La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia puede asumir el conocimiento del asunto o sustraerlo a un tribunal distinto.
Para que proceda el avocamiento debe comprobarse que existen graves desórdenes procesales que han perjudicado ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública o la institucionalidad democrática, previo a la utilización de los medios recursivos, y que los mismos no tengan éxito alguno en las instancias correspondientes.
Una vez que se admite el avocamiento, se suspende cualquier actuación sobre la causa y se pasa a requerir de manera inmediata el expediente, para luego, una vez estudiado el caso, sea declarado con o sin lugar.
Es importante recalcar que, cuando el avocamiento es interpuesto a instancia de parte, se debe hacer ante la Sala de Casación Penal y no ante el tribunal que lleva la causa.
Por último, el avocamiento comprende una excepción al principio del juez natural, pues faculta a la Sala para extraer el expediente del circuito judicial penal en el cual se encuentre.
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La frase del día
"Nunca juegues limpio en un juego donde los demás hacen trampa" | Nicolás Maquiavelo