Donde están tus defectos, miedos y
demonios, es donde radica tu fuerza
Guía de Derecho Procesal Penal II
Facultad: Derecho
Semestre: 8°
/ Pregrado
Jorge Leonardo Salazar Rangel
TEMA 6
Artículo 233. Supletoriedad. Para las
diligencias de reconocimiento regirán, correspondientemente, las reglas del
testimonio y las de la declaración del imputado. El reconocimiento procederá
aún sin consentimiento de éste.
Artículo 234. Objetos. Cuando sea necesario
reconocer objetos, éstos serán exhibidos a quien haya de reconocerlos.
Artículo 235. Otros reconocimientos. Cuando se decrete el reconocimiento
de voces, sonidos y cuanto pueda ser objeto de percepción sensorial, se
observarán, en lo aplicable, las disposiciones previstas para el reconocimiento
de personas.
Esta diligencia se hará constar en
acta y la autoridad podrá disponer que se documente mediante prueba fotográfica,
videográfica, u otros instrumentos o procedimientos.
Artículo 236. Careo. Podrá ordenarse el
careo de personas que, en sus declaraciones, hayan discrepado sobre hechos o
circunstancias importantes, aplicándose las reglas del testimonio.
La frase del día:
Donde están tus defectos, miedos y
demonios, es donde radica tu fuerza
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