13 de febrero de 2013

Armas históricas o de estudio

DERECHO PENAL

Armas históricas o de estudio. No incurren en el delito de: comercio, importación, fabricación, porte, posesión, suministro y ocultamiento de armas, las personas que posean colecciones de armas consideradas como objetos históricos o de estudio, siempre y cuando se ajusten a lo que establecen las leyes para tal fin.

12 de febrero de 2013

Competencia. Delitos conexos

DERECHO PROCESAL PENAL

Competencia. Delitos conexos. En la competencia de estos delitos hay prelación.

El conocimiento de los delitos conexos corresponde solamente a uno de los siguientes tribunales competentes:

1. El tribunal del territorio donde se haya cometido el delito que merezca mayor pena.

2. El tribunal que deba intervenir para juzgar el delito que se cometió primero, en el caso de delitos que tengan igual pena.

Crímenes de guerra. I

DERECHO PENAL

Crímenes de guerra. I. De acuerdo a lo que se establece en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, se consideran crímenes de guerra:

i) El homicidio intencional.

ii) La tortura o los tratos inhumanos, incluidos los experimentos biológicos.

iii) El hecho de causar deliberadamente grandes sufrimientos o de atentar gravemente contra la integridad física o la salud.

iv) La destrucción y la apropiación de bienes, no justificadas por necesidades militares, y efectuadas a gran escala, ilícita y arbitrariamente.

v) El hecho de forzar a un prisionero de guerra o a otra persona protegida a servir en las fuerzas de una Potencia enemiga.

vi) El hecho de privar deliberadamente a un prisionero de guerra o a otra persona protegida de su derecho a ser juzgado legítima e imparcialmente.

vii) La deportación o el traslado ilegal, o el confinamiento ilegal.

viii) La toma de rehenes.

Validez

DERECHO PROCESAL PENAL

Validez. Los actos procesales hechos ante un tribunal incompetente en razón de la materia, serán nulos, a excepción de los que no puedan ser repetidos.

En el caso de incompetencia por la materia, una vez que se haga la declaratoria, se remiten los autos al Juez que resulte competente.

Confiscación de armas

DERECHO PENAL

Confiscación de armas. Las armas obtenidas en virtud de contravención a las leyes, se confiscarán y se destinarán al parque nacional de armas.

Delitos conexos. II

DERECHO PROCESAL PENAL

Delitos conexos. II. Se consideran como tal:

1. Los delitos cometidos como medio para perpetrar otro delito.

2. Los delitos cometidos como medio para facilitar la ejecución de otro.

3. Los delitos cometidos como medio para asegurar al autor, o a un tercero, el pago; beneficio; producto; precio ofrecido o cualquier otra utilidad.

4. Los delitos cometidos para procurar la impunidad de otro delito.

5. Los diversos delitos imputados a una misma persona.

6. Aquellos en que la prueba de un delito, o de alguna circunstancia relevante para su calificación, influya sobre la prueba de otro delito o de alguna de sus circunstancias.

7. Los delitos cometidos con daño recíproco de varias personas.

Uso indebido de armas de guerra

DERECHO PENAL

Uso indebido de armas de guerra. Este delito abarca lo siguiente:

1. El comercio de las armas de guerra.

2. La importación de las armas de guerra.

3. La fabricación de las armas de guerra.

4. El porte de las armas de guerra.

5. La posesión de las armas de guerra.

6. El suministro de las armas de guerra.

7. El ocultamiento de las armas de guerra.

Se castiga con pena de prisión de 5 a 8 años.