Donde están tus
defectos, miedos y demonios, es donde radica tu fuerza
REQUISITOS DEL ESTADO DE NECESIDAD
i.- Obrar
constreñido por la necesidad de salvar la propia persona, o en su defecto, por
salvar a otra persona.
ii.- Debe existir
un peligro grave e inminente.
iii.- El peligro
grave e inminente que existe no debe haber sido provocado voluntariamente por
la persona que obra en estado de necesidad.
iv.- Cuando se
obra en estado de necesidad hay que hacerlo con proporcionalidad y porque no
hay otra opción, es decir, es inevitable hacerlo.
ESTADO DE NECESIDAD
En el estado
de necesidad se enfrentan dos bienes jurídicos tutelados por el Derecho Penal,
pero hay uno de mayor jerarquía que otro, en consecuencia, se permite la lesión
de este último, considerándose así que el agente obra ajustado a Derecho.
La
frase del día:
Donde están tus
defectos, miedos y demonios, es donde radica tu fuerza
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!