11 de febrero de 2015

Acto Ilícito

DERECHO ROMANO

ACTO ILÍCITO EN EL DERECHO ROMANO

Sobre las bases estipuladas por los romanos en esta materia, que tuvo precisamente su punto de partida en la ley Aquilia, la doctrina contemporánea ha creado lo que se conoce hoy como la responsabilidad civil extracontractual, cuya relación con la reparación del daño está precisamente fundamentada en la Lex Aquilia.


En la culpa levísima -aquella culpa en que solamente hubiera podido incurrir un hombre diligente- se obliga a reparar el daño causado en materia extracontractual, no en la contractual. Es el viejo adagio romano en la ley Aquilia "hasta la culpa levísima obliga".

De allí surgen varias consecuencias:

1° la no limitación en materia extracontracual;

2° los daños que surgen de inmediato con la realización del perjuicio emergente, y los cesantes, que surgen luego, deben ser reparados;

3° la obligación de reparar en dinero, el daño ocasionado en forma clara.
Fuente: Anotaciones y comentarios sobre Derecho Romano. Tomo I. Chibly Abouhamad Hobaica. Universidad Central de Venezuela. Ediciones de la Bilioteca-EBUC. Caracas, 2014. pp.307, 308.

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