3 de junio de 2017

3/6/2017 Notificación [2]

La frase del día:
El que recibe lo que no puede pagar, engaña.Séneca

N° de Expediente: C08-332 N° de Sentencia: 261
Tema: Notificación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Notificación de las sentencias condenatorias
Lunes, 12 de julio de 2010    

La notificación de las sentencias condenatorias, son personalísimas y requieren necesariamente la presencia del imputado, debido a que el proceso penal encierra una serie de actos que no es delegable en mandatarios tal facultad, en virtud de la garantía efectiva del derecho a ser oído y a la defensa.

La frase del día:
El que recibe lo que no puede pagar, engaña.Séneca

3/6/2017 revisión -3-

N° de Expediente: C10-182 N° de Sentencia: 387
Tema: Recurso de Revisión
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Inimpugnabilidad de la resolución
Miércoles, 18 de agosto de 2010

... el recurso de revisión de un procedimiento especial no está señalada en la Ley adjetiva Penal, la posibilidad de interponer algún recurso en contra de su negativa...

3/6/2017 revisión -2-

N° de Expediente: C10-182 N° de Sentencia: 387
Tema: Recurso de Revisión
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Recurso de Revisión
Miércoles, 18 de agosto de 2010

... el recurso de revisión es un procedimiento especial que procede contra las sentencias firmes, las cuales, a pesar de haberse verificado notablemente la cosa juzgada, son revisadas por los tribunales, a fin de corregir un error judicial, siempre y cuando concurra alguna de las causales señaladas en el artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal.

3/6/2017 revisión

N° de Expediente: 13-198 N° de Sentencia: 292
Tema: Recurso de Revisión
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Conocimiento del recurso de revisión por la sala penal. Competencia
Martes, 06 de agosto de 2013

...le corresponde el conocimiento del recurso de revisión a la Sala de Casación Penal, cuando se haya condenado a dos o más personas como autoras de un delito que exclusivamente puede ser cometido por una, de manera tal que dichas autorías se excluyan entre sí, ya sea en el mismo proceso o en distintos...

3/6/2017 Notificación

La frase del día:
El que recibe lo que no puede pagar, engaña.Séneca

N° de Expediente: 10-0839 N° de Sentencia: 1094
Tema: Notificación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: La Sala establece garantías mínimas para asegurar el fin perseguido en el artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal
Martes, 13 de julio de 2011  

“De allí que resulte necesario establecer unas garantías mínimas para asegurar el fin perseguido por el artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal. En tal sentido, esta Sala establece, con carácter vinculante para las otras Salas de este Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales de la República que, de acuerdo a la complejidad y a las particularidades de cada caso concreto, una vez practicadas las notificaciones para la realización de la audiencia preliminar, los jueces deberán garantizar un lapso suficiente para el pleno ejercicio de los derechos y garantías constitucionales de las partes en el proceso, teniendo presente que, en ningún caso, dicho lapso podrá ser inferior a cinco (5) días hábiles”.

La frase del día:
El que recibe lo que no puede pagar, engaña.Séneca

2 de junio de 2017

2/6/2017 Delincuencia Organizada

La frase del día:
Lo que recibes del Universo está directamente relacionado con lo que emites. La magia de la comunicación; p.60; Dr. Lair Ribeiro

Ley Orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo
Artículo 39
Fabricación ilícita de armas

Quien como parte integrante de un grupo de delincuencia organizada fabrique o ensamble armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados a partir de componentes, partes lícitas o ilícitamente fabricadas, o cuando no sean marcadas al momento de su fabricación, será penado o penada con prisión de doce a dieciocho años.

Si se trata de armas de guerra la pena será quince a veinticinco años de prisión.

Ley Orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo
Artículo 43
Tráfico ilegal de órganos

Quien como parte integrante de un grupo de delincuencia organizada trafique, trasplante o disponga ilegalmente de órganos, sangre, concentrado globular, concentrado plaquetario, plasma u otros tejidos derivados o materiales anatómicos provenientes de un ser humano, será penado o penada con prisión de veinticinco a treinta años.

Ley Orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo
Artículo 26
Órganos competentes de investigaciones penales

Son competentes como autoridades principales de policía de investigaciones penales bajo la dirección del Ministerio Público:

1. El cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.

2. La Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

3. El Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana.

4. Los cuerpos de Seguridad de Inteligencia del Estado.

Dichos cuerpos crearán en sus respectivas dependencias unidades de investigación relacionadas con los delitos a que se refiere esta Ley.
           
La frase del día:
Lo que recibes del Universo está directamente relacionado con lo que emites. La magia de la comunicación; p.60; Dr. Lair Ribeiro

2/6/2017 Nombramiento [3]

La frase del día:
Lo que recibes del Universo está directamente relacionado con lo que emites. La magia de la comunicación; p.60; Dr. Lair Ribeiro

N° de Expediente: C05-0024 N° de Sentencia: 311
Tema: Nombramiento del defensor
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Nombramiento y juramentación del defensor
Lunes, 06 de junio de 2005

Ciertamente, la citada norma, no prevé la suspensión del lapso para la interposición de recurso alguno, luego de publicada la sentencia, y haber sido revocado y designado un nuevo defensor. Sin embargo, considera esta Sala, que en casos como el presente, debe suspenderse el lapso de interposición del ejercicio recursivo, hasta tanto la nueva defensa sea juramentada, toda vez que ésta, necesariamente debe enterarse de las actas del proceso para así cumplir fielmente con los deberes que le impone el cargo, además de que el acto de juramentación, no puede ni debe tenerse como una formalidad no esencial, sino lo contrario, es decir, como una formalidad esencial...

Efectivamente al ser considerado el acto de juramentación una forma esencial en el proceso, el cual tiene como objeto alcanzar la plenitud de su investidura, a los fines de favorecer el ejercicio recursivo, no debe dejarse de un lado la norma prevista en el artículo 49, ordinal 1°, parte in fine, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece que ¿Toda persona declarada culpable tiene derecho a recurrir del fallo, con las excepciones establecidas en esta Constitución y la ley¿; con lo cual se consagra el derecho a recurrir como regla general.

La frase del día:
Lo que recibes del Universo está directamente relacionado con lo que emites. La magia de la comunicación; p.60; Dr. Lair Ribeiro