Es el conjunto de informaciones obtenidas por los órganos de policía, acerca de la perpetración de hechos delictivos y de la identidad de sus autores y demás partícipes; las mismas deberán constar en acta que suscribirá el funcionario policial actuante al Ministerio Público, con el fin de que éste fundamente la acusación sin menoscabo del derecho a la defensa del imputado.
Investigaciones conjuntas (ONU Convención Contra Delincuencia Organizada).
Los Estados Parte considerarán la posibilidad de celebrar acuerdos o arreglos bilaterales o multilaterales en virtud de los cuales, en relación con cuestiones que son objetos de investigaciones, procesos o actuaciones judiciales en uno o más Estados, las autoridades competentes puedan establecer órganos mixtos de investigación. A falta de acuerdos o arreglos de esa índole, las investigaciones conjuntas podrán llevarse a cabo mediante acuerdos concertados caso por caso. Los Estados Parte participantes velarán que la soberanía del Estado Parte en cuyo territorio haya de efectuarse la investigación sea plenamente respetada.
Jugadores geoestratégicos activos (doctrina Argentina).
Estados con capacidad y voluntad nacional de ejercer poder o influencia más allá de sus fronteras para alterar: a) en una medida capaz de afectar los intereses nacionales propios; b) el estado actual de las cuestiones geopolíticas (ejemplo: Alemania, China).
Fuente electrónica de la información:
La frase del día
"Hay sillas esperándote en mesas que aún no conoces"
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