20 de enero de 2013

Eliminación

DERECHO PROCESAL PENAL
Código Orgánico Procesal Penal. 1 enero 2.013. GO 6.078.

Eliminación de los tribunales mixtos.
Como bien sabemos en enero del presente año entro en vigencia plena un nuevo Código Orgánico Procesal Penal (Gaceta Oficial Nº 6.078) en Venezuela. El día de hoy estudiaremos uno de los tantos aspectos nuevos que nos trae dicho COPP.

El Código Orgánico Procesal Penal del año 2.009 establecía en su Artículo 161 la figura de los tribunales mixtos el cual se integraba por un Juez y 2 escabinos. La figura de estos escabinos era estudiar en conjunto con el Juez la culpabilidad o no del imputado, y luego, ellos 3 tenían que lograr un consenso para así dictar la decisión, previa deliberación de todos los puntos tratados.


Ahora bien, hoy día dicha figura fue eliminada ya que los escabinos eran escogidos a través de un sorteo al azar, y claro, en la mayoría de los casos por no decir en todos, siempre las personas que resultaban escogidas para desempeñar dicho papel se excusaban.


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