográfico de interés.

Deducciones (Europol).

Conclusiones basadas en un examen minucioso de la infomación.

Delincuencia organizada (legislación venezolana).

La acción u omisión de tres o más personas asociadas por cierto tiempo con la intención de cometer los delitos considerados como de delincuencia organizada y obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico o de cualquier índole para sí o para terceros. Igualmente, se considera delincuencia organizada la actividad realizada por una sola persona actuando como órgano de una persona jurídica o asociativa, cuando el medio para delinquir sea de carácter tecnológico, cibernético, electrónico, digital, informático o de cualquier otro producto del saber científico aplicados para aumentar o potenciar la capacidad o acción humana individual y actuar como una organización criminal, con la intención de cometer los delitos tipificados como de delincuencia organizada.

Descriptores: glosario, inteligencia policial, fuerza pública.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"Conviértete en fantasma y crece en las sombras hasta que llegue el momento de aparecer"

20-05-2025 • Glosario de Inteligencia [20]

Cooperación en materia de delincuencia organizada (ONU, Convención Contra Delincuencia Organizada).

Los Estados Parte adoptarán medidas eficaces para:

• Mejorar los canales de comunicación entre sus autoridades, organismos y servicios competentes y, de ser necesario, establecerlos, a fin de facilitar el intercambio seguro y rápido de información sobre todos los aspectos de los delitos de delincuencia organizada.

• Cooperar con otros Estados Parte en las indagaciones sobre la identidad, el paradero y las actividades de personas presuntamente implicadas en tales delitos o la ubicación de otras personas interesadas.

• Cooperar con otros Estados Parte en la información sobre el movimiento del producto del delito o de bienes derivados de la comisión de esos delitos.

• Cooperar con otros Estados Parte en la consecución de la información relacionada al movimiento de bienes, equipos u otros instrumentos utilizados o destinados a utilizarse en la comisión de esos delitos.

• Proporcionar, cuando proceda, los elementos o las cantidades de sustancias que se requieran para fines de análisis e investigación.

• Intercambiar información con otros Estados Parte sobre los medios y métodos concretos empleados por los grupos delictivos organizados, así como, cuando proceda, sobre las rutas y los medios de transporte y el uso de identificación y el uso de identidades falsas, documentos alterados o falsificados u otros medios de encubrir sus actividades.

• Intercambiar información y coordinar las medidas administrativas y de otra índole adoptadas con miras a la pronta detección de los delitos de delincuencia organizada.

Descriptores: glosario, inteligencia policial, fuerza pública.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"Conviértete en fantasma y crece en las sombras hasta que llegue el momento de aparecer"

19 de mayo de 2025

19-05-2025 • Exceptio, error

Exceptio veritatis: es una defensa en casos de difamación, ya que si lo dicho es cierto, no puede haber delito.

Error in procedendo (error en el procedimiento): se refiere a vicios en el desarrollo del proceso judicial que pueden vulnerar el debido proceso o provocar nulidad.

La frase del día 
"El hombre está dispuesto siempre a negar todo aquello que no comprende" - Blaise Pascal

19-05-2025 • Glosario de Inteligencia [19]

Comunidad de inteligencia (doctrina Argentina).

Constituye el conjunto o agrupamiento de los sistemas existentes en cada nivel de conducción con vistas a satisfacer sus misiones específicas. Estas comunidades se conforman sobre la base de acuerdos de mutua cooperación para el tratamiento de problemas de inteligencia de naturaleza común o bien de aspectos específicos en los cuales se encuentra interesado o tiene responsabilidad un sistema. No conforman una entidad orgánica, aún cuando puede designarse de mutuo acuerdo una autoridad de coordinación a los fines de la dirección de tareas.

Conocimiento (doctrina Argentina).

Es un saber o un juicio racional metódicamente elaborado acerca del enemigo u oponente y de los elementos de un ambiente geográfico de interés.

Contrainteligencia (doctrina Argentina).

Es una actividad de ejecución abierta o subrepticia, que tiene por finalidad: negar información al enemigo, anular o neutralizar sus actividades de espionaje, sabotaje y subversión, proteger la propia información, documentación, personal e instalaciones contra dichas actividades que lleven a cabo personas o grupos de personas extranjeras o del propio país, y que constituirán una amenaza para la seguridad de la fuerza.

Descriptores: glosario, inteligencia policial, fuerza pública.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"El hombre está dispuesto siempre a negar todo aquello que no comprende" - Blaise Pascal

19-05-2025 • Contratista militar

Un contratista militar o de defensa es una organización empresarial o un individuo que proporciona productos o servicios a departamentos de un gobierno, especialmente a los relacionados con la defensa. Estos productos y servicios pueden incluir armamento, aviones, vehículos, apoyo técnico, formación, logística y sistemas electrónicos. En algunos casos, los contratistas militares pueden ser considerados como mercenarios o formar parte de una empresa militar privada (PMC), que ofrece servicios de seguridad a particulares, empresas y gobiernos. 

Fuente de la información: visión general creada por IA.

¿Qué es un contratista militar?

Un contratista militar, o contratista de defensa, es un profesional militar que utiliza su experiencia en el ejército para brindar una amplia gama de servicios a organizaciones privadas y agencias gubernamentales. Esto puede incluir la organización de escoltas armadas, el desempeño de funciones de seguridad para funcionarios gubernamentales o embajadas y la coordinación del traslado de proveedores a las fuerzas armadas en zonas de guerra.

¿Qué hace un contratista militar?

Los contratistas militares utilizan su experiencia y dedicación para ayudar a organizaciones privadas y agencias gubernamentales a mantener su seguridad.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"El hombre está dispuesto siempre a negar todo aquello que no comprende" - Blaise Pascal

18 de mayo de 2025

18-05-2025 • Glosario de Inteligencia [18]

Ciclo de la inteligencia (doctrina Argentina).

Es una secuencia de actividades que se divide en pasos a través de los cuales se procura en forma racional y lógica, obtener la inteligencia requerida, cualquiera sea el nivel en que se emplee. Los pasos en que se divide, son: dirección del esfuerzo de obtención; obtención de la información; proceso de la información reunida; difusión y uso de la inteligencia obtenida. Este ciclo es continuo y permanente, facilitando la actualización de las apreciaciones en desarrollo y el planeamiento y conducción de las actividades en general, incluyendo las específicas de inteligencia. Estará orientado siempre por la misión del elemento apoyado.

Clasificación (Europol).

La aplicación de grados de confidencialidad a la inteligencia, fundamentalmente destinada a la protección de fuentes.

Compartimentación.

Secreto y discreción que se debe tener y conservar en todas las actividades de inteligencia, en las que se conoce única y exclusivamente lo indispensable para el cumplimiento de la misión recibida.

Descriptores: glosario, inteligencia policial, fuerza pública.

Fuente electrónica de la información:

La frase del día 
"Vivir sin leer es peligroso, te obliga a creer en lo que te digan"

17 de mayo de 2025

17-05-2025 • Formales, materiales

Sentencia No. 124 de fecha 20-MAR-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrado Ponente Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

Este control abarca los aspectos formales y materiales para el correcto ejercicio de la acción penal. En relación a los aspectos formales, corresponde al Juez verificar que se hayan cumplido los requisitos formales para la admisibilidad de la acusación, los cuales se encuentran establecidos en el artículo 308, del Código Orgánico Procesal Penal, y en caso de existir algún error en alguno de estos requisitos, procurar que los mismos sean subsanados conforme a lo dispuesto en el artículo 313, numeral 1, del Código Orgánico Procesal Penal. En relación a los requisitos materiales, debe el juez examinar los requisitos de fondo en los cuales fundamenta el Ministerio Público la solicitud de enjuiciamiento, en este caso, el juez de instancia debe revisar si el pedimento fiscal tiene fundamentos serios, si la fase preparatoria o de investigación fue finalizada de manera adecuada, si se practicaron las diligencias mínimas para la acreditación del hecho punible que se pretende enjuiciar, así como, para estimar la responsabilidad penal de los autores y/o participes, si se respetaron durante dicha fase, los derechos y garantías constitucionales y legales de los sujetos procesales vinculados al proceso, la pertinencia y necesidad de los medios de prueba ofrecidos, con el correspondiente juicio de probabilidad de éxito del enjuiciamiento solicitado o pronóstico de condena, todo lo cual, una vez analizado, podrá llevar a una conclusión favorable acerca de ordenar el enjuiciamiento.

Es en la audiencia preliminar el acto final de la fase intermedia del proceso penal ordinario, donde de manera oral, se expresa con mayor claridad la materialización del control del ejercicio de la acción penal, a través del contradictorio entre las partes, donde corresponde al juzgador realizar el examen referido sobre los fundamentos para ordenar el enjuiciamiento requerido por el Ministerio Público y en su caso la víctima. (Vid. Sentencia N° 398, del 25 de noviembre de 2022).

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"No hay nada más patético que un esclavo orgulloso de sus cadenas" - Diógenes