9 de julio de 2016

09-07-2016 Tributario I (24)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Tributario I
Semestre: Noveno-Pregrado

TEMA 5 LOS SUJETOS PASIVOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

Personalidad Jurídica de las Personas Naturales

Las personas naturales obtienen la personalidad jurídica cuando son presentadas en le prefectura. Tiene efectos en el tiempo.

Personalidad Jurídica de las Personas Jurídicas

La persona jurídica obtiene su personalidad jurídica desde el momento en que es registrada, ya que puede ser oponible a 3eros.

Derecho Tributario: No Determinado por Capacidad

El derecho tributario no está determinado por capacidad civil, ni penal, no mercantil.

En materia tributaria toda persona es capaz.

El niño de 2 horas de nacido es tributariamente capaz como la persona de 20 años, con la diferencia de que el niño tiene a una persona llamada por ley a suplir su falta de capacidad civil. Pero el niño es el contribuyente.

Un niño va a comprar y tiene que pagar IVA. Y a él se le está obligado a dar una factura.

El niño tiene la capacidad de sufrir el tributo. No se le puede invocar la falta de capacidad del tributo para que se repita el tributo.

El niño tiene que pagar un impuesto de tributación si le dejan una herencia.

Factor que genera la obligación: es el hecho imponible, no las características del contribuyente.

La capacidad no importa para ser contribuyente.

El hecho imponible se verifica en el contribuyente. Se puede verificar en cualquier persona.

Si el hijo comete el hecho imponible, el padre es el que paga ya que él está llamado por ley a cumplir la obligación tributaria en nombre de otro.

09-07-2016 Tributario I (23)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Tributario I
Semestre: Noveno-Pregrado

TEMA 5 LOS SUJETOS PASIVOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

CAPACIDAD.- Es la medida de la aptitud para algo.

¿Un niño de una hora de nacido tiene capacidad?

Si tiene algo: tiene derechos, puede recibir una herencia, pero no puede ser obligado en principio a nada porque no tiene capacidad como tal.

13 Años – Adolescente
Cuando ese niño tiene 13 años la ley lo llama ‘Adolescente’ y cambia de status jurídico: ya tiene número de cédula de identidad.

Él puede ser oído si llega a estar envuelto en un proceso judicial.

¿A los 16 años de edad qué cambia?

El varón puede casarse; y la hembra lo puede hacer a los 14 años de edad.

18 Años de edad.-

Se alcanza la mayoría de edad que es un paso de gran capacidad.

No se tiene capacidad jurídica plena ya que a los 18 años no se puede tener porte de arma, no se puede ser Presidente de la República, etc. Falta capacidad.

El siguiente paso es a los 21 años de edad y luego a los 25 años de edad y por último a los 30 años de edad. Solamente cuando se llega a los 30 años de edad se puede decir que se tiene capacidad jurídica plena.

Capacidad jurídica no es igual a Personalidad jurídica.

Nota.- Persona es persona cuando nace vivo. Se entiende vivo.

Nació: eso es una persona que todavía identidad que da personalidad jurídica.

Nota.- Las personas naturales y las personas jurídicas tienen personalidad jurídica.

09-07-2016 Tributario I (22)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Tributario I
Semestre: Noveno-Pregrado

TEMA 5 LOS SUJETOS PASIVOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

a) Contribuyente.- Es en el cual se verifica el hecho imponible.

b) Responsable.- Son los que tienen cualidad de contribuyente.

Cumple con la obligación por mandato de la ley. Por ejemplo: los padres.

b. 1 Solidarios.- Responde conjuntamente con el contribuyente.

b. 2 Sustitutos.- Se subrogan en el puesto del contribuyente.

8 de julio de 2016

08-07-2016 Procesal Penal (7)

N° de Expediente: C15-95 N° de Sentencia: 283
Tema: Casación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Interposición del recurso de casación- Artículo 454 del COPP
Viernes, 08 de Mayo de 2015

...la Sala enfatiza que, no es suficiente manifestar el desacuerdo con la sentencia de la Corte de Apelaciones, por el contrario, es necesario interponer el recurso de casación en el plazo y forma previsto en el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, en un escrito donde se fundamente de manera clara y concisa los contenidos normativos que el recurrente estime transgredidos por falta de aplicación, por indebida aplicación o por errónea interpretación. Las denuncias deben contener los motivos y argumentarse de manera separada, con expresión diáfana de cómo se impugna la decisión que no se comparte, por lo que, la inobservancia de la interposición del recurso de casación penal en un documento con los parámetros anteriormente descritos acarrea ineludiblemente su inadmisión.

08-07-2016 Precios (8)

DERECHO PENAL-TIPOS PENALES

Ley Orgánica de Precios Justos
Reimpresa por error material en gaceta número 40.787 de fecha 12/11/2015. Fue publicado un AVISO OFICIAL donde reforman el artículo 46 de la Ley de Precios Justos
Gaceta Extraordinaria No. 6.202 
Decreto No. 2.092
Caracas, 08 de noviembre de 2015

Título III
Régimen de control del cumplimiento de este decreto con rango, valor y fuerza de ley orgánica

Artículo 59.
Usura en operaciones de financiamiento. Quien en las operaciones de venta a crédito de bienes, o servicios de financiamiento para tales operaciones, obtenga a título de intereses, comisiones o recargos, cualquier cantidad por encima de los máximos que sean fijados o permitidos por el Banco Central de Venezuela en atención a las condiciones existentes en el mercado financiero nacional, incurrirá en delito de usura, y será sancionado con pena de prisión de cinco (05) a ocho (08) años.

La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos, podrá imponer la sanción de suspensión del Registro Único, en los términos previstos en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica y desarrollados en su reglamento.

Pena corporal: 5 a 8 años.
Pena normalmente aplicable: 6 años y 6 meses. Art. 37 Código Penal.

7 de julio de 2016

07-07-2016 Procesal Penal (6)

N° de Expediente: C15-312 N° de Sentencia: 610
Tema: Casación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Recurso de casación- Planteamiento
Martes, 15 de Septiembre de 2015

...para plantear el recurso de casación, no basta sólo alegar la disposición legal infringida y el motivo de procedencia de la misma, ni señalar su inconformidad con el fallo que le es adverso, es necesario que el fundamento sea conciso y claro, expresando además de qué modo se impugna la decisión recurrida, tal como lo dispone el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, el recurrente debe expresar claramente los fundamentos de hecho y de Derecho en cada una de las denuncias, que a su juicio fueron violados en la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones...

07-07-2016 Tributario I (21)

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Materia: Derecho Tributario I
Semestre: Noveno-Pregrado

TEMA 4 RELACIÓN JURÍDICO TRIBUTARIO

CARACTERÍSTICAS DE LA RELACIÓN JURÍDICA TRIBUTARIO

1) Es una relación de fuente legal.- Todas sus características están definidas por la ley.

2) Es una relación de derecho.- Crea deberes y obligaciones para ambas partes.

El sujeto activo tiene el derecho de cobrar y el deber de cumplir.

3) Es una relación personal.-

4) Existe una relación jurídica tributaria para cada sujeto pasivo con el ente acreedor y distinto con cada ente.